Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 4129
Extracto bases y convocatoria para la concesión d'ayudas económicas a la actividad y mejora de la calidad comercial del el Ayuntamiento de Ferreries
Extracto del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries, en sesión extraordinaria urgente de 12 de mayo de 2020, punto tercero del orden del día, por el cual se aprueban las bases y convocatoria que rigen la concesión de ayudas económicas para la actividad y mejora de la calidad comercial, destinadas a los establecimientos de actividades no esenciales afectados por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma COVID-19 (expediente E0558/2/2020)
(ref. 506816 BDNS)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
«Objeto
El objeto de esta convocatoria, de acuerdo con las bases reguladoras, es la concesión de ayudas económicas a personas titulares de establecimientos abiertos al público, afectadas económicamente por la situación de crisis ocasionada por la COVID-19
Finalidad
Aportar recursos económicos a los titulares de los establecimientos de actividades no esenciales, para contribuir a la reactivación de las empresas, al mantenimiento del tejido comercial y empresarial de Ferreries, y al impulso de la promoción y dinamización del sector.
Beneficiarios
Las personas físicas o jurídicas, en cualquier de las formas reconocidas, titulares de establecimientos de actividades no esenciales abiertos al público, obligados a cerrar la actividad o a no iniciarla, en cumplimiento del establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se decreta el estado de alarma.
Criterios objetivos de otorgamiento de la ayuda económica
Las ayudas se otorgarán a las personas físicas y jurídicas solicitantes que tengan los requisitos determinados en el apartado 3 de las bases reguladoras.
Cuantía de la ayuda
Establecimientos abiertos todo el año: 700 euros.
Establecimientos de temporada (abiertos al público menos de 8 meses al año): 350 euros.
Presupuesto
Importe de 40.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 430.47900 del presupuesto para el año 2020, la cual podrá ser ampliada conforme al art. 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Gastos subvencionados
Gastos corrientes de alquiler, cuotas de préstamos, proveedores, suministros de agua, electricidad, gas y combustibles, comunicaciones (teléfono, correo, mensajería, conexión a Internet) y las retribuciones salariales.
Gastos en campañas y promoción comercial, en nuevas tecnologías, en formación, cuotas de asociaciones comerciales, y todo aquello relacionado con los compromisos adquiridos.
Obligaciones y compromisos
Las personas beneficiarias de la ayuda económica se tienen que comprometer a realizar, como mínimo, dos de las acciones relacionadas al ANEXO III.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).
Las solicitudes se tienen que presentar mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo con el que dictaminan las bases.
Las solicitudes se podrán presentar por cualquier de las formas siguientes:
De forma telemática (www.ajferreries.org a carpeta ciudadana).
Por cualquier de los medios previstos en el artículo 16.4.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Publicidad de las bases reguladoras
Las bases reguladoras se publicarán en el enlace siguiente:
Enlace en catalán: https://www.carpetaciutadana.org
Enlace en castellano: https://www.carpetaciutadana.org
Procedimiento
El procedimiento de concesión de las ayudas será en concurrencia competitiva.
Órganos competentes
El órgano competente para resolver la concesión de las ayudas será Batlia.
Pago
Se abonará en un único pago del 100%, a partir del momento de concesión de la ayuda.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución de las acciones será del 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.
Plazo y forma de justificación
El plazo de justificación finalizará el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
La justificación se presentará mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo con el que dictaminan las bases.
Las bases, el modelo de solicitud y los anexos se encuentran en la web del Ayuntamiento.»
Lo que se publica para general conocimiento.
Ferreries, 20 de mayo de 2020
La alcaldesa Joana Febrer Rotger