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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 4580
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la sustitución de instalaciones móviles para un establecimiento de beneficio fijo de la explotación Sa Plana (núm. 414), TM Manacor (204A/2019)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 28 de mayo de 2020,

«DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Este proyecto se somete al trámite de evaluación de impacto ambiental de acuerdo a lo establecido en el Anexo I grupo 04.15 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental Plantas de tratamiento de áridos y plantas de fabricación de materiales de construcción.

Por lo que, con carácter previo a su autorización administrativa, procede formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluaciones ambientales.

1. Antecedentes

El proyecto de explotación y adecuación del plan de restauración de la explotación minera Sa Plana (núm. 414) fue evaluada ambientalmente (exp. 207/2016) y el Pleno de la CMAIB del 31 de octubre de 2018 emitió una Declaración de Impacto Ambiental favorable con condiciones.

2. Información del proyecto

El promotor del proyecto es Aglomerados Felanitx S.A. y el órgano sustantivo la Dirección General de Política Industrial.

Ubicación

El proyecto se lleva a cabo en la parcela 336 del polígono 22 del T.M. de Manacor, en el sureste de la parcela, en una zona ya afectada por la explotación minera.

Objeto del proyecto

El objeto del proyecto es la sustitución de las instalaciones móviles para una instalación de beneficio fijo en la cantera Sa Plana; la capacidad máxima de la instalación proyectada es de 400 t/ h.

De las instalaciones existentes actualmente se suprime una pala cargadora, dos cribas de clasificación de material y un molino; se mantiene el sistema de captación de polvo (que será más eficaz ya que actuará sobre instalaciones completamente cerradas) y un grupo electrógeno de 600 kVA.

Descripción del proceso

La descarga de los camiones, o de la pala cargadora, se realizará sobre la tolva de recepción que descargará sobre la criba de corte donde el material se separa por tamaños:

-Las medidas inferiores a 32 mm se transportan a unas cribas vibrantes donde se obtienen los tamaños comerciales deseados.

-Las medidas superiores se llevan al molino de donde se obtiene un material que vuelve al circuito cerrado de la criba de corte.

3. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

3.1 Diagnóstico territorial

Toda la parcela tiene la calificación de ANEI, excepto una pequeña zona en el suroeste que es ARIP; además, la parte norte de la parcela es APR de incendios.

La instalación ocupa unos 11.000 m2, siempre dentro del área de la cantera Sa Plana (núm. 414) ya autorizada; por lo que, no se aumentará la superficie afectada por la explotación

3.2 Diagnóstico ambiental

La zona donde se ubicará la planta de beneficio está totalmente desprovista de vegetación; no obstante, en el norte de la parcela hay una zona arbórea.

El proyecto evaluado supone disminuir la capacidad de la planta (pasando de 940 t / h a 400 t / h) y poder controlar mejor la emisión de polvo y ruido ya que las instalaciones pasan de ser abiertas a cerradas.

La cantera se ubica sobre la masa de agua 18:19 M1 SANT SALVADOR, la cual está considerada como masa en riesgo en el actual PHIB, y en zona de vulnerabilidad de acuíferos moderada; no obstante se indica que el nivel del agua en la cantera Sa Plana se considera que circula a 25 m.s.n.m. Teniendo en cuenta que la cota más baja de la explotación será de 45 m, existirá una zona de protección de 20 m como mínimo.

Según el IDEIB, a menos de 500 m, hay un pozo de abastecimiento urbano (CAS_1418); es decir, la instalación de beneficio se encuentra dentro de una zona de restricción moderada y, según el PHIB vigente, se considera una actividad permitida.

La parcela está atravesada por el Torrente des Comellar den Gaià, el cual será desviado de acuerdo con el proyecto presentado conjuntamente con la adecuación del plan de explotación y restauración de la cantera (ya autorizado).

4. Resumen del proceso de evaluación

4.1. Fase de información pública y de consultas

El proyecto y el EIA (Estudio de Impacto Ambiental) se sometieron al trámite de información pública por un plazo de 30 días, mediante anuncio en el BOIB núm. 123 de 07/09/2019.

Durante el plazo de información pública se recibieron 5 informes y ninguna alegación:

-Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos. DG Energía y Cambio Climático. Servicio de Cambio Climático y Atmósfera (21/08/2019)

Se consulta la base de datos de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se comprueba que esta cantera consta en el expediente APCA-0770 y que dispone de Resolución de inscripción como APCA del grupo C, de fecha 12/02/2018 .

También se comprueba que la información que consta en el expediente no incluye el grupo electrógeno, así como otros aspectos.

Con motivo de estas observaciones, el Servicio indica que el titular deberá solicitar la modificación de su resolución; de hecho en la documentación presentada por el órgano sustantivo ya consta el registro de entrada de dicha solicitud de 29/10/2019, adjuntando una Memoria sobre Contaminación Atmosférica así como un Anexo III (Incidencia Energética) en el EIA.

-Consejería de Salud y Consumo. DG Salud Pública y Participación (13/09/2019)

No es objeto de este proyecto establecer las condiciones de las instalaciones sanitarias de la cantera Sa Plana y, por tanto, no se informa al respecto.

-Consejería de Medio Ambiente y Territorio. DG de Espacios Naturales y Biodiversidad:

+ Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo (16/09/2019)

Conclusiones:

1. Durante la ejecución / uso del proyecto se tomarán las medidas establecidas en el art. 8.2.c del Decreto 125/2007 sobre medidas coyunturales de prevención durante la época de peligro de incendios forestales ....

2.Los depósitos de material y maquinaria estarán siempre a una distancia mínima de 10 m del combustible forestal existente, especialmente en la parte más elevada de la explotación, quedando libres de residuos.

3. Los operarios vinculados a la ejecución del proyecto serán instruidos en la existencia de riesgo de incendio forestal, en las medidas de prevención a adoptar, en las actuaciones inmediatas efectuar ante un conato de incendio y conocerán el número telefónico de comunicación en caso de incendio forestal (112).

Los puntos 1 y 2 ya están incluidos como medidas correctoras, por lo que el punto 3 se incluirá como condicionante.

+ Servicio de Protección de Especies (18/09/2019)

Según los datos del archivo del Servicio, en la zona donde se desarrolla el proyecto no consta la presencia de especies protegidas.

En base a los datos disponibles, el proyecto no supone amenaza, riesgo ni afecciones de consideración para las especies de la zona, ni es previsible que tenga efectos sobre su estado de conservación.

Conclusión: el Servicio informa favorablemente el proyecto y el EIA de la explotación Sa Plana.

+ Ayuntamiento de Manacor (26/09/2019)

El informe del Ayuntamiento propone añadir unos contenidos al Plan de Vigilancia Ambiental, los cuales se incluirán como condicionantes.

5. Análisis técnico del expediente

5.1.Alternativas

Se han considerado dos alternativas: continuar la explotación con maquinaria móvil (alternativa 0) o bien sustituirla por una instalación fija (alternativa 1), realizando una comparación directa entre ellas llegando a la conclusión de que la alternativa más sostenible es la alternativa 1.

5.2. Principales impactos

a) Contaminación atmosférica

Los focos emisores de polvo en la instalación fija serán cerrados, por lo que es una mejora ambiental respecto de la instalación móvil que se sustituye ya que el control de la contaminación difusa será más eficiente.

b) Impacto paisajístico

La ubicación de la instalación de beneficio en la plaza de la cantera disminuye su impacto paisajístico.

5.3. Plan de vigilancia ambiental (PVA)

El PVA presentado hace referencia a la explotación minera, que incluye la instalación de beneficio; si bien se considera que el PVA puede ser conjunto, lo que se debe hacer es modificar el PVA de la explotación incorporando la vigilancia del establecimiento de beneficio fijo así como las medidas correctoras propuestas en el correspondiente EIA.

6. Conclusiones

Por todo lo anterior, se propone formular la declaración de impacto ambiental favorable respecto del Proyecto de sustitución de instalaciones móviles para un establecimiento de beneficio fijo de la explotación Sa Plana (núm. 414) del T.M. de Manacor siempre y cuando se lleven a cabo las medidas protectoras y correctoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental y las siguientes condiciones:

-Los elementos de la planta móvil que se suprimen, se deberán reutilizar o, si no es posible, se tendrán que desmantelar y gestionar de acuerdo con la normativa de residuos vigente.

-Según el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo: los operarios vinculados a la ejecución del proyecto serán instruidos en la existencia de riesgo de incendio forestal, en las medidas de prevención a adoptar, en las actuaciones inmediatas a efectuar ante un conato de incendio y conocerán el número telefónico de comunicación en caso de incendio forestal (112).

-Se deberá modificar el PVA (Plan de Vigilancia Ambiental) de la explotación minera incorporando la vigilancia y cumplimiento de las medidas propuestas para el establecimiento de beneficio fijo.

-Según el Ayuntamiento de Manacor: el PVA debe detallar la zona de acopio de residuos y de mantenimiento de maquinaria (plano, indicación de la superficie mínima, etc); también debe fijar un calendario de riegos preventivos para evitar emisiones de polvo durante las obras. »

Palma, 5 de junio de 2020

El presidente de la CMAIB Antoni Alorda Vilarrubias