Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 4538
Convocatoria becas formación práctica estudiantes universitarios
Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada día 3 de abril de 2020, la convocatoria de becas de formación práctica para estudiantes universitarios, 2020, se hace público la presente convocatoria:
"CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS 2020
1.- OBJETO
El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas que concederá el Ayuntamiento de Andratx a estudiantes universitarios para favorecer su formación y práctica profesional.
2.- REQUISITOS
Podrán solicitar estas ayudas:
- Pueden participar los estudiantes de Grado, Máster Universitario o título propio de la UIB (que tengan como mínimo 160 horas) y que hayan superado al menos un 50 por ciento de los créditos de los estudios. En el caso de los Másteres universitarios o títulos propios de la UIB que tengan una duración de un curso académico, las condiciones de participación serán las que se estipulen en el plan de estudios.
- Tener un número de la Seguridad Social.
- Los titulados no pueden disfrutar de este tipo de prácticas.
Para los estudiantes que no sean de la UIB se establecerán en primer lugar los correspondientes convenios con las universidades correspondientes a pesar de que los requisitos serán los mismos y las cuantías a pagar también.
Los peticionarios deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores en el mismo por cualquier otro concepto no tributario. De no ser así, tendrán 10 días hábiles para resolver la deficiencia detectada.
El simple hecho de presentar la solicitud de las becas de formación práctica, supone aceptar estas bases y en caso de falsedad u omisión total o parcial de la documentación presentada se incurrirá en responsabilidad.
- Los alumnos de la UIB tienen que estar inscritos en el DOIP o se tienen que inscribir para optar a la beca.
3.- DOCUMENTACIÓN
Los peticionarios tienen que presentar los siguientes documentos:
4.- PLAZO
Las solicitudes tendrán que presentarse al SAC del Ayuntamiento de Andratx en horario de 8'30 a 13'30h de lunes a viernes. Así mismo también se podrán presentar en los lugares establecidos en el art. 18, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre 2015, Procedimiento Administrativo Común. El plazo será de 15 días a partir de la publicación del extracto de las mismas en el BOIB.
5.- CRITERIOS DE SELECCIÓN
Cumplimiento de los requisitos.
Criterios de adjudicación:
6.- CUANTÍA
La beca -que tiene que ser abonada por el Ayuntamiento- depende del número de horas de prácticas que el estudiante/a haga al día. En la retribución mencionada a continuación se le tiene que aplicar un 2 por ciento de retención de IRPF, que se restará a las cantidades brutas, que serán mensuales:
El Ayuntamiento abonará a la Seguridad Social la cuota empresarial de cotización correspondiente al becario, establecida según el RD 1493/2011, de 24 de octubre.
Coste de gestión.
La FUEIB cobrará por la gestión a la empresa/entidad la cantidad de 200 euros más el IVA del 21 por ciento por estudiante/a en prácticas incorporado/ada en la empresa/entidad.
Se aplicará la tarifa especial de 75 euros más IVA en caso de renovaciones de becas por cambio de curso académico, por convenios tramitados por spin-offs, empresas con cátedras UIB-FUEIB y ayuntamientos que tengan centro universitario en su municipio.
7.-PRESUPUESTO:
El Ayuntamiento, a cargo de la aplicación presupuestaria 326.48101 Becas formación Práctica, con la cantidad de veinte mil euros (20.000,00.- €).
8 .- BECAS OFERTADAS
1r DEPARTAMENTO: Becas ofertadas:2
DEPARTAMENTO RESPONSABLE: Servicio de Archivo Municipal de Andratx
PERSONA RESPONSABLE DEL BECARIO: Juan Miguel Álvarez Martínez
TITULACIÓN ACADÉMICA DEL ESTUDIANTE: Grado o posgrado de la rama de artes y humanidades
Grados: Historia, Historia del Arte o Documentación
Posgrados: en Gestión Cultural, en Patrimonio Cultural: Investigación y Gestión o Archivística y Gestión Documental
TAREAS A DESARROLLAR:
1. Apoyo al proyecto denominado Digitalización de fondos documentales correspondientes a los expedientes de obras desde 1868 que se llevará a cabo en 2020. Consistirá en: proporcionar y archivar los lotes diarios de unidades documentales objeto de digitalización por parte del personal técnico de la empresa adjudicataria y velar por su correcta manipulación; el seguimiento del trabajo diario del personal técnico efectuando un control de calidad del trabajo realizado y de la introducción de los datos mediante la comprobación de un número indeterminado de imágenes escogidas por muestreo.
2. Apoyo a la revisión del inventario de licencias urbanísticas de los S. XIX y XX. Consistirá en: introducción y revisión de la información contenida en las bases de datos del inventario; depuración de los documentos duplicados y documentación auxiliar; revisión del estado de conservación de los documentos y retirada de materiales nocivos; ordenación, foliado e indexación de los expedientes, si procede, de cara a una futura digitalización.
3. Apoyo al proceso de transferencias.
4. Apoyo a la revisión del inventario topográfico.
OTROS ASPECTOS: El periodo de la beca será de aproximadamente 18 semanas. El horario será de lunes a viernes de 8 a 15 horas (35 horas semanales). El lugar de trabajo será el edificio del Servicio de Archivo Municipal de Andratx. Respecto a la temporalización el reparto diario de las tareas irá en función de la implementación de los diferentes proyectos mencionados.
HORAS A REALIZAR: 650 horas
2º DEPARTAMENTO: Becas ofertadas:2
DEPARTAMENTO RESPONSABLE: REGIDURIA DE CULTURA
PERSONA RESPONSABLE DEL BECARIO: TÉCNICO DE CULTURA Y TÉCNICO DE PATRIMONIO
TITULACIÓN ACADÉMICA DEL ESTUDIANTE: ESTUDIOS DE GRADO EN HISTORIA DEL ARTE E HISTORIA
TAREAS A DESARROLLAR EN EL DEPARTAMENTO: CATALOGACIÓN INVENTARIO DEL FONDO DE OBRAS DEL AYUNTAMIENTO DE ANDRATX, DEL FONDO ENTREGADO AL AYUNTAMIENTO Y DE LA "NIT DE L'ART"
HORAS A REALIZAR: EL MÁXIMO, 650 HORAS
3r DEPARTAMENTO: Becas ofertadas:2
DEPARTAMENTO RESPONSABLE: REGIDURIA DE PATRIMONIO
PERSONA RESPONSABLE DEL BECARIO: TÉCNICO DE PATRIMONIO
TITULACIÓN ACADÉMICA DEL ESTUDIANTE: ESTUDIOS DE GRADO EN HISTORIA DEL ARTE E HISTORIA, GEOGRAFÍA, O ARQUEOLOGÍA
TAREAS A DESARROLLAR EN EL DEPARTAMENTO: TEMA DIFUSIÓN PATRIMONIO E INVENTARIO BIENES MATERIALES
HORAS A REALIZAR: EL MÁXIMO, 650 HORAS
9.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión de la subvención es por concurrencia competitiva.
Para estudiantes de la UIB
- en el caso de los estudios de Grado: al/a la vicedecano/ana correspondiente de la UIB,
- en el caso de los másteres universitarios: al director/a del máster universitario,
- en los casos de los títulos propios: al director/a de el título propio y al director/a del Centro de Estudios de Posgrado
Seguimiento de las prácticas
El responsable de los estudios en el momento de dar el visto bueno de las prácticas también designará un/a tutor/a responsable del seguimiento de las prácticas por parte de la UIB. Igualmente, el Ayuntamiento también asignará un/a tutor/a de prácticas que realizará el seguimiento de las prácticas.
Durada: Las prácticas se pueden realizar durante el curso académico, según las fechas que indique el calendario escolar publicado en el FOU de la UIB, o las que prevea el plan de estudios en el caso de los títulos propios.
La duración de las prácticas no puede superar las 650 horas por curso académico y como mínimo se tienen que realizar 80 horas. En los casos en que la duración sea inferior a 650 horas, el Ayuntamiento podrá solicitar por escrito la prórroga del convenio hasta llegar al máximo permitido.
En cualquier momento, si hay causas que lo justifiquen, el anexo/plano de prácticas se podrá rescindir por iniciativa de cualquiera de las partes.
El número máximo de horas de prácticas diarias es de 7. Con ello se pretende que el estudiante/a pueda compaginar los estudios con las prácticas remuneradas. Los días que los estudiantes tengan que hacer exámenes no tendrán que realizar las prácticas. El Ayuntamiento se compromete a dar facilidades para establecer el horario de los estudiantes. Sin embargo, durante los periodos no lectivos, el horario mencionado se puede aumentar hasta un máximo de 7 horas diarias, y habrá el aumento de ayuda económica correspondiente.
10.- DERECHO SUPLETORIO
En todo aquello que no se prevé en estas Bases, será de aplicación la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de ayudas y subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre 2015 del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y su Reglamento.
11.- PUBLICACIÓN
Publicar esta Convocatoria en lo BOIB, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento y a la BDNS."
Lo que se hace público para su conocimiento general.
Andratx, 20 de mayo de 2020
La Alcaldesa Katia Rouarch