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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 4599
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de junio de 2020 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2021 en el ámbito de las Illes Balears

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Texto

De conformidad con el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOE núm. 52, de 29 de febrero), y con el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOIB núm. 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de las fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE núm. 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE núm. 267, de 7 de noviembre).

Asimismo, el  artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d del artículo 1 por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears.

Por otra parte, la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears, en la reunión de fecha 1 de junio de 2020, ha dado la conformidad al calendario de fiestas que se acuerda.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en la sesión del día 5 de junio de 2020, adoptó entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2021 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación:

1 de enero

Año nuevo

Viernes

6 de enero

Epifanía del Señor

Miércoles

1 de marzo

Día de les Illes Balears

Lunes

1 de abril

Jueves Santo

Jueves

2 de abril

Viernes Santo

Viernes

5 de abril

Lunes de Pascua

Lunes

1 de mayo

Fiesta del Trabajo

Sábado

12 de octubre

Fiesta Nacional

Martes

1 de noviembre

Día de todos los Santos

Lunes

6 de diciembre

Día de la Constitución

Lunes

8 de diciembre

Inmaculada Concepción

Miércoles

25 de diciembre

Día de Navidad

Sábado

 

Segundo. Dar cuenta del presente Acuerdo al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 5 de junio de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra