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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 4051
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. GCI17/02. Aprobación inicial Proyecto de reparcelación del SUP 4, acceso Passeig Meravelles, en la Porcincula

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Texto

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 4 de març de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

El 30/09/2019 Antonio Moragues Amengual, actuando como presidente de la Junta de Compensación del SUP 4, acceso Paseo Maravillas, la Porcíncula, emplazado dentro del ámbito de la Playa de Palma, ha presentado Proyecto de reparcelación del mencionado ámbito. El documento está firmado por el ingeniero de caminos Pau Socias.

El proyecto fue informado favorablemente por el Servicio de Valoraciones y Proyectos el 16/12/2019, indicando que se dan por cumplimentadas las deficiencias señaladas en los anteriores informes emitidos los 12/12/2018, 29/08/2019 y 25/10/2019.

En cuanto a la petición del redactor del proyecto sobre la reducción de la cesión del aprovechamiento urbanístico del 15 al 10%, Valoraciones lo condiciona a que se valide el horizonte temporal de 5 años para la tramitación y ejecución de los instrumentos de planeamiento y gestión necesarios para poder materializar la venta de solares. Según los informes del Servicio de Gestión Urbanística (10 y 29.01.2020, y 5.02.2020) donde se confirma la idoneidad de los plazos de 5 años para la culminación del proceso urbanizador, el informe del Servicio de Valoraciones (6.02.2020) concluye que se puede considerar adecuado y se informa favorablemente la viabilidad de la reducción del aprovechamiento.

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local,  el art. 25 del Texto Refundido de la Ley de Suelo RDLeg 7/2015, de 30 de octubre, así como el artículo 83 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears, 213.4 del Reglamento general de la Ley 2/2014 (Acuerdo del Pleno del CIM de 16/04/2015). los artículos 172 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que subscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma  que adopten el siguiente

ACUERDO

1.º- Aprobar inicialmente el Proyecto de reparcelación del SUP 4, acceso Paseo Maravillas, en la Porcíncula, situado dentro del ámbito de la Playa de Palma, presentado por Antonio Moragues Amengual, actuando como presidente de la Junta de Compensación, según los informes favorables del Servicio de Valoraciones y Proyectos del 16.12.2019 y 6.02.2020 que se adjuntan.

2.º- Aceptar en concepto del 10% de aprovechamiento del sector que corresponde al Ayuntamiento la cantidad de 406.327,71 € en concepto de monetaritzación, en aplicación del artículo 30.2 b) de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears.

3.º- Someter este acuerdo a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Illes Balears, de conformidad con lo que dispone el artículo 213.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del suelo de las Illes Balears. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro.

4.º- Notificar el presente acuerdo, al propietarios afectados por el sistema de actuación para que dentro del plazo de un mes a partir de la notificación puedan alegar ante esta administración municipal, aquello que consideren adecuado a su derecho.

5º.- Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Información Urbanística y a la Sección de proyectos de urbanización para su conocimiento.

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 b) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo para la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Area de Modelo de Ciudad,  Vivienda Digna y Sostenibilidad (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica en la dirección https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-201700020000/GCI-20170002_PORTADA.pdf  para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Los cómputos a que se hace referencia anteriormente se han de entender en los términos que determina la Disposición adicional octava del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes adicionales en el ámbito social y económico para afrontar el COVID-19. Y de acuerdo con la Disposición adicional segunda del RD 463/2020, de 14 de marzo, sobre suspensión de plazos procesales. Ello sin perjuicio de la eficacia y ejecutividad del acto administrativo objeto de recurso o impugnación.

Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos

OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)

OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6

OAC l'Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)

OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)

OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)

OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)

OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

 

Palma, 21 de mayo de 2020

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014

publicado en el BOIB 30 de 04/03/2014

El jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística

Jaume Horrach Font