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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 3920
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PBX 2019 0004. Aprobación inicial de la modificación del Plan Especial de Reforma Interior del sector de La Soledad y el Polígono de Levante

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Palma de día  30 de abril de 2020 se resolvió aprobar inicialmente la modificación del plan especial de reforma interior del sector de la Soledad y el polígono de Levante, expediente PBX2019 0004, proyecto redactado por la arquitecta de los servicios técnicos de planeamiento. El objeto de la modificación consiste en la ampliación del uso principal asignado deportivo para que se pueda implantar también el uso asistencial.

Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado plan a información pública durante TREINTA DÍAS.

Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:

  • presencialmente en la Sección de información urbanística (Av. Gabriel Alomar, 18, planta baja. Edificio Municipal de les Avingudes),
  • en el anuncio de este acuerdo, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal (con navegador Explorer).
  • a través del enlace (con navegador Explorer):

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/PBX_PERIS/PBX-201900040000/PBX-20190004_PORTADA.pdf

y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del mencionado plazo y mediante escrito dirigido al  Ayuntamiento de Palma, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 26.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los plazos mencionados comenzarán a contar a partir del día siguiente al levantamiento del estado de alarma.

Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

 

Palma,15 de mayo de 2020

El jefe del Departamento

p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº  30 de  4-03-2014)

Jaume Horrach Font