Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 4384
Concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Alaró a las entidades deportivas inscritas en el registro municipal para el año 2020
BDNS: Codigo 492068
Exp.: AE 70/2020
La junta de gobierno local de este ayuntamiento, en sesión de 2 de junio de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.- HECHOS
1. Resolución de Alcaldía núm. 2020-0059, con fecha 14 de enero de 2020, por la que se abría la convocatoria de subvenciones del ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal para el ejercicio 2020, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 8, de 18 de enero de 2020.
2. Resolución de Alcaldía núm. 2020-0132, con fecha de 30 de enero de 2020, por el que se rectifica por error material en el apartado 7 de la convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 16, de 6 de febrero de 2020.
3. Solicitudes de:
Entidad |
Registro de entrada |
Fecha de solicitud |
---|---|---|
Sa Milana - Alaró |
398 |
29/01/2020 |
Futbol Sala Alaró |
393 |
29/01/2020 |
Alaró Tennis Taula Club |
480 |
04/02/2020 |
Unió Ciclista Alaró |
619 |
12/02/2020 |
Associació de Caçadors |
630 |
12/02/2020 |
Club Bàsquet Alaró |
645 |
13/02/2020 |
Alaró Vòlei Club Esportiu |
667 |
14/02/2020 |
UEA Alaró |
715 |
18/02/2020 |
Unió Esportiva Alaró |
716 |
18/02/2020 |
4. En fecha 5 de marzo de 2020, la Comisión técnica de evaluación valoró las solicitudes y otorga la siguiente puntuación:
Entidad |
Puntuación por entidad (provisional) |
---|---|
Sa Milana - Alaró |
239,8 |
Futbol Sala Alaró |
148,2 |
Alaró Tennis Taula Club |
50,2 |
Unió Ciclista Alaró |
27 |
Associació de Caçadors |
48 |
Club Bàsquet Alaró |
23,4 |
Alaró Vòlei CE |
377,2 |
UEA Alaró |
527,6 |
Unió Esportiva Alaró |
39,3 |
TOTAL |
1480,7 |
5. En fecha 17 de marzo de 2020 el alcalde firma la propuesta provisional de concesión de la subvención. Debido a la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se restringe la libre circulación y el acceso al consistorio. Asimismo, el plazo para presentar alegaciones se suspende mientras se mantenga vigente el citado Real Decreto. Siguiendo las recomendaciones del informe de intervención de día 17 de marzo de 2020, se comunicó la propuesta provisional vía correo electrónico a los solicitantes. Asimismo, y para poder seguir adelante con la tramitación de la subvención se pidió que todos los solicitantes comunicaran su respuesta a la propuesta provisional, manifestando su conformidad o presentación de alegaciones.
6. En fecha 28 de abril de 2020 todos los solicitantes respondieron a la propuesta, de las que se presentaron las siguientes alegaciones:
Entidad |
Entrada |
Fecha de entrada |
---|---|---|
Futbol Sala Alaró |
Correu electrònic |
29/01/2020 |
Unió Ciclista Alaró |
2020-E-RC-1283 |
23/04/2020 |
Club Bàsquet Alaró |
Correu electrònic |
18/03/2020 |
Alaró Vòlei Club Esportiu |
Correu electrònic |
18/03/2020 |
Unió Esportiva Atlètic Alaró |
Correu electrònic |
03/04/2020 |
El resto de entidades manifestaron su conformidad. Se entiende así que se ha dado cumplimiento al primer párrafo del punto 10 de la convocatoria y ha permitido a todos los solicitantes que formulen alegaciones si así lo consideraban.
7. La continuación de este trámite se hace una vez se ha obtenido el visto bueno con la propuesta de concesión remitida a todas las entidades y, de esta forma, se considera que se promoverá la actividad de las entidades una vez pasado el estado de alarma, decretado por el RD 463/2020. Además, la puesta en disposición de parte de las ayudas podrá facilitar la recuperación económica, mediante la adquisición de los bienes y servicios previstos.
8. Informe de la Comisión técnica de evaluación, de 14 de mayo de 2020, sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes y nueva propuesta de puntuación y concesión definitiva.
2.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Artículos 6 y 9 del Reglamento de subvenciones del Ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal, aprobado por el Pleno en fecha 25 de abril de 2019 (BOIB núm. 59, de 02.05.2019).
2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que regula la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
3. Aplicación 341-48901 del Presupuesto general para el año 2020.
3.- ACUERDO
Vista la propuesta del concejal delegado de deportes y fiestas Gabriel Rosselló Cirer, de 1 de junio de 2020, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 9 del reglamento se acuerda por unanimidad:
1º- Desestimar las alegaciones presentadas por Futbol Sala Alaró y Alaró Vòlei Club Esportiu; estimar las alegaciones presentadas por Club Bàsquet Alaró y estimar parcialmente las alegaciones presentadas por Unió Esportiva Atlètic Alaró de acuerdo con el informe de la comisión técnica de evaluación, adjuntando la transcripción que se asume en su totalidad:
“Alegaciones presentadas por Futbol Sala Alaró.
La Comisión propone DESESTIMAR las alegaciones, por los siguientes motivos:
Respecto a la documentación a presentar para valorar los criterios de puntuación, el punto 7 del reglamento dice:
• Proyecto detallado de la actividad o programa para la que se solicita la subvención, donde conste: justificación, objetivos, población a la que va dirigida, número de beneficiarios, metodología, actividades a realizar, medios técnicos, personales y materiales necesarios, calendario de realización, evaluación y presupuesto desglosado (ingresos previstos y gastos). Relación contractual en el caso de subvenciones de mejora de bienes inmuebles.
De acuerdo con este punto el requisito que se exige a las entidades es la presentación del proyecto, con la información necesaria para realizar la valoración de los criterios. Si además las entidades aportan documentación adicional que permita una valoración más precisa como por ejemplo las fichas federativas de los jugadores y se da el caso de que la información del proyecto y de la documentación adjunta no coinciden se tendrá en cuenta lo que ofrezca información más precisa.
Debemos recordar que el reglamento actual no obliga a las entidades presentar esta documentación adicional, y que todas las entidades han presentado una declaración responsable, que se incluye también sobre el proyecto presentado."
"Alegaciones presentadas por Club Bàsquet Alaró
La Comisión propone ESTIMAR las alegaciones, por los siguientes motivos:
Criterio J: Por error de la Comisión no se valoró la organización de dos torneos que sí aparecen en el proyecto presentado. Así pues, recomendamos estimar esta alegación y que la nueva puntuación por este criterio sea de 20 puntos.
La comisión técnica de evaluación recomienda otorgar 20 puntos más a Club Bàsquet Alaró, lo que resultaría una puntuación total de 43,4 puntos. "
"Alegaciones presentadas por Alaró Vòlei Club Esportiu
Esta Comisión propone DESESTIMAR las alegaciones, por los siguientes motivos:
Criterio C: Cada equipo federado presentado en el proyecto sólo puede recibir una puntuación entre los criterios B, C o G y evitar una doble puntuación. Interpretamos que estos criterios son exclusivos y que al otorgar 10 puntos por equipo federado femenino o mixto no se puede además otorgar 2 o 3 puntos adicionales más teniendo en cuenta si es un equipo federado de base o no base ya que resultaría desproporcionado. Por lo tanto, la comisión ha valorado incorporar dentro del criterio G todos aquellos equipos federados femeninos o mixtos y valoró incorporar dentro del criterio B o C, según el caso, a aquellos equipos federados que no lo son.
Por eso no han puntuado en este criterio al considerar que no se puede otorgar una doble puntuación por un mismo equipo. Por lo tanto, recomendamos desestimar esta alegación."
"Alegaciones presentadas por Unió Esportiva Atlètic Alaró
Esta Comisión propone ESTIMAR PARCIALMENTE las alegaciones, por los siguientes motivos:
Criterios C y G: Por un lado, la Comisión admite un error en la valoración de los equipos ya que no se valoró correctamente uno de los equipos mixtos, que se contó como equipo base. Así pues la Comisión recomienda restar 3 puntos al criterio C y sumar 10 puntos al criterio G.
Criterios D y E: Con respecto a la valoración de los miembros la comisión ha tenido en cuenta la categoría del equipo en que estaban asignados, entendiendo que lo más relevante es la categoría donde el miembro juega o practica el deporte. Teniendo en cuenta esto, la valoración de los miembros realizado por la Comisión es la siguiente:
Miembros base (criterio D):
J1ªREG |
24 |
C2ªREG |
21 |
INF1ª |
6 |
INF2ªREG |
24 |
ALF71 |
12 |
ALPA |
13 |
BF8PA1ª |
16 |
BAPA "A" |
12 |
BAPA "B" |
10 |
PREBF8 |
15 |
PRE-BEPA |
11 |
SUMA |
164 |
Miembros no base (criterio E):
TR |
25 |
FEM.AUT |
21 |
F11FR |
20 |
SUMA |
66 |
Por lo tanto, recomendamos desestimar esta alegación.
En conclusión, la comisión técnica de evaluación recomienda otorgar 7 puntos más a Unió Esportiva Atlètic Alaró, lo que resultaría una puntuación total de 534,6. "
- Estimar las alegaciones presentadas por Unión Ciclista Alaró, que a diferencia de la recomendación recogida en el informe de la comisión técnica de evaluación se motiva por el conocimiento por parte de esta concejalía y de la Junta de Gobierno Local de la voluntad del equipo de organizar el encuentro, como es habitual, durante las fiestas de Sant Roc. Con todo otorgan 5 puntos más a la Unió Ciclista Alaró, lo que resultaría una puntuación total de 32.
Consideradas las alegaciones estimadas, esta es la nueva puntuación acordada:
Entidad |
A |
B |
C |
D |
E |
F |
G |
H |
I |
J |
K |
TOTAL |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Sa Milana - Alaró |
20 |
20 |
6 |
20 |
23,8 |
0 |
120 |
3 |
2 |
20 |
5 |
239,8 |
Futbol Sala Alaró |
20 |
6 |
6 |
56 |
3,2 |
8 |
10 |
4 |
0 |
30 |
5 |
148,2 |
Alaró Tennis Taula Club |
20 |
4 |
3 |
2 |
1,2 |
2 |
0 |
6 |
2 |
10 |
0 |
50,2 |
Unió Ciclista Alaró |
20 |
0 |
0 |
0 |
5 |
0 |
0 |
2 |
0 |
0 |
5 |
32 |
Associació de Caçadors |
20 |
0 |
0 |
0 |
23 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
5 |
48 |
Club Bàsquet Alaró |
20 |
2 |
0 |
0 |
1,4 |
0 |
0 |
0 |
0 |
20 |
0 |
43,4 |
Alaró Vòlei Club Esportiu |
20 |
0 |
0 |
204 |
1,2 |
23 |
80 |
2 |
12 |
30 |
5 |
377,2 |
UEA Alaró |
20 |
2 |
24 |
328 |
6,6 |
75 |
50 |
4 |
0 |
20 |
5 |
534,6 |
Unió Esportiva Alaró |
20 |
2 |
0 |
0 |
2,3 |
0 |
0 |
0 |
0 |
10 |
5 |
39,3 |
TOTALS |
180 |
36 |
39 |
610 |
67,7 |
108 |
260 |
21 |
16 |
140 |
35 |
1512,7 |
Presupuesto total |
52.000,00 € |
Puntuación total de los proyectos |
1512,7 puntos |
Importe por punto |
34,38 € |
Bolsa común (art. 6.4 reglamento) |
5.395,27 € |
Importe por punto bolsa común |
4,24 € |
Puntuación total de los proyectos que pasan a la bolsa común |
1272,9 puntos |
Segunda bolsa común (art. 6.4 reglamento) |
153,48 € |
Importe por punto segunda bolsa común |
0,13 € |
Puntuación total de los proyectos que pasan a la segunda bolsa común |
1224,9 puntos |
2º- Conceder las siguientes subvenciones:
Entidad |
IMPORTE CONCEDIDO |
---|---|
Sa Milana - Alaró |
2.848,00 € |
Futbol Sala Alaró |
5.741,20 € |
Alaró Tennis Taula Club |
1.944,72 € |
Unió Ciclista Alaró |
1.239,66 € |
Associació de Caçadors |
1.700,00 € |
Club Bàsquet Alaró |
1.681,29 € |
Alaró Vòlei Club Esportiu |
14.612,54 € |
UEA Alaró |
20.710,13 € |
Unió Esportiva Alaró |
1.522,46 € |
SUMA |
52.000,00 € |
3º.- Dado que durante el vigente estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y las prórrogas sucesivas del mismo, se debe evitar en la medida de lo posible el contacto entre personas (los representados de las asociaciones y entidades, y el personal municipal del servicio de notificaciones, en este caso), de conformidad con lo previsto en el artículo 35 y al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sobre la motivación y sobre la publicación de los actos, respectivamente, se acuerda sustituir la notificación individual del acto de concesión de subvenciones por la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web del ayuntamiento www.ajalaro.net; sin perjuicio de que la concesión de subvenciones sea comunicada a las asociaciones y entidades mediante correo electrónico.
Alaró, 2 de junio de 2020
El alcalde,
Llorenç Perelló Rosselló