Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 3758
Modificación de convocatoria de los campamentos de verano 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, día 14 de mayo de 2020, ha dictado la siguiente resolución:

«Antecedentes:

1. En fecha 28 de febrero de 2020 se aprobó por resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo del Consejo de Mallorca convocatoria de los campamentos de verano 2020.

2. Una vez que se publicó esta convocatoria en el BOIB nº 29 de 7 de marzo de 2020, justo antes del inicio del plazo para preinscribirse a la actividad, fue declarado el estado de alarma por el Gobierno español ya que la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública a causa del COVID-19, y todos los trámites administrativos quedaron suspendidos.

3. Por este motivo se considera adecuado modificar la convocatoria publicada, según el explicado a la memoria de necesidad emitida por el director Insular de Participación y Juventud de fecha 14 de mayo de 2020.

Fundamentos de derecho:

1. El Decreto 26/2018, de 3 de agosto, dispone el traspaso en el Consejo Insular de Mallorca de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de esta institución insular que ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de juventud y ocio.

2. El Decreto 23/2018, de 6 de julio de 2018, por el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. «BOE nº. 67, de 14 de marzo de 2020»

5. Real decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el cual se prorroga el estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

6. Decreto de la Presidencia del Consejo, de día 9 de diciembre de 2019, modificado por decreto de 6 de marzo de 2020, por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca. Artículo 9. recoge las atribuciones del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local. Estableciendo en el apartado uno) Proponer la ordenación de políticas, planes y programas destinados a la juventud.

Por todo el anterior

RESUELVO

PRIMERO.- Modificar convocatoria de los campamentos de verano 2020, aprobada por resolución de fecha 28 de febrero por el consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, manteniendo número de turnos, participantes y fechas, en el sentido de no establecer fechas exactas de los trámites que se determinarán al trámite anterior:

Preinscripción a través de enlace publicado a la sede electrónica del Consejo de Mallorca. Siete días naturales. (en este caso sí desde día 18/05 a las 09:00 horas hasta día 24/05 a las 23:59 horas)

Lista provisional de preinscritos. Publicación en la sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Enmiendas por correo electrónico al correo: joventut@conselldemallorca.net (tres días. 72 horas)

Listado de preinscritos definitivo.

Sorteo de plazas, según las indicaciones de la Convocatoria publicada en el BOIB nº 29 de 7 de marzo de 2020. El acto no será público por las presentes circunstancias, pero se publicará un LIVE a tiempo real en las redes sociales.

Listado de plazas por turno, con indicación de las medidas que se tomarán para desarrollar el campamento. Se enviará un correo electrónico a la dirección electrónica indicada a la preinscripción informando de la documentación a presentar, ficha y forma de pago.

Presentación de la documentación requerida en la convocatoria y pago del precio correspondiente, que se tiene que presentar en los registros oficiales, y si se presenta a un registro diferente a los del Consejo de Mallorca, se tendrá que presentar copia de la justificación de la presentación, así como copia de la documentación presentada al correo electrónico por el cual han recibido aviso de la plaza. (Cada turno tendrá un correo diferente)

Aviso por correo electrónico indicado si a la preinscripción hacen falta enmiendas.

Presentación de enmiendas a través del mismo correo electrónico que ha recibido el aviso (48 horas)

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución de modificación de la convocatoria de campamentos de verano 2020 en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que consideráis oportuno.

Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.»

 

Palma, 14 de mayo de 2020

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local

(por suplencia: resolución de 8 de enero 2020 BOIB nº. 9, de 21/01/2020)

Jaume Tomàs Oliver