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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL

Núm. 4183
Resolución por la que se deja sin efecto la resolución dictada por el director gerente de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental en fecha 7 de enero de 2019 y se aprueba y autoriza la compraventa de la finca registral núm. 5736 con el fin de ejecutar las obras del proyecto de la conducción de María de la Salud en Petra

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Texto

​​​​​​I. Hechos.

1.- En fecha 19 de julio de 2018, el Jefe del Área de Construcción y Gestión de Abastecimiento y Desaladoras de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental (ABAQUA) informó sobre la necesidad de iniciar el procedimiento de adquisición directa de terrenos para la construcción de un depósito en María de la Salud.

Las obras de construcción del depósito forman parte del proyecto de conducción de María de la Salud en Petra. El proyecto de las citadas obras contempla una relación de terrenos que se precisan para la construcción del depósito de María de la Salud.

Según consta en informe de 19 de julio de 2018, el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Islas Baleares, aprobado por el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio, recoge en el anexo 11 el Programa de actuaciones e infraestructuras 2015 -2021, entre las que figura el desarrollo de la red en alta desde María de la Salud hasta Manacor. El desarrollo de las infraestructuras hidráulicas de Mallorca hacia la zona de Levante tiene la finalidad de dotar de agua, la cantidad y calidad suficiente de acuerdo con la normativa sanitaria, permitiendo reducir las extracciones de los acuíferos y favoreciendo su recuperación y la reducción de la intrusión marina.

2.- El informe de 19 de julio de 2018 propone, además, la utilización de la parcela 859 del polígono 3 (ref. Catastral 07035A003008590000LD), identificada con el número de finca registral núm. 5736 y con una superficie de 2.518 m2,, para ejecutar las obras de ampliación del depósito, la cual tiene la siguiente descripción:

«RÚSTICA. Pieza de tierra, secano e indivisible, situada en el término de María de la Salud, llamada Roqueta, de veinte y cinco área treinta y tres centiáreas de cabida. Colindante, norte con la de Juan Ferriol Bergas; este, con la porción número sesenta de Antonio Gelabert Oliver; oeste, con la porción de Miguel Maestro Payeras y sur, con camino de establecedores. »

Esta parcela pertenece a Andrés Ramis Gual. en virtud de escritura de compraventa, de 11 de enero de 2017, otorgada por la Notaría de Sineu, Amparo Almería Ballano.

3.- En atención al contenido del artículo 52 de la Ley 6/2001, de fecha 11 de abril de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en fecha 26 de julio de 2018 el Consejo de Administración de ABAQUA inició el expediente de adquisición directa de la parcela 859 del polígono 3 de María de la Salud, así como delegar la firma en el director gerente de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental para tramitar y resolver el correspondiente expediente valorado al proyecto técnico, esto es, en 25.180 €.

4.-En fecha 27 de febrero de 2019 el Arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de María de la Salud emitió informe técnico sobre la normativa urbanística de aplicación a la parcela 859 del polígono 3 del término municipal de María de la Salud.

5.- En fecha 23 de agosto de 2019, se procedió a la tasación y valoración de la parcela 859 del polígono 3 de María de la Salud en 25.129,64 €,

6.- En fecha 12 de septiembre de 2019, el Departamento Económico Financiero de ABAQUA emitió certificado sobre la existencia de crédito adecuado y suficiente para la adquisición de la parcela 859 del polígono 3 de María de la Salud.

7.- En fecha 7 de enero de 2020, el director gerente de ABAQUA aprobó y autorizar la adquisición directa de la finca registral núm. 5736, inscrita en el registro de la propiedad de Inca núm. 1. Sin embargo, en dicha resolución no se hizo constar el importe de la compraventa.

8.- En fecha 22 de febrero de 2020 se publicó en el BOIB, con el núm. 23, la Resolución de fecha 7 de enero de 2020.

En atención que la resolución del director gerente de fecha 7 de enero de 2020 omitía el importe de la adquisición de la parcela 859 del polígono 3 del municipio de María de la Salud (finca registral núm. 5736), se ha considerado necesario dictar una nueva resolución para subsanar la omisión detectada.

II.-Normativa de aplicación.

1.- La Ley 39/2015, de fecha 1 de octubre, que regula el procedimiento administrativo común, de las Administraciones Públicas.

2.-La Ley 40/2015, de fecha 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público.

3.- La Ley 7/2010, de fecha 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4.- La Ley 6/2001, de fecha 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5.- El Decreto 127/2005, de fecha 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6.- El Decreto 100/2015, de fecha 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.

De conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental de fecha 26 de julio de 2018, y vista la necesidad de enmendar la resolución de fecha 7 de enero de 2020, por la que se aprobaba y autorizaba la adquisición directa de la finca registral núm. 573, para ejecutar las obras del depósito de María de la Salud,

RESUELVE

1.- Dejar sin efecto la resolución por la que se aprobó y autorizar la adquisición directa de la finca registral núm. 5736, inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca núm. 1. de fecha 7 de enero de 2020.

2.- Aprobar y autorizar la adquisición directa por el importe de 25.129,64 €, de la finca rústica siguiente:

Datos registrales: finca núm. 5736, inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca núm. 1, en el tomo 2.172, libro 95, hoja 45.

Título: escritura de compraventa, de 11 de enero de 2017, otorgada por la Notaría de Sineu, Amparo Almería Ballano.

Sin cargas.

Titular: Andrés Ramis Gual.

3.- Establecer la adquisición con las características siguientes:

stos notariales y registrales serán a cargo de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental.

4.- Ordenar que esta adquisición se anote en el inventario de bienes y derechos de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental.

5.- Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición del Recurso.

Contra esta Resolución - que agota la vía administrativa - se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Consejo de Administración de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, en el plazo de un mes, a partir de al día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con en el previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas; o bien recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación y publicación

 

Palma, 28 de mayo de 2020

El director gerente de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental,

Guillem Rosselló Alcina