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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 4326
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la revisión y actualización del PDS Residuos de Ibiza (42E/2016)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 14 de mayo de 2020,

DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

El art. 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece los planes o programas que son objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) ordinaria.

Una vez finalizado el análisis técnico del expediente, tal como prevé el art. 25 de la citada ley, se formula la presente DAE.

1. Antecedentes

En 2001 se aprobó definitivamente el PDSGRUEF (Plan Director Sectorial de Gestión de Residuos Urbanos de Ibiza y Formentera), un plan donde se definía el modelo de gestión de residuos para las islas de Ibiza y Formentera y establecía los mecanismos necesarios para llevarlo a cabo; el año 2011 se prorrogó el Plan.

La actualización del PDSGRUEF conllevará la modificación del alcance del Plan siendo únicamente la isla de Ibiza y convirtiéndose en el Plan Dirección de Prevención y Gestión de Residuos No Peligrosos de la isla de Ibiza (en adelante PDSPIGRE) .

No obstante, dada la vigente relación contractual existente entre el Consell Insular de Ibiza y el Consell Insular de Formentera con la UTE GIREF, en la planificación del PDSPIGRE se considerará el tratamiento y eliminación de los residuos sólidos urbanos generados en la isla de Formentera en las instalaciones de tratamiento de la isla de Ibiza.

2. Alcance del plan

El ámbito territorial del Plan engloba los 5 términos municipales de la isla de Ibiza; sin embargo, adicionalmente también se considerará en la planificación el tratamiento y eliminación de los residuos generados en Formentera ya que ésta no dispone de instalaciones de tratamiento de residuos.

Los residuos objeto de planificación son los residuos sólidos domésticos y todos aquellos que no tengan la clasificación de peligrosos y que, por su naturaleza o composición, puedan asimilarse a los generados en los anteriores lugares o actividades. Quedan excluidos de este PDS los residuos peligrosos, así como la gestión de los suelos contaminados ya que son competencia del Gobierno Balear.

Se establece una vigencia del Plan de 6 años, con una proyección temporal para el período 2019-2023; se plantea una evaluación y revisión a los 3 años de la entrada en vigor con la finalidad de llevar a cabo un seguimiento de las medidas adoptadas y sus resultados.

3. Objeto del plan

El nuevo Plan recoge los objetivos a alcanzar para dar cumplimiento a la normativa vigente (comunitaria, estatal y autonómica) en relación a la planificación y la gestión de los residuos.

Los principales objetivos generales son:

-Incentivar el uso eficiente de los recursos fomentando estrategias de economía circular.

-Segregar el crecimiento económico del aumento de la generación de los residuos.

-Reducir la generación de residuos potenciando las líneas de prevención y preparación para la reutilización.

-Incrementar los porcentajes de valorización material.

-Reducir la cantidad de residuos valorizables que son depositados en vertedero controlado.

-Contribuir a la lucha contra el cambio climático mejorando la gestión de los residuos.

-Implementar medidas de seguimiento en la ejecución de las nuevas infraestructuras y medidas de adecuación a la generación de residuos de las existentes siempre que sea viable técnica, ambiental y económicamente.

-Optimizar los sistemas de información y coordinación entre el Consell de Ibiza, el Gobierno de las Islas Baleares, el Consell Insular de Formentera, los gestores de las diferentes fracciones de residuos y las entidades locales.

-Fomentar programas de educación, formación e información sobre la gestión de residuos que fomenten la implicación de los diferentes agentes.

La jerarquía de gestión de residuos prioriza en primer término la prevención, en segundo término la preparación para la reutilización y el reciclaje, y deja como última opción la valorización energética únicamente para aquellos residuos que de otra manera se destinarían a eliminación y limitando la disposición final de los residuos valorizables. A continuación se exponen los objetivos a nivel específico clasificados según el nivel jerárquico y los flujos de residuos a que hacen referencia.

Los objetivos específicos que desarrolla el Plan, según la jerarquía de gestión, son los siguientes:

-Prevención de residuos:

+ Reducir en un 10% antes del 2021 y un 20% antes de 2030 la generación de residuos respecto al año 2010, basándose en los kilogramos por habitante y año calculados de acuerdo am el Índice de Presión Humana (IPH) .

+ Reducir hasta el 50% el desperdicio alimentario para el año 2030 en relación con 2020.

+ Alcanzar para el año 2030 los siguientes objetivos de reutilización de envases de bebida en el canal HORECA:

* Aguas envasadas: reutilización de un 40% de los envases.

* Cerveza: reutilización de un 80% de los envases.

* Bebidas refrescantes: reutilización de un 70% de los envases.

+ Alcanzar para el año 2030 un 15% de reutilización para los envases empleados en canales de consumo diferentes del canal HORECA (que incluye empresas distribuidoras de alimentos).

Preparación para la reutilización o reciclaje:

+ Antes del año 2025, alcanzar el objetivo del 3% de preparación para la reutilización de los residuos domésticos gestionados, y un 5% en 2030.

+ Antes del año 2021, aumentar al menos hasta un 50% del peso y para cada fracción, la preparación para la reutilización y el reciclaje conjuntamente de materiales como papel, metales, vidrio, plástico, biorresidus los residuos domésticos y comerciales. Este porcentaje deberá ser de un 65% en el año 2030.

+ Los entes locales obligatoriamente deben recoger de forma diferenciada la materia orgánica compostable (fracción orgánica de los residuos domésticos) y poda, el aceite vegetal usado, los residuos textiles y los peligrosos, todos de origen domiciliario.

+ Antes del año 2030, reciclar al menos un 75% de los residuos de envases no industriales, entendiendo como tales la valorización material de los generados.

+ Dar cumplimiento a los objetivos mínimos anuales de recogida separada de los RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) fijados por el Estado, tanto para los domésticos como para los de origen profesional.

+ Antes del año 2020, aumentar hasta al menos un 70% del peso la preparación para la reutilización, el reciclado y la valorización material de los residuos no peligrosos de la construcción y la demolición, con exclusión del material en estado natural (código LER 17 05 04). Este porcentaje tendrá que ser del 80% en 2030.

+ Contribuir al logro de los objetivos de los residuos neumáticos establecidos en el PEMAR (Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos) que, entre otros, fomentan el incremento de los niveles de reciclaje (hasta un mínimo del 45% en el 2020) .

-Eliminación de residuos:

+ Queda prohibida la eliminación y valorización energética de los residuos recogidos separadamente y selectivamente, a excepción de los casos en que el contenido de impropios haga imposible la valorización material.

+ Antes del año 2030, establecer un porcentaje máximo del 10% en la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

Los objetivos ambientales son:

-Garantizar la correcta gestión de residuos de acuerdo con lo establecido en las normativas, reduciendo los impactos que puede tener en el medio ambiente y la salud de las personas.

-Garantizar la no afectación a la red hídrica subterránea en la gestión de residuos.

-Potenciar el mantenimiento de las cubiertas del suelo de Ibiza con más valor ambiental con las medidas contempladas en el Plan.

-Compatibilizar la gestión de los residuos con los riesgos ambientales existentes y la protección y mejora de la biodiversidad.

-Facilitar la contribución del sector de los residuos al cumplimiento de las reducciones de emisiones de GEI derivadas del transporte y otros contaminantes, establecidos a nivel comunitario, y reducción del consumo energético.

-Garantizar la adecuación de la reducción del PDSPIGRE a los objetivos de calidad atmosférica y acústica existentes.

-Compatibilizar el desarrollo del Plan con las zonas de valor ambiental existentes en la isla.

-Compatibilizar la propuesta del PDSPIGRE con el mantenimiento de la calidad paisajística, patrimonial del territorio ibicenco.

Además, el Plan incluye un Plan de Prevención de Residuos que se estructura en 7 ámbitos temáticos (materia orgánica, envases ligeros, papel-cartón, vidrio, otras fracciones, residuos reutilizables -voluminosos, RAEE, textil, etc.- y actuaciones transversales) en el que se contemplan 16 Líneas Estratégicas que se desarrollan en 32 actuaciones.

4. Análisis de alternativas

El Plan no contempla la construcción de ninguna nueva infraestructura de las ya previstas; por este motivo, no se han estudiado alternativas de ubicación para las infraestructuras.

Aparte de la alternativa cero, se presentan dos alternativas de modelo que se han considerado:

-Alternativa 1: basada en un análisis de la normativa vigente e incorporarla a los objetivos del plan.

-Alternativa 2: además del cumplimiento básico de la normativa, se plantea la inclusión de actuaciones que permitan crear una hoja de ruta para la isla de Ibiza enmarcada en las estrategias comunitarias.

Una vez analizadas las alternativas, y su impacto ambiental, se concluye que la Alternativa 2 es la que mejor integra la necesaria protección de los vectores ambientalmente relevantes con el establecimiento de futuras actuaciones derivadas de la revisión del PDSGRUEF y la ejecución de los aspectos clave para el cumplimiento de los objetivos en relación a la gestión de los residuos de la isla de Ibiza.

5. Elementos ambientales significativos afectados por el Plan y medidas propuestas

Residuos: la mayoría de efectos ambientales del PDSPIGRE son positivos ya que es plenamente coherente con la legislación comunitaria en materia de residuos, respecto a sus principios básicos y está orientado a cumplir los objetivos comunitarios.

Los objetivos definidos orientan a la consecución de la mejora de la gestión de los residuos, por lo tanto, el Plan tendrá un impacto positivo en relación a la disminución de la generación de residuos y su gestión.

Recursos hídricos: las operaciones de reciclaje pueden incrementar el consumo de agua y la generación de aguas residuales; sin embargo, la prevención de residuos fomentará la reducción de la generación de residuos y, por tanto, un menor consumo de agua para su tratamiento y una menor generación de aguas residuales.

Contaminación atmosférica y Cambio Climático: por un lado se disminuirán las emisiones de GEI (Gases de Efecto Invernadero) ya que la prevención de residuos, así como el compostaje y la metanización frente al vertido en depósito controlado, lleva implícito una disminución del transporte y tratamiento de residuos (con la consecuente disminución del consumo energético); por  otro lado, el incremento de las actividades de reciclaje y reutilización incrementarán la demanda de transporte y tratamiento y, por tanto, las emisiones de gases y consumo energético. En conjunto, las estrategias previstas en el PDSPIGRE contribuirán de manera indirecta a mitigar los efectos derivados del cambio climático.

Contaminación acústica: también habrá una disminución de la contaminación acústica derivada de la movilidad y del tratamiento de residuos; sin embargo, también habrá un incremento de la demanda de transporte debido al incremento de las actividades de reciclaje y reutilización.

Contaminación odorífera: el funcionamiento de las infraestructuras de tratamiento de residuos, la recogida, transporte y aplicación de lodos pueden generar problemas de olores, que se deben minimizar con la implantación de medidas para reducir la contaminación odorífera de las instalaciones y estudio de mecanismos de control y seguimiento de olores.

6. Resumen del proceso de evaluación

Fase Previa de Consultas

Tal como prevé el art. 19 de la Ley 21/2013, el órgano ambiental redactó el Documento de Alcance que fue enviado al Consell de Ibiza el 13 de junio de 2016,  junto con una copia de los informes recibidos de las administraciones afectadas.

Por otra parte, el Pleno de la CMAIB del 30 de noviembre de 2017 acordó la tramitación de urgencia del Plan de Prevención y Gestión de Residuos no Peligrosos de Ibiza.

Fase de información pública y de consultas

El PDSPIGRE y el Estudio Ambiental Estratégico se sometieron al trámite de información pública durante un período de 30 días hábiles (teniendo en cuenta el trámite de urgencia) mediante anuncio en el BOIB núm. 63 de 9 de mayo de 2019.

El anuncio también se publicó en los dos diarios de mayor circulación de la isla de Ibiza y en la sede electrónica del Consell Insular de Ibiza.

Durante dicho plazo se presentaron 8 alegaciones y 11 informes de diversas administraciones consultadas.

Conclusiones de los informes recibidos que pueden afectar a la DAE

1.Ajuntament St. Joan de Labritja (11/06/2019)

Se hacen algunas consideraciones en referencia a las competencias de recogida de los diferentes residuos.

2.Institut Balear de la Mujer (07/06/2019)

En la redacción de la normativa no se ha detectado ninguna situación de desigualdad por cuestión de género, y se considera que su aplicación no producirá efectos diferenciadores sobre las mujeres y los hombres, ni incidirá en la posible situación de desigualdad en que se encuentren.

3.Dirección General de Ordenación del Territorio (19/06/2019)

Examinado el contenido del proyecto, éste no afecta a ningún aspecto de la ordenación urbanística o territorial sobre el que, en función de las competencias que ostenta, deba pronunciarse esta Dirección General, por lo que no procede señalar observación alguna sobre el mismo.

4.Ajuntament de Sta. Eulària des Riu (26/06/2019)

Se hacen una serie de observaciones y puntualizaciones en referencia a las competencias de las administraciones en cuanto a la recogida de los residuos, al cómputo de la cantidad de residuos, etc. Finalmente hace una observación de carácter ambiental:

En cuanto a las alternativas a la gestión de los lodos de EDARs definidas en la Disposición Transitoria Primera, y atendiendo a la problemática social derivada de la aplicación directa en zona agrícola, se debería condicionar a realizar un confinamiento previo de los fangos mediante restos de poda, hasta la bajada de la temperatura, para evitar olores y proliferación de insectos.

Esta observación se estima parcialmente y se modifica el articulado con el fin de dar cumplimiento a la Ley 8/2019 de residuos y suelos contaminados que marca el tratamiento de fangos.

5.Servicio de Cambio Climático y Atmósfera. DG de Energía y Cambio Climático (25/06/2019)

Se proponen una serie de consideraciones a tener en cuenta así como la normativa que es de aplicación a las diferentes instalaciones previstas en el Plan. En el informe de valoración de alegaciones se indica que todas las consideraciones se han tenido en cuenta a excepción de alguna que se ha considerado que ya estaba incluida.

6.Servicio de Residuos y Suelos Contaminados. DG de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos (04/07/2019)

Se hacen una serie de observaciones a determinados artículos del Plan en referencia a competencias, terminología, etc. En el informe de valoración de alegaciones se indica que casi todas las observaciones se han tenido en cuenta y se han realizado los cambios correspondientes.

7.DG de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. Ministerio de Economía y Empresa (05/07/2019)

Se hacen una serie de consideraciones contenidas en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones y se informa favorablemente en relación a la adecuación del PDSPIGRE a la normativa sectorial de telecomunicaciones.

8.Departament de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el intrusismo. Consell de Ibiza (22/08/2019)

Del análisis de la documentación disponible, el PDS de Residuos de Ibiza aprobado inicialmente, cumple los criterios establecidos en el PTI, incluida la referencia a los suelos contaminados, aunque no se aborda el tratamiento por no ser competente.

9.Direcció General de Infraestructura. Ministerio de Defensa (27/09/2019)

El PDSPIGRE no incide en propiedades afectadas a la Defensa Nacional ni sobre zonas de seguridad. En consecuencia, este Órgano directivo informa favorablemente la aprobación inicial del Plan.

10.Direcció General de Aviación Civil. Ministerio de Fomento (20/09/2019)

Este Centro Directivo informa favorablemente en lo que a la delimitación y determinaciones relativas al Sistema General Aeroportuario de Ibiza se refiere, condicionado a que se realicen las incorporaciones descritas.

En el informe de valoración de alegaciones se indica que, en la Normativa, se ha añadido la Disposición Adicional novena donde se incorporan las disposiciones referentes a las Servidumbres Aeronáuticas y, en la cartografía, se incorporan los planos que se adjuntaban con el correspondiente informe.

11.Ajuntament de St. Josep de sa Talaia (04/10/2019)

En este informe se hacen una serie de comentarios para que el Consell de Ibiza las tenga en consideración.

Alegaciones

Durante el plazo de información pública se han presentado 8 alegaciones que, básicamente, se refieren al sistema de gestión de residuos (mediante consorcios, mancomunidades, etc.) y la futura aplicación de nuevas tasas; también se proponen redacciones alternativas a determinados artículos y se solicita que, las empresas relacionadas con la gestión y tratamiento de residuos de Ibiza y UTE-GIREF, puedan formar parte de la Comisión Técnica de Seguimiento del Plan y del Plan de Vigilancia Ambiental . En la documentación presentada se adjunta un Informe de Alegaciones donde se resumen las alegaciones y cómo se han tenido en consideración.

En la presente tramitación se considera oportuno destacar los siguientes aspectos:

-UTE-GIREF considera que los residuos que contengan amianto, y que se produzcan en Ibiza o Formentera, deben poder tener entrada en el vertedero tanto por cuestiones ambientales (proximidad al lugar de generación, evitando un traslado innecesario y manipulaciones sucesivas) como económicas (reducción del precio de tratamiento y de transporte, evitando así la proliferación de vertidos de restos de amianto); además, opina que no existe ninguna justificación técnica o ambiental que impida o desaconseje el depósito de este residuo en Ca na Putxa, ni tampoco un volumen que reduzca de forma relevante la capacidad de la instalación.

Esta alegación es desestimada por considerar que la incorporación de un residuo peligroso a través de un tratamiento de disposición final no se encuentra alineado con los objetivos de alargar la vida útil del vertedero.

Sin embargo, desde el punto de vista ambiental se considera que es positivo no tener que trasladarse fuera de Ibiza los residuos que contengan amianto; por otra parte, hay que indicar que esta posibilidad está contemplada en el art. 10 del Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de los Residuos Peligrosos de las Islas Baleares (aprobado mediante el Decreto 14/2020 publicado en el BOIB núm. 54 de 8 de abril de 2020).

-La Comunidad de Propietarios de Roca Llisa, realiza diversas observaciones y comentan que siguen teniendo problemas (olores, ruidos y presencia de gaviotas) aunque la empresa concesionaria ha implantado medidas para minimizarlos; también indican que se incumple la normativa de aplicación y de la Autorización Ambiental Integrada de Ca na Putxa.

El redactor del Plan desestima esta alegación por considerar que el objetivo del PDSPIGRE no es describir en detalle las determinaciones y medidas ambientales relacionadas con los impactos identificados para las diversas infraestructuras que se incluyen en el Plan; además, el seguimiento y control de las instalaciones es competencia de la CMAIB.

Hay que decir al respecto que los hechos alegados deberán valorarse en el marco del cumplimiento de las condiciones de la AAI de la instalación.

7. Conclusiones

Por todo lo anterior, se propone formular la declaración ambiental estratégica favorable respecto al Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de Residuos No Peligrosos de la isla de Ibiza (PDSPIGRE), siempre y cuando se cumplan las medidas previstas para la prevención, reducción o compensación propuestas y las siguientes condiciones:

1. Hay que reducir el plazo a 18 meses, desde la publicación del Plan Director en el BOIB, para la realización por parte del Consell Insular de Ibiza del estudio detallado de las diversas posibilidades y alternativas existentes para el tratamiento finalista de los residuos incluidos dentro del servicio público obligatorio insular, dada la limitada vida útil del vertedero de Ca Na Putxa.

2. Se detallará en el Plan el sistema de gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos no peligrosos de Ibiza.

3. Hasta que las plantas de selección de residuos y tratamiento de la materia orgánica previstas en este Plan no entren en funcionamiento, y con el fin de alargar la vida útil del vertedero se deberán aplicar estrategias y alternativas de tratamiento finalista para la materia orgánica.

Se recomienda que:

La eliminación de los residuos peligrosos que contengan amianto, producidos en Ibiza o Formentera, se pueda llevar a cabo en el vertedero de Ca na Putxa, siempre y cuando se cumplan las siguientes determinaciones:

a) La autorización de la consejería competente en materia de residuos, en los términos que establece el art. 27 de la Ley 22/2010, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

b) El cumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo II del Real Decreto 1481/2001 y de las condiciones previstas en la correspondiente autorización administrativa de la instalación.

 

Palma, 18 de mayo de 2020

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias