Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 4485
Extracto de la aprobación, por parte del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa (Consejo Insular de Ibiza) de día 27 de mayo de 2020, de la convocatoria de ayudas económicas a escuelas municipales de música de carácter público para fomentar diferentes acciones en el ámbito musical de la isla de Eivissa, 2020
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera (Suspensión de los plazos administrativos) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma en todo el Estado español, con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por la coronavirus COVID-19 (BOE núm. 67, de 14 de marzo de 2020), en relación al plazo para presentar las solicitudes, éste queda suspendido durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.
El cómputo de los plazos mencionados se reanudará al día siguiente en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020 o sus prórrogas.
BDNS (Identif.: 508611)
De conformidad con lo que establecen los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas económicas a escuelas municipales de música de carácter público para fomentar diferentes acciones en el ámbito musical de la isla de Eivissa, año 2020:
Primero. Objeto
Estas ayudas tienen por objeto colaborar económicamente con las escuelas municipales de música de carácter público de la isla de Eivissa, en la tarea de formación musical que se desarrolla en varios pueblos de la isla y garantizar a todos los ciudadanos de Eivissa una oferta pública no reglada de enseñanza musical, consolidando o ampliando la red de escuelas municipales de música de nuestra isla.
En concreto, serán objeto de estas ayudas las escuelas municipales de música de carácter público de la isla de Eivissa de los siguientes municipios: Sant Antoni de Portmany, Santa Eulària des Riu, Sant Joan de Labritja y Sant Josep de sa Talaia.
Quedan excluidas del objeto de estas ayudas las escuelas municipales de música de carácter público desarrolladas en el municipio de Eivissa porque ya reciben ayuda por parte del Consell Insular d'Eivissa, mediante una subvención nominativa por el mismo concepto, a través del Patronato Municipal de Música de Eivissa.
Son gastos subvencionables todos aquellos derivados de la organización y la realización de las actividades docentes, los cursos, los conciertos y las actividades musicales desarrolladas entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2020 por las escuelas municipales de música de carácter público de la isla de Eivissa, según lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, excepto los gastos establecidos en el punto siguiente.
No son gastos subvencionables:
- La adquisición de bienes inventariables
- Los gastos bancarios
- Los intereses deudores de cuentas bancarias
- Los intereses, recargos y sanciones administrativas
- Los gastos provocados por procedimientos judiciales
- Los derivados del pago de impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación
Segundo. Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas económicas los ayuntamientos, las fundaciones y los patronatos municipales que gestionen escuelas municipales de música de carácter público, de la isla de Eivissa.
Quedan excluidas del procedimiento de concesión de ayudas establecidas en estas bases las escuelas de música de carácter privado y el Ayuntamiento de Ibiza y las fundaciones y los patronatos municipales que gestionen escuelas municipales de música de carácter público de este municipio, porque ya recibe por parte del Consell Insular d'Eivissa una subvención nominativa por el mismo concepto, a través del Patronato Municipal de Música de Eivissa.
Tercero. Créditos presupuestarios y cuantía de las ayudas
Esta convocatoria de subvención está dotada económicamente en el presupuesto del ejercicio 2020 con una cantidad máxima de 25.000 € (de la aplicación presupuestaria 3340 48900).
El importe máximo de cada una de las ayudas que se concedan será de 10.000 €.
La cantidad total prevista en esta convocatoria se podrá ampliar con cantidades adicionales, cuya fijación y utilización se realizará en los términos establecidos en el artículo 58 del Reglamento de la Ley general de subvenciones (RLGS).
Cuarto. Forma de presentación de las solicitudes
Las solicitudes de subvención se formalizarán mediante la presentación de una instancia y según el modelo normalizado que figura como anexo 1 de esta convocatoria, que también se podrá obtener en las dependencias del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en la sede electrónica y en la página web del Consell Insular d'Eivissa.
Las solicitudes y toda la documentación requerida en las bases, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, deberán presentarse por medios electrónicos en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa en la dirección seu.conselldeivissa.es, dentro del plazo establecido en la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes, publicidad de la convocatoria y subsanaciones
Se establece un plazo de presentación de las solicitudes de quince (15) días hábiles, que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Eivissa, 2 de junio de 2020
El jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Eivissa
José Vicente Garibo Redolat