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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 4384
Concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Alaró a las entidades deportivas inscritas en el registro municipal para el año 2020

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Texto

BDNS: Codigo 492068

Exp.: AE 70/2020

La junta de gobierno local de este ayuntamiento, en sesión de 2 de junio de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.- HECHOS

1. Resolución de Alcaldía núm. 2020-0059, con fecha 14 de enero de 2020, por la que se abría la convocatoria de subvenciones del ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal para el ejercicio 2020, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 8, de 18 de enero de 2020.

2. Resolución de Alcaldía núm. 2020-0132, con fecha de 30 de enero de 2020, por el que se rectifica por error material en el apartado 7 de la convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 16, de 6 de febrero de 2020.

3. Solicitudes de:

Entidad

Registro de entrada

Fecha de solicitud

Sa Milana - Alaró

398

29/01/2020

Futbol Sala Alaró

393

29/01/2020

Alaró Tennis Taula Club

480

04/02/2020

Unió Ciclista Alaró

619

12/02/2020

Associació de Caçadors

630

12/02/2020

Club Bàsquet Alaró

645

13/02/2020

Alaró Vòlei Club Esportiu

667

14/02/2020

UEA Alaró

715

18/02/2020

Unió Esportiva Alaró

716

18/02/2020

4. En fecha 5 de marzo de 2020, la Comisión técnica de evaluación valoró las solicitudes y otorga la siguiente puntuación:

Entidad

Puntuación por entidad (provisional)

Sa Milana - Alaró

239,8

Futbol Sala Alaró

148,2

Alaró Tennis Taula Club

50,2

Unió Ciclista Alaró

27

Associació de Caçadors

48

Club Bàsquet Alaró

23,4

Alaró Vòlei CE

377,2

UEA Alaró

527,6

Unió Esportiva Alaró

39,3

TOTAL

1480,7

5. En fecha 17 de marzo de 2020 el alcalde firma la propuesta provisional de concesión de la subvención. Debido a la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se restringe la libre circulación y el acceso al consistorio. Asimismo, el plazo para presentar alegaciones se suspende mientras se mantenga vigente el citado Real Decreto. Siguiendo las recomendaciones del informe de intervención de día 17 de marzo de 2020, se comunicó la propuesta provisional vía correo electrónico a los solicitantes. Asimismo, y para poder seguir adelante con la tramitación de la subvención se pidió que todos los solicitantes comunicaran su respuesta a la propuesta provisional, manifestando su conformidad o presentación de alegaciones.

6. En fecha 28 de abril de 2020 todos los solicitantes respondieron a la propuesta, de las que se presentaron las siguientes alegaciones:

Entidad

Entrada

Fecha de entrada

Futbol Sala Alaró

Correu electrònic

29/01/2020

Unió Ciclista Alaró

2020-E-RC-1283

23/04/2020

Club Bàsquet Alaró

Correu electrònic

18/03/2020

Alaró Vòlei Club Esportiu

Correu electrònic

18/03/2020

Unió Esportiva Atlètic Alaró

Correu electrònic

03/04/2020

El resto de entidades manifestaron su conformidad. Se entiende así que se ha dado cumplimiento al primer párrafo del punto 10 de la convocatoria y ha permitido a todos los solicitantes que formulen alegaciones si así lo consideraban.

7. La continuación de este trámite se hace una vez se ha obtenido el visto bueno con la propuesta de concesión remitida a todas las entidades y, de esta forma, se considera que se promoverá la actividad de las entidades una vez pasado el estado de alarma, decretado por el RD 463/2020. Además, la puesta en disposición de parte de las ayudas podrá facilitar la recuperación económica, mediante la adquisición de los bienes y servicios previstos.

8. Informe de la Comisión técnica de evaluación, de 14 de mayo de 2020, sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes y nueva propuesta de puntuación y concesión definitiva.

2.- FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Artículos 6 y 9 del Reglamento de subvenciones del Ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal, aprobado por el Pleno en fecha 25 de abril de 2019 (BOIB núm. 59, de 02.05.2019).

2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que regula la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

3. Aplicación 341-48901 del Presupuesto general para el año 2020.

3.- ACUERDO

Vista la propuesta del concejal delegado de deportes y fiestas Gabriel Rosselló Cirer, de 1 de junio de 2020, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 9 del reglamento se acuerda por unanimidad:

1º- Desestimar las alegaciones presentadas por Futbol Sala Alaró y Alaró Vòlei Club Esportiu; estimar las alegaciones presentadas por Club Bàsquet Alaró y estimar parcialmente las alegaciones presentadas por Unió Esportiva Atlètic Alaró de acuerdo con el informe de la comisión técnica de evaluación, adjuntando la transcripción que se asume en su totalidad:

Alegaciones presentadas por Futbol Sala Alaró.

La Comisión propone DESESTIMAR las alegaciones, por los siguientes motivos:

Respecto a la documentación a presentar para valorar los criterios de puntuación, el punto 7 del reglamento dice:

Proyecto detallado de la actividad o programa para la que se solicita la subvención, donde conste: justificación, objetivos, población a la que va dirigida, número de beneficiarios, metodología, actividades a realizar, medios técnicos, personales y materiales necesarios, calendario de realización, evaluación y presupuesto desglosado (ingresos previstos y gastos). Relación contractual en el caso de subvenciones de mejora de bienes inmuebles.

De acuerdo con este punto el requisito que se exige a las entidades es la presentación del proyecto, con la información necesaria para realizar la valoración de los criterios. Si además las entidades aportan documentación adicional que permita una valoración más precisa como por ejemplo las fichas federativas de los jugadores y se da el caso de que la información del proyecto y de la documentación adjunta no coinciden se tendrá en cuenta lo que ofrezca información más precisa.

Debemos recordar que el reglamento actual no obliga a las entidades presentar esta documentación adicional, y que todas las entidades han presentado una declaración responsable, que se incluye también sobre el proyecto presentado."

"Alegaciones presentadas por Club Bàsquet Alaró

La Comisión propone ESTIMAR las alegaciones, por los siguientes motivos:

Criterio J: Por error de la Comisión no se valoró la organización de dos torneos que sí aparecen en el proyecto presentado. Así pues, recomendamos estimar esta alegación y que la nueva puntuación por este criterio sea de 20 puntos.

La comisión técnica de evaluación recomienda otorgar 20 puntos más a Club Bàsquet Alaró, lo que resultaría una puntuación total de 43,4 puntos. "

"Alegaciones presentadas por Alaró Vòlei Club Esportiu

Esta Comisión propone DESESTIMAR las alegaciones, por los siguientes motivos:

Criterio C: Cada equipo federado presentado en el proyecto sólo puede recibir una puntuación entre los criterios B, C o G y evitar una doble puntuación. Interpretamos que estos criterios son exclusivos y que al otorgar 10 puntos por equipo federado femenino o mixto no se puede además otorgar 2 o 3 puntos adicionales más teniendo en cuenta si es un equipo federado de base o no base ya que resultaría desproporcionado. Por lo tanto, la comisión ha valorado incorporar dentro del criterio G todos aquellos equipos federados femeninos o mixtos y valoró incorporar dentro del criterio B o C, según el caso, a aquellos equipos federados que no lo son.

Por eso no han puntuado en este criterio al considerar que no se puede otorgar una doble puntuación por un mismo equipo. Por lo tanto, recomendamos desestimar esta alegación."

"Alegaciones presentadas por Unió Esportiva Atlètic Alaró

Esta Comisión propone ESTIMAR PARCIALMENTE las alegaciones, por los siguientes motivos:

Criterios C y G: Por un lado, la Comisión admite un error en la valoración de los equipos ya que no se valoró correctamente uno de los equipos mixtos, que se contó como equipo base. Así pues la Comisión recomienda restar 3 puntos al criterio C y sumar 10 puntos al criterio G.

Criterios D y E: Con respecto a la valoración de los miembros la comisión ha tenido en cuenta la categoría del equipo en que estaban asignados, entendiendo que lo más relevante es la categoría donde el miembro juega o practica el deporte. Teniendo en cuenta esto, la valoración de los miembros realizado por la Comisión es la siguiente:

Miembros base (criterio D):

J1ªREG

24

C2ªREG

21

INF1ª

6

INF2ªREG

24

ALF71

12

ALPA

13

BF8PA1ª

16

BAPA "A"

12

BAPA "B"

10

PREBF8

15

PRE-BEPA

11

SUMA

164

Miembros no base (criterio E):

TR

25

FEM.AUT

21

F11FR

20

SUMA

66

Por lo tanto, recomendamos desestimar esta alegación.

En conclusión, la comisión técnica de evaluación recomienda otorgar 7 puntos más a Unió Esportiva Atlètic Alaró, lo que resultaría una puntuación total de 534,6. "

- Estimar las alegaciones presentadas por Unión Ciclista Alaró, que a diferencia de la recomendación recogida en el informe de la comisión técnica de evaluación se motiva por el conocimiento por parte de esta concejalía y de la Junta de Gobierno Local de la voluntad del equipo de organizar el encuentro, como es habitual, durante las fiestas de Sant Roc. Con todo otorgan 5 puntos más a la Unió Ciclista Alaró, lo que resultaría una puntuación total de 32.

Consideradas las alegaciones estimadas, esta es la nueva puntuación acordada:

Entidad

A

B

C

D

E

F

G

H

I

J

K

TOTAL

Sa Milana - Alaró

20

20

6

20

23,8

0

120

3

2

20

5

239,8

Futbol Sala Alaró

20

6

6

56

3,2

8

10

4

0

30

5

148,2

Alaró Tennis Taula Club

20

4

3

2

1,2

2

0

6

2

10

0

50,2

Unió Ciclista Alaró

20

0

0

0

5

0

0

2

0

0

5

32

Associació de Caçadors

20

0

0

0

23

0

0

0

0

0

5

48

Club Bàsquet Alaró

20

2

0

0

1,4

0

0

0

0

20

0

43,4

Alaró Vòlei Club Esportiu

20

0

0

204

1,2

23

80

2

12

30

5

377,2

UEA Alaró

20

2

24

328

6,6

75

50

4

0

20

5

534,6

Unió Esportiva Alaró

20

2

0

0

2,3

0

0

0

0

10

5

39,3

TOTALS

180

36

39

610

67,7

108

260

21

16

140

35

1512,7

 

Presupuesto total

52.000,00 €

Puntuación total de los proyectos

1512,7 puntos

Importe por punto

34,38 €

Bolsa común (art. 6.4 reglamento)

5.395,27 €

Importe por punto bolsa común

4,24 €

Puntuación total de los proyectos que pasan a la bolsa común

1272,9 puntos

Segunda bolsa común (art. 6.4 reglamento)

153,48 €

Importe por punto segunda bolsa común

0,13 €

Puntuación total de los proyectos que pasan a la segunda bolsa común

1224,9 puntos

 

2º- Conceder las siguientes subvenciones:

Entidad

IMPORTE CONCEDIDO

Sa Milana - Alaró

2.848,00 €

Futbol Sala Alaró

5.741,20 €

Alaró Tennis Taula Club

1.944,72 €

Unió Ciclista Alaró

1.239,66 €

Associació de Caçadors

1.700,00 €

Club Bàsquet Alaró

1.681,29 €

Alaró Vòlei Club Esportiu

14.612,54 €

UEA Alaró

20.710,13 €

Unió Esportiva Alaró

1.522,46 €

 SUMA

52.000,00 €

3º.- Dado que durante el vigente estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y las prórrogas sucesivas del mismo, se debe evitar en la medida de lo posible el contacto entre personas (los representados de las asociaciones y entidades, y el personal municipal del servicio de notificaciones, en este caso), de conformidad con lo previsto en el artículo 35 y al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sobre la motivación y sobre la publicación de los actos, respectivamente, se acuerda sustituir la notificación individual del acto de concesión de subvenciones por la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web del ayuntamiento www.ajalaro.net; sin perjuicio de que la concesión de subvenciones sea comunicada a las asociaciones y entidades mediante correo electrónico.

  

Alaró, 2 de junio de 2020

El alcalde,

Llorenç Perelló Rosselló