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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 3771
Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de día 14 de mayo de 2020 por la que se aprueban las bases de la convocatoria unificada de programas de formación e innovación educativa para el curso 2020-2021, dirigida a los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

1.La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en el artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación del profesorado y prevé que se han de favorecer las iniciativas de desarrollo de proyectos de innovación pedagógica y curricular que tengan el objetivo de estimular la capacidad de aprendizaje, las habilidades y potencialidades personales, el éxito escolar de todos los alumnos, la mejora de la actividad educativa y el desarrollo del proyecto educativo de los centros.

2.Asimismo el Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el que se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la formación permanente es un elemento clave en cualquier profesión en la medida en que se relaciona de forma directa con las posibilidades de innovación, cambio y mejora de las instituciones y de las organizaciones, preocupadas por cumplir aún más sus finalidades, objetivos y funciones. Este hecho es especialmente relevante en la profesión docente, que se encuentra sujeta a una renovación constante y profunda, tanto en cuanto a las transformaciones sociales y económicas del entorno en que se desarrolla como por la propia evolución de los contextos educativos, cada vez más complejos.

3.Por lo tanto, la formación permanente del profesorado debe ser un mecanismo que garantice la actuación competente del personal docente, su actualización y la adecuación del sistema educativo a las nuevas necesidades que la sociedad tiene en cada momento.

4.Dentro del marco de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), se desarrolla la Agenda Balear 2030 como un plan de acción integral y transformador orientado a favorecer el desarrollo que definirán las Islas Baleares de los próximos años. Y lo hace dentro de los parámetros de seguimiento establecidos en el contexto internacional gracias a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible aprobada por la ONU en 2015.

5.Entonces, es conveniente promover la unificación de las convocatorias de programas de innovación y de formación de los centros educativos como partes activas del sistema de formación para potenciar el carácter transformador de una escuela preocupada por la sostenibilidad social, el desarrollo integral de los alumnos desde una perspectiva del aprendizaje entre iguales, adecuada a los ODS de la Agenda Balear 2030.

6.De este modo, es necesario que la Consejería de Educación, Universidad e Investigación simplifique y planifique las bases para dar a conocer una convocatoria unificada de los diferentes programas de innovación y de formación educativa, lo adecúe a la realidad de las Islas Baleares e impulse un modelo al servicio de las necesidades del sistema educativo. En este sentido se quiere impulsar la innovación pedagógica como un proceso planificado de cambio y de renovación que se fundamente en la investigación y que responda a la evolución social, que conduce a obtener una mejora en la calidad del sistema educativo y que pueda ser transferible en el resto de centros educativos.

7.Con la voluntad de facilitar a los centros educativos el acceso a la información y simplificar los procesos de participación en los programas de innovación promovidos por la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, esta resolución pretende regular las bases para dar a conocer y poder solicitar los diferentes programas de formación y de innovación educativa para el curso 2020-2021.

8.Durante la convocatoria unificada de los programas de formación e innovación educativa para el curso 2020-2021, el evento de la pandemia de la COVID-19 ha representado un impacto importante desde el punto de vista sanitario, social y económico que afecta a todos los sectores de la población. Con el fin de frenar la expansión y evitar el desbordamiento del sistema sanitario, se han adoptado diferentes medidas centradas en reducir el contagio y, tal como se informó a todas las Comunidades Autónomas día 25 de abril de 2020, se comenzó un proceso de desescalada inscrito dentro del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad.

9.La desescalada se plantea como una transición hacia una nueva normalidad, aunque con nuevos comportamientos por parte de las personas y de la administración que son la autoprotección y la separación física, medidas necesarias con el fin de que se pueda reducir el contagio y conseguir la máxima recuperación. Esto implica que la convocatoria de las actividades formativas deben cumplir medidas de seguridad y deben adaptarse a los protocolos y medidas de prevención de riesgos, conjuntamente con las recomendaciones higiénicas y de distanciamiento establecidas por el Ministerio de Sanidad.

Fundamentos de derecho

1.La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

2.El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el que se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3.La Orden del consejero de Educación y Universidad de día 24 de abril de 2017 por la que se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4.El Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2020-2024.

5.El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6.El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.Aprobar las bases de la convocatoria unificada de programas de formación e innovación educativa para el curso 2020-2021, dirigida a los centros educativos de las Islas Baleares.

2.Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el sitio web de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa y en la plataforma Moodle del Servicio de Normalización Lingüística y Formación.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados ​​pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, 14 de mayo de 2020

La directora general de Primera Infancia,

Innovación y Comunidad Educativa

Amanda Fernández Rubí

 

Bases de la convocatoria unificada de programas de formación e innovación educativa para el curso 2020-2021

Objetivo

Armonizar toda la oferta de programas de formación e innovación educativa dirigidos a los centros educativos, así como unificar calendarios y conseguir la simplificación documental para garantizar la calidad de la propuesta metodológica, la transferencia y la coherencia con el proyecto educativo de centro.

 

Programas

1.La oferta de la convocatoria se ha organizado en 15 programas que permiten mejorar la transparencia y la equidad de la oferta, garantizando que todos los centros educativos acceden a la misma información y procurando que se realice un reparto de los recursos de forma objetiva.

2.Los programas vienen coordinados desde los diferentes Servicios de la DGPICE y son los siguientes:

a)Servicio de Normalización Lingüística y Formación:

  • Estancias Pedagógicas entre centros educativos
  • RobotIB primaria
  • Parlem Català
  • Plan Integral de Impulso de las Capacidades Emprendedoras 2030 (ICAPE 2030)
  • Aprendizaje Servicio (APS) en la Sierra de Tramuntana
  • Acompañamiento constructivo al prácticum

b) Servicio de Innovación:

  • Ajedrez en la escuela
  • Centros educativos promotores de la Salud (CEPS)
  • Programa de Cooperación (Centros Educativos para la Ciudadanía Global y Transformadora)
  • Centros ecoambientales
  • Competencia lingüística y comunicativa

c) Instituto para la Convivencia:

  • Hacia la coeducación
  • Diseñando futuros sociocomunitarios

3.Los programas de esta convocatoria se vinculan a las líneas estratégicas del Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2020-2024 y los Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS 2030).

Destinatarios

1.Pueden participar en esta convocatoria los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2.Hay que tener en cuenta el apartado de destinatarios de cada uno de los programas en sus instrucciones específicas, en las que se concreta la participación según la titularidad y la tipología de centro, etapa y nivel educativo del alumnado.

Compromisos generales

La Consejería de Educación, Universidad e Investigación se compromete a:

1.Organizar la formación para los docentes que participen en el programa, si incluye.

2.Crear un entorno virtual educativo del programa para compartir materiales y experiencias.

3.Evaluar el proceso y los resultados del programa.

4.Hacer difusión de las buenas prácticas desprendidas de esta convocatoria en la web formacioinnovacio.cat.

5.Certificar las horas de formación permanente del profesorado indicadas en cada programa.

Los centros participantes se comprometen a:

1.Aprobar la participación en los programas por parte del claustro del centro (a final del curso 2019-2020 y, en caso de que no sea posible, a principios del curso 2020-2021).

2.Incluir los programas adjudicados en la programación general anual del centro.

3.Los docentes deben formalizar la inscripción a la formación a través del Portal de Servicios al Personal cuando se haga pública la convocatoria, dentro de los plazos que se establezcan.

4.Participar activamente en la formación.

5.Diseñar, implementar y evaluar el proyecto relacionado con el programa en el centro, si procede.

6.Participar activamente en el entorno virtual educativo aportando material y experiencias, si procede.

7.Facilitar los aspectos organizativos, espacios y horarios para alcanzar los objetivos del programa.

8.Designar una persona de contacto responsable de cada uno de los programas solicitados.

9.Comunicar por escrito al servicio responsable cualquier imprevisto que pueda surgir y que afecte al desarrollo del programa.

10.Presentar una memoria final del programa dentro del plazo establecido.

Solicitud, plazo y lugar de presentación

1.La solicitud para participar en esta convocatoria será cumplimentada por la dirección del centro mediante la plataforma Moodle, entrando en «Solicitud unificada de programas de formación e innovación educativa de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa. Curso 2020-2021»: https://fweib.caib.es/course/view.php?id=296

2.En el mismo Moodle se pueden consultar las instrucciones específicas de cada programa incluido en esta convocatoria.

3.Un mismo centro educativo puede solicitar más de un programa formativo.

4.La solicitud se puede presentar hasta el 30 de junio de 2020.

Proyecto inicial

La necesidad de presentación de un proyecto inicial, si procede, está indicada en las instrucciones de cada uno de los programas.

Finalización del programa

1.Una vez finalizado el desarrollo del programa, cada centro debe entregar una memoria de cada uno de los programas en los que ha participado en la plataforma Moodle.

2.El plazo de presentación de las memorias finaliza el 30 de abril de 2021, excepto los programas que indiquen expresamente otra fecha en sus instrucciones.

3.Una vez finalizado el programa, todos los docentes participantes deben rellenar el cuestionario de evaluación de la formación en el portal del personal.

Certificación e inscripción en el registro de formación

El Servicio de Normalización Lingüística y Formación es el responsable de hacer la certificación y la inscripción en el registro de formación permanente del profesorado.

Los docentes que hayan realizado todas las actividades incluidas en cada programa, siempre que cuenten con una valoración positiva, tienen derecho al reconocimiento de las horas de formación permanente que determine cada programa.