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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 4685
Aprobación definitiva modificación de crédito 05/2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto que en fecha 12 de mayo se pubicó la aprobación inicial de la modificación de crédito 05/2020.

Visto que a fecha de hoy no se han presentado alegaciones ni reclamaciones y en consecuencia la modificación se considera definitivamente aprobada sin necesidad de adoptar otro acuerdo. 

Se considera aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito, financiado mediante bajas o anulaciones de otras partidas, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos Extraordinarios o Suplementos

Céèditos finales

Progr.

Econòmica

330

48921

Pryjecto Ludoteca AMPA S'Arracó

0,00

10.000,00

10.000,00

231

22610

Gastos varios

 80.479,59

85.000,00

165.479,59

 

 

TOTAL

 

95.000,00

 

Esta modificación se financia con cargo a bajas o anulaciones de otras partidas en los siguientes terminos:

 Bajas o Anulaciones en Conceptos de Gastos

Aplicación

Descripción

Crèditos iniciales

Bajass o anulaciones

Créditos finales

Progr.

Econòmica

338

22615

Fiestas populares

220.000,00

45.000,00

175.000,00

4311

22611

Mostra de cuina y feria agrícola

50.000,00

40.000,00

10.000,00

330

22609

Promoción actividades culturales

73.000,00

10.000,00

63.000,00

 

 

TOTAL BAJAS

 

95.000,00

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado pol Real decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Modificar el cuadro incluido en la base 43 de las Bases de ejecución del Presupuesto para incluir esta subvención y que será el siguiente:

Subvenciones nominativas

CIF

2312. .48002.

APORTACIÓ FONS MALLORQUÍ SOLIDARITAT

1.500,00

G57290140

2312. .48901.

SUBVENCIÓ ASSOCIACIÓ 3a EDAT ANDRATX

2.250,00

G07282569

2312. .48902.

SUBVENCIÓ ASSOCIACIÓ 3a EDAT S'ARRACÓ

1.250,00

G07526163

2312. .48903.

SUBVENCIÓ FUNDACIÓ DEIXALLES

17.500,00

G07255953

2312. .48904.

FUNDACIÓ RANA

3.500,00

G57698540

2312. .48905.

ASSOCIACIÓ CERCLE DE DONES

6.000,00

G57554255

326. .48902.

SUBV. CENTRE EDUCATIU IES BALTASAR PORCEL

6.000,00

S0718127D

326. .48903.

SUBV. CENTRE EDUCATIU ES VINYET

4.000,00

S0718056E

326. .48904.

SUBV. CENTRE EDUCATIU SES BASSETES

3.000,00

Q0768007G

326. .48905.

SUBV. CENTRE EDUCATIU MOLINS

2.500,00

S0718136E

326. .48906.

SUBV. CENTRE EDUCATIU RAMON LLULL

4.000,00

R0700360A

330. .48901.

SUBV. REVISTA N'ALÍ

13.000,00

G07942014

330. .48902.

SUBV. REVISTA LA SIESTA

5.100,00

52124584Y

330. .48903.

SUBV. REVISTA MAGANOVA

1.500,00

G57923682

330. .48914.

SUBV. ASSOCIACIÓ MUSICAL D'ANDRATX

50.000,00

G07895287

330. .48919.

SUBV. DRAGOMONIS

12.000,00

G57781973

330. .48921.

SUBV. LUDOTECA S'ARRACO

10.000,00

G57456410

341. .48901.

SUBV. VOLTORS OJE VOLTA DRAGONERA

2.500,00

G28556728

341. .48903.

SUBV. RACING CLUB ANDRATX FUTBOL SALA TORNEIG ESTIU I SANT ELM

2.300,00

G57355927

341. .48904.

SUBV. DUET-TRIÇ&BIKE

2.200,00

G57844763

341. .48905.

SUBV. PENYA AUTOMOVILISTICA SLICK QUEMADO

2.300,00

G07748387

341. .48906.

SUBV. ESCUDERIA MALLORCA RALLY SOL DE PONENT

6.000,00

G07825326

341. .48908.

SUBV. CLUB ATLETISME ANDRATX MILLA I TRAPA TRAIL

7.150,00

G57335978

341. .48911.

SUBV. CLUB CICLISTA ANDRATX

4.300,00

G07202146

341. .48920.

SUBV. ASSOCIACIÓ CAVALLISTES ANDRATX

6.540,00

G57468704

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el articulo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podran interponerr directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de esto, según lo fijado en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Andratx, 8 de junio de 2020

La Alcaldesa

Katia Rouarch