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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 3653
Divorcio contencioso 126/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia que contiene el encabezamiento y fallo del tenor literal siguiente:

“En Ibiza a 18 de junio de 2018.

Vistos por mi, OFELIA NACHE SALMERON, juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ibiza y su partido, el presente juicio de divorcio nº 126/17 promovido por D. LUCAS URBINA BIONDI representado por la procuradora Dª Yolanda Betrián y defendida por la letrada Dª Eva María Montero Naves frente a Dª ARIE JAMELE LOFTON, en rebeldía procesal,  ….   FALLO Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales Dª Yolanda Betrián en nombre y representación de D. LUCAS URBINA frente a Dª ARIE JAMELE LOFTON debo decretar y decreto la disolución por DIVORCIO del matrimonio formado por ambas partes con sus efectos inherentes sin hacer pronunciamiento sobre las costas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Firme que sea esta resolución remítase oficio al Registro Civil para su correspondiente inscripción.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”

Y como consecuencia del ignorado paradero de ARIE JAMELE LOFTON, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Ibiza/Eivissa, 30 de octubre de 2020

La letrado de la Administración de Justicia

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha ido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.