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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 3787
Aprobación de la convocatoria y las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo sostenible del ámbito rural del municipio de Calvià para el año 2020

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en la sesión del día 30 de abril de 2020, adoptó, entre otras, el acuerdo relativo a la aprobación de la convocatoria y las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo sostenible del ámbito rural y que transcribo literalmente a continuación:

El Ayuntamiento de Calviá, a través de la Dirección General de Desarrollo Sostenible en cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión de subvenciones, convoca a los propietarios y/o arrendatarios de parcelas rústicas, a los efectos de poder solicitar ayudas de conformidad con las siguientes:

BASES

Desde la Regidoria de Medio Ambiente y Transición Ecológica, a través de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Calvià es necesario promover la aplicación de políticas públicas para dinamizar y garantizar la actividad primaria y el medio rural, reconociendo así su importancia social, económica, ambiental y cultural en el municipio.

Este tipo de acciones se enmarcan en las políticas públicas de la Unión Europea y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de España. La Política Agrícola Común (PAC) de la Comisión Europea se ha convertido en una política orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a tres objetivos:

  1. El fomento de un sector agrícola inteligente, resistente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria.
  2. La intensificación del cuidado del medio ambiente y la acción por el clima, contribuyendo a alcanzar los objetivos climáticos y     medioambientales de la UE.
  3. El fortalecimiento del tejido socio–económico de las zonas rurales.

Con este fin se promueve esta convocatoria de subvenciones para el desarrollo sostenible del ámbito rural del municipio, cuyo objetivo principal es facilitar a los sectores agrícolas y ganaderos del municipio el acceso a la financiación y los recursos para dar valor añadido a sus productos, mejorar su renta y dinamizar la producción y el mercado local.

Por otra parte, se trata de contribuir a la sostenibilidad del entorno y al desarrollo rural del municipio, promoviendo la restauración, preservación y mejora de los ecosistemas y el paisaje a través de la agricultura y la ganadería.

Por último, en relación con dichas políticas de esta Dirección General cabe destacar la necesaria defensa y promoción de la calidad agraria y alimentaria, el fomento de la transición a una economía baja en carbono y capaz de adaptarse al cambio climático en el sector agrario, ganadero y forestal a nivel local, así como fomentar la inclusión social y la reducción de la pobreza a través de medidas para el fomento del desarrollo local en el ámbito rural.

Por ello, y ante la necesidad de garantizar la máxima seguridad posible en la actividad agraria, paisajista y alimentaria, se estima que concurren circunstancias excepcionales que acreditan razones de interés público para su aprobación como subvenciones de carácter directo.

Concurren necesidades imperiosas que exigen una pronta respuesta de la administración local con el fin de asegurar el mantenimiento de las actividades que tradicionalmente han venido desempeñando en el ámbito rural y que redundan en la mejora de las condiciones en dichos sectores y en el desarrollo sostenible del municipio.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

El objeto de esta convocatoria es contribuir a la sostenibilidad del entorno y al desarrollo rural del municipio, promoviendo la restauración, preservación y mejora de los ecosistemas y el paisaje a través del fomento de  la agricultura y la ganadería en el Municipio de Calviá.

Esta convocatoria se regirá por lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de esta Corporación, y, en lo no previsto, se aplicará lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

SEGUNDA.- ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA:

En este ejercicio presupuestario de 2020, se destina la cantidad de 28.000 € a las subvenciones objeto de la presente convocatoria, con cargo a la partida 2020, 302 41400 2211400 “Producción agrícola, ganadera y medioambiental”.

TERCERA.- DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA:

Esta convocatoria va destinada a:

  1. Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, relacionadas con el objeto de la convocatoria.
  2. No podrán tener la condición de beneficiarios de subvenciones las personas o entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones indicadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003. En particular cabe destacar el hecho de no estar al corriente de pago de deudas con el Ayuntamiento o del pago de obligaciones derivadas de otras subvenciones.

CUARTA- PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES:

1.-CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN:

1.1.-Para valorar las solicitudes presentadas se tendrán en cuenta los siguiente criterios:

a) Únicamente se podrá solicitar un tipo de ayuda por propietario o arrendatario y por parcela.

b) Los propietarios o arrendatarios que presenten más de una parcela de superficie inferior a cinco hectáreas, se contabilizarán todas juntas y la superficie resultante será la de aplicación para la correspondiente asignación de la ayuda solicitada.

1.2.-Asignación de abonos

  1. Fincas rústicas de hasta una hectárea................................................................. hasta 100 €
  2. Fincas rústicas de más de una hectárea hasta cinco hectáreas........................... hasta 150 €
  3. Fincas rústicas de más de cinco hectáreas hasta diez hectáreas......................... hasta 200 €
  4. Fincas rústicas de más de diez hectáreas............................................................ hasta 500 €

La asignación se verá incrementará en un 20 % para las fincas inscritas en el Consell Balear de la Producción Agraria Ecológica (CBPAE).

1.3.- Asignación de piensos para ovino y caprino Explotaciones con un censo de hembras reproductoras de hasta 100 cabezas….3,00 € por cabeza. Explotaciones con un censo de hembras reproductoras de más de 100 cabezas..2,20 € por cabeza. Explotaciones inscritas en el CBPAE…………………………………………...4,00 € por cabeza

1.4.- Asignación de árboles

12 € per árbol hasta un máximo de: 120 € por parcela de hasta 1 hectárea 240 € por parcela de más de una hectárea hasta 10 hectáreas. 360 € por parcela de más de 10 hectáreas.

La asignación se verá incrementará en un 20 % para las fincas inscritas en el Consejo Balear de la     Producción Agraria Ecológica (CBPAE).

Los árboles sujetos a subvención municipal son los de carácter tradicional del campo mallorquín: almendro, algarrobo, olivo, higuera, naranjo, limonero, albaricoquero, melocotonero, ciruelo, manzano, peral, cerezo, granado, membrillero, azufaifo, nogal, níspero europeo, acerolo y azarollo.

2.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN:

2.1.-Solicitudes

Las solicitudes de las peticiones a subvencionar se acompañarán de la documentación siguiente:

  1. DNI del solicitante.
  2. Acreditación de la extensión de la parcela a abonar, plantar o base territorial de la explotación ganadera.
  3. Cartilla ganadera en vigor en la cual conste el número de cabezas de ganado por las que se solicita la ayuda de pienso.
  4. En su caso, acreditación de la inscripción en el Consell Balear de la Producción Agraria Ecològica     

2.2.-Presentación:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de la Corporación, y, en la página web del Ayuntamiento de Calviá.

Las solicitudes, juntamente con la documentación que se acompañe, se presentarán en las oficinas de Medio Ambiente, situadas en la C/ Mayor, 2 de Es Capdellà, de lunes a viernes y en horario de 9'00 a 14'00 horas, o mediante cualquier forma de las previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Una vez revisadas las solicitudes se procederá, por parte del Ayuntamiento de Calviá, a la adquisición de los abonos, piensos y árboles solicitados, para su posterior reparto.

En caso de que las solicitudes superen la cantidad presupuestada, se procederá a un reparto proporcional en la forma de no desestimar ninguna solicitud presentada que cumpla los requisitos de esta convocatoria, de forma que se descontará a cada solicitante el porcentaje superado.

 

Calviá, 1 de abril de 2020

El Teniente de alcalde delegado de Juventud, Participación Ciudadana, Medio Natural y Urbano, Transición ecológica, Movilidad sostenible y Memoria democrática 

Rafel Sedano Porcel