Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 3951
Resolución del director general de Cooperación Local y Patrimonio de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de los locales ubicados en calle de Abad y Lasierra, 47 bajos, que incluye una plaza de aparcamiento en la calle de Vicente Serra Orvay, 22, de Eivissa (exp. SP 114/2020)
Hechos
1. El 15 de junio de 2004 se firmó un contrato de arrendamiento de los locales situados en calle de Abad i Lasierra, 47 bajos, de Eivissa, entre la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Sra. Maria del Carmen Castelló Viñas, titular de los locales, por un plazo de dos años, desde el 1 de junio de 2004 hasta el 31 de mayo de 2006.
La cláusula tercera de este contrato estipula que: “Una vez transcurrido el plazo inicial de este contrato, ambas partes pueden dar por acabado el arrendamiento o prorrogarlo por igual periodo, siempre que las dos partes estén de acuerdo al menos con un mes de antelación”.
2. En la cláusula primera de la tercera prórroga, firmada el 1 de junio de 2010, se incluyó la modificación de la cláusula tercera del contrato de arrendamiento, consistente en establecer la prórroga tácita, que producirá efectos “si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes (...) con tres meses de antelación al vencimiento”.
3. Este contrato se ha ido prorrogando tácitamente por periodos bienales hasta el 31 de mayo de 2020, destinándolo al servicio del Punto de Atención a la Ciudadanía y de los Servicios de Valoración de la Discapacidad y Dependencia.
4. Las referencias del Registro de la Propiedad son las siguientes:
-Local A 3683103CD6038S0008EQ
-Local B 3683103CD6038S0009RW
-Plaza de aparcamiento 3683103CD6038S0037MZ
5. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000001815-0.
6. El 29 de abril de 2020 tuvo entrada en la Dirección General de Cooperación Local y Patrimonio un oficio del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, con documentación relativa a la pròrroga tácita del arrendamiento de los locales y parking mencionados, por el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2020 al 31 de mayo de 2022, que es la siguiente:
Propuesta, por delegación, de inicio del expediente, de 27 de abril de 2020, del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.
Informe justificativo del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 27 de abril de 2020.
Informe relativo a la vigencia del contrato y previsión de prórroga, del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 28 de abril de 2020.
Informe favorable de precios de mercado emitido por la Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación, de 13 de marzo de 2020.
Propuesta de resolución de autorización y disposición del correspondiente crédito presupuestario, firmada por el secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 28 de abril de 2020. El gasto total previsto es de 63.058,08 € e irá a cargo de la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00.
Documento RF de fiscalización original.
Informe de gastos plurianuales.
Resolución, por delegación, de autorización de imputación de gasto a ejercicios futuros del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 29 de abril de 2020.
7. Teniendo en cuenta la cantidad mencionada, este expediente requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).
4. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).
5. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el cual se nombra altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).
6. El contrato principal de arrendamiento suscrito el 15 de junio de 2004.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de los locales ubicados en la calle Abad i Lasierra, 47 bajos, y la plaza de aparcamiento ubicada en la calle Vicente Serra Orvay, 22, de Eivissa, del 1 de junio de 2020 al 31 de mayo de 2022 por una renta mensual de 2.627,42 €, incluido IVA, que hacen un total de gasto de 63.058,08 €, incluido IVA, con cargo en la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de que se pueda continuar utilizando para ubicar los servicios del Punto de Atención a la Ciudadanía y de los Servicios de Valoración de la Discapacidad y Dependencia de la Dirección General de Atención a la Dependencia de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.
2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, sin perjuicio que se deba tramitar el correspondiente procedimiento económico-financiero.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
4. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Interposició de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Cooperación Local y Patrimonio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber-se notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Palma, 18 de mayo de 2020
El director general
Francesc Miralles i Mascaró