Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4142
Ejecución de títulos judiciales 21/2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 21 /2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. WINICIUS SANTOS FREIRE contra RICHARD IAN BARNES sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

Presentada por el trabajador WINICIUS SANTOS FREIRE demanda de ejecución de Sentencia Nº 493/2019 de fecha 18/12/2019 dictada en los autos DSP 915/2018 seguidos ante este Juzgado de lo Social, exigiendo el cumplimiento por RICHARD IAN BARNES de la obligación de readmisión, se ha despachado auto de ejecución y, ante la imposibilidad por razones de salud pública de celebrar la comparecencia prevista en el art. 281 de la LRJS, en atención a la situación de crisis sanitaria actual, acuerdo:

Dar traslado a las partes para que se pronuncien por escrito, en lugar de en la comparecencia, EN UN PLAZO DE CINCO DÍAS, sobre las circunstancias de la no readmisión invocada, declaración de extinción y percepciones económicas procedentes, o bien en el mismo plazo muestren su disconformidad sobre la celebración por escrito y su interés en la práctica de prueba, a los efectos del posterior dictado, en su caso, del Auto de resolución del presente incidente que prevé el artículo 281 LJS.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RICHARD IAN BARNES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Palma, 21 de mayo de 2020

La letrada de la Administración de Justicia