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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 4064
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 20 de mayo de 2020 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en cuanto a la modificación de varias líneas de subvenciones gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears, Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, concretamente se modifica la línea 2, Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres del objetivo III, lucha contra las desigualdades.

En fecha 14 de marzo, el Gobierno del Estado decreta el estado de alarma a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La irrupción de la pandemia ha implicado no solo una gran crisis sanitaria sino también la adopción de toda una serie de medidas para la población con importantes repercusiones económicas y sociales. El confinamiento de la población y la actividad empresarial al mínimo, tienen repercusiones negativas, entre otros, sobre la ocupación de las mujeres, además esta situación de confinamiento ha supuesto un aumento del riesgo de sufrir violencia de género por la obligación de quedar en casa con sus agresores.

Todo esto hace que, desde el SOIB se considere necesario proceder a la modificación de las anualidades y los fondos de financiación de la línea de subvenciones destinada a financiar los gastos derivados del cuerpo salarial de la contratación de las víctimas de violencia machista. En cuanto al fondo pasa a ser el 20090, financiando mediante los fondos recibidos del Pacto de Estado contra la violencia de género, del Ministerio de Igualdad; y el 21021, fondo que se distribuye territorialmente por la Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales.

 3. En el apartado 3 del Acuerdo de Consejo de Gobierno mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

 

Allí donde dice:

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.2 Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres

III.2.5

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 19021,18090 y 19090

Descripción: subvención destinada a financiar los gastos que deriven del coste salarial para contratar las víctimas de violencia machista desocupadas

Objetivos y efectos: fomentar la ocupación en la cual el trabajo que se llevará a cabo proporcionará una mayor autonomía de la mujer a través de su independencia económica, en actividades propias de su perfil profesional o de interés para la mujer

Coste: 2.000.000 € (2018: 1.000.000 €; 2019: 1.000.000 €) + 3.000.000 (2019) + 4.288.870,24 (2019)

Convocatoria: plurianual (2018-2019)

Incidencia sobre el mercado: mayor integración en el mercado de trabajo mediante el apoyo de la orientación laboral que recibirán las participantes de la red especializada del SOIB, a lo largo del periodo de contratación, con el objetivo de mejorar la empleabilidad y la posterior inserción en la empresa ordinaria.

Debe decir:

III.2.5

Dirección general o entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears

Fuentes de financiación: capítulo IV FF 20090 y 21021

Descripción: subvención destinada a financiar los gastos que deriven del coste salarial para contratar las víctimas de violencia machista desocupadas

Objetivos y efectos: fomentar la ocupación en la cual el trabajo que se llevará a cabo proporcionará una mayor autonomía de la mujer a través de su independencia económica, en actividades propias de su perfil profesional o de interés para la mujer

Coste: 1.200.000 € (2020: 1.000.000 €; 2021: 200.000 €)

Convocatoria: plurianual (2020-2021)

Incidencia sobre el mercado: mayor integración en el mercado de trabajo mediante el apoyo de la orientación laboral que recibirán las participantes de la red especializada del SOIB, a lo largo del periodo de contratación, con el objetivo de mejorar la empleabilidad y la posterior inserción en la empresa ordinaria.

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 20 de mayo de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores,

Rosario Sánchez Grau