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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 4014
Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se modifica la convocatoria de ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Islas Baleares, año 2020, con el fin de paliar los efectos crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19

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Texto

Hechos

1. La Organización Mundial de la Salud elevó el 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por Covidien-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para su salud.

Las autoridades sanitarias del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares recomiendan la aplicación de diversas medidas higiénicas, para prevenir y contener el virus y mitigar el impacto sanitario y social. Entre ellas cabe destacar la limpieza de manos con agua y jabón o mediante una solución hidroalcohólica, llevar mascarilla y guantes.

En este marco, las medidas higiénicas previstas encuadran en la acción decidida para proteger la salud, la seguridad de los ciudadanos y contener la progresión de la enfermedad.

Una vez terminado el estado de alarma se reiniciará la actividad física y la práctica del deporte en el ámbito federado, por eso se hace necesario colaborar con las federaciones deportivas de las Islas Baleares para que estas fomenten y lleven a la práctica las medidas higiénicas para proteger la salud y la seguridad de los deportistas.

2. El apartado 5.1.12 de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 21 de noviembre de 2019, por la que se convocan ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Islas Baleares, establece los gastos imputables a la subvención relacionadas con las competiciones organizadas en las Islas Baleares, incluyendo el campeonato de baleares y campeonatos y copas de España del calendario oficial de cada federación deportiva.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, 31/12/2005).

3. la Orden del consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes. (BOIB núm. 2, de 3/01/2013).

4. Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 (BOE núm. 67, de 14/03 / 2020).

5. Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Islas Baleares (BOIB núm. 169, de 17.12.2019).

Por todo ello y vista la propuesta de resolución del director general de Deportes, dicto la siguiente:

Resolución

1. Se añade un nuevo tipo de gasto específico de competiciones organizadas en las Islas Baleares, incluyendo el campeonato de baleares y campeonatos y copas de España del calendario oficial de la federación, en el apartado duodécimo del punto 5.1 del Anexo 1 de la resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 21 de noviembre de 2019 por la que se convocan ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Islas Baleares, en el siguiente sentido:

• Gastos de material higiénico para proteger la salud y la seguridad de los deportistas, técnicos, árbitros y / o jueces y contener la progresión de la enfermedad, en las competiciones organizadas en las Islas Baleares, incluyendo el campeonato de baleares y campeonatos y copas de España del calendario oficial de cada federación deportiva. Gastos relativos a la adquisición jabón de manos o solución hidroalcohólica, mascarillas y guantes.

2. Ordenar la publicación en el BOIB de esta resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

  

Palma, 20 de mayo de 2020

La consejera de Asuntos Sociales y Deportes,

Fina Santiago Rodríguez