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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 4428
Departamento de Cultura. Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 27 de mayo de 2020, por el cual se convoca una línea de subvenciones para el año 2020 de ayuda a los establecimientos culturales dedicados a la promoción, la exhibición i/o el comercio cultural de carácter privado
BDNS (Identif.): 508364
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Ayuntamiento de Palma (www.palmacultura.cat i www.palma.cat):
Primero. Beneficiarios:
Pueden optar a estas ayudas las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas como titulares de la gestión de establecimientos culturales dentro del término municipal de Palma y con domicilio social en las Islas Baleares, dedicados a la promoción, la exhibición y/o el comercio cultural de carácter privado, ya sea en régimen de propiedad o de alquiler.
Segundo. Finalidad:
El objeto de esta convocatoria es contribuir al mantenimiento y la pervivencia en Palma de establecimientos culturales dedicados a la promoción, la exhibición y/o el comercio cultural de carácter privado que se vean afectados por los efectos de la pandemia del COVID-19.
Esta línea se estructura en tres modalidades, de acuerdo con las siguientes tipologías de equipamiento:
MODALIDAD A - ARTES EN VIVO: espacios estables de exhibición de artes escénicas como teatro, danza, circo, y otras disciplinas de las artes en vivo, así como salas de música en vivo o espacios independientes.
A.1. Salas de teatro, danza, circo y otras disciplinas de las artes en vivo.
A.2. Salas de música en vivo.
A.3. Espacios independientes de creación y exhibición artística y cultural, entendidos como espacios independientes y multidisciplinarios que dan apoyo a la producción, la investigación y la exhibición artística y cultural, y que ofrecen una programación periódica de actividades.
MODALIDAD B - COMERCIO CULTURAL: establecimientos comerciales del ámbito cultural considerados como pequeño comercio (superficie total inferior a los 500 m2).
B.1. Librerías
B.2. Galerías de arte
MODALIDAD C: CINES
C. Salas de Cine con 7 salas de exhibición o menos.
Están excluidos como entidades destinatarias de las ayudas los siguientes espacios:
a) Espacios de propiedad municipal.
b) Espacios de coworking, (espacio de trabajo compartido e inspirador, que impulsa y fomenta la cocreación) que no cumplen los requisitos de los destinatarios anteriores.
c) Espacios culturales no abiertos al público.
d) Escuelas de enseñanzas artísticas.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por el Pleno en fecha 26/02/2015 y publicada en el BOIB núm. 35 de 12 de marzo de 2015.
Cuarto. Consignación presupuestaria: 150.000 euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales contados desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 1 de junio de 2020
El jefe del Departamento de Cultura Damià Sans Tous