Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 4546
Extracto de la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas en actividades deportivas y de ocio de verano en el año 2020 en Mallorca mediante entidad colaboradora

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 507938

 De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano en el año 2020 en Mallorca, aprobada mediante Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 27 de mayo de 2020; modificada por Acuerdo del Consejo Ejecutivo de dia 3 de junio de 2020.

El texto completo de la convocatoria se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Cumplir con el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca

b) Tener a su cargo niños y niñas inscritos y que participen en actividades deportivas y de tiempo ocio de verano descritos en la base 2.

c) Estar empadronadas en alguno de los municipios de la Isla de Mallorca

d) Encontrarse en algunos de los supuestos siguientes: En situación de vulnerabilidad social y/o económica, en situación de desocupación<A[desocupación|desempleo]> y figurar inscritos en la oficina de demanda de empleo<A[empleo|ocupación]> o haber resultado afectada por<A[por|para]> un ERTE o un cese total o parcial de la actividad laboral con motivo de la crisis sanitaria derivada del COVID-19 y que se tengan que incorporar a su puesto de trabajo o reinicien su actividad laboral

Objeto

El objeto de esta convocatoria es fomentar la participación en aquellas actividades deportivas y de tiempo ocio dirigidas a niños y jóvenes, organizadas por una persona física o jurídica, pública o privada, con ánimo de lucro o sin, en que participan un mínimo de 10 personas de entre 3 y 16 años, con la finalidad de favorecer la participación social, la diversión, el aprendizaje de valores, la mejora de las capacidades físicas y la salud y el aprendizaje de la técnica específica de diferentes disciplinas deportivas, en la ejecución de un proyecto que tiene entre sus objetivos, la formación integral y la práctica en una o varias actividades deportivas, y que se llevan a cabo, como mínimo, durante 10 días consecutivos, o no consecutivos, dentro de un periodo de 14 días naturales, independientemente de si son completos o no.   Estas actividades se podrán desarrollar en cualquier instalación deportiva, polideportivo, gimnasio, centro docente u otras instalaciones al aire libre.

El periodo subvencionable tiene que coincidir con la finalización del periodo escolar 2019-2020 y el comienzo del periodo escolar 2020-2021.

Bases reguladoras

Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo plenario de fecha 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21 de 18/02/17), modificada por acuerdo plenario de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96 de 4/08/18) en todo aquello que no contradiga el Decreto ley anterior

Crédito presupuestario

La cuantía total máxima para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones, es de 1.000.000,00 €. con cargo a la aplicación presupuestaria 30 23199 48900 del presupuesto del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2020.

Las subvenciones concedidas conformemente a esta convocatoria, lo serán mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, de manera que serán subvencionadas todas las solicitudes que cumplan los requisitos que se establecen, y, por lo tanto, no es necesaria la comparación entre las solicitudes.

Las solicitudes se pueden resolver individualmente, aunque no haya acabado el plazo de presentación, a medida que estas entren en el registro de la entidad colaboradora. Si se agota el crédito destinado a la convocatoria antes de acabar el plazo de presentación, se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de las entidades colaboradoras es de 7 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Las personas interesadas pueden presentar solicitud de subvención desde el día siguiente a la firma del convenio de colaboración con la entidad colaboradora hasta el día 10 de septiembre de 2020 o hasta que se agote el crédito de la convocatoria.

Justificación

Las entidades colaboradoras tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención, de acuerdo con lo previsto en los puntos 14 y 15 de la convocatoria y el convenio regulador de la gestión de las subvenciones, hasta el día 30 de octubre de 2020.

 

Palma, 3 de junio de 2020

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Turismo y Deportes

 Andreu Serra Martínez