Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 4063
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 21 de mayo de 2020 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén al Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en cuanto a la modificación de varias líneas de subvenciones gestionadas por la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas de la Consejería de Educación, Universidad y Investigación, concretamente se modifica la línea 3, Fomento de la formación profesional del objetivo VI, Acceso a la enseñanza y a la cultura.
Los programas de cualificación inicial constituyen una oferta formativa dirigida a jóvenes que no hayan obtenido el título de graduado en educación secundaria, ni tengan ningún título equivalente ni de nivel académico superior a este título, que no dispongan de las competencias básicas necesarias para acceder al mercado laboral, por lo cual, para poder convocar ayudas económicas para desarrollar los programas de cualificación inicial, durante el curso 2020-2021 se hace necesario modificar el plan estratégico de subvenciones para continuar con la línea de colaboración de corporaciones locales, de organizaciones no gubernamentales, mancomunidades de municipios, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro y entidades de economía social con experiencia y/o con medios específicos para la atención a estos colectivos.
3. En el apartado 3 del Acuerdo de Consejo de Gobierno mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:
Allí donde dice:
OBJETIVO VI
ACCESO A LA ENSEÑANZA Y A LA CULTURA
VI.3 Fomento de la formación profesional
VI.3.1
Dirección general o entidad: Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: ayudas económicas para desarrollar acciones de formación profesional del sistema educativo, que pueden llevar a cabo corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro, y entidades de economía social
Objetivos y efectos: fomentar la inserción profesional, el regreso al sistema educativo y la formación permanente, la inclusión en el mercado laboral de personas en riesgo de exclusión, la reducción del abandono escolar y el incremento del acceso a estudios postobligatorios
Coste: 1.897.500 € (2018: 948.750 €; 2019: 948.750 €)
Convocatoria: plurianual (2018-2019)
Incidencia sobre el mercado: aumento de la población activa y potenciación de la formación profesional de futuras personas trabajadoras.
Debe decir:
VI.3.1
Dirección general o entidad: Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: ayudas económicas para desarrollar acciones de formación profesional del sistema educativo, que pueden llevar a cabo corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro, y entidades de economía social
Objetivos y efectos: fomentar la inserción profesional, el regreso al sistema educativo y la formación permanente, la inclusión en el mercado laboral de personas en riesgo de exclusión, la reducción del abandono escolar y el incremento del acceso a estudios postobligatorios
Coste: 1.897.500 € (2020: 948.750 €; 2021: 948.750 €)
Convocatoria: plurianual (2020-2021)
Incidencia sobre el mercado: aumento de la población activa y potenciación de la formación profesional de futuras personas trabajadoras.
2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 21 de mayo de 2020
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores,
Rosario Sánchez Grau