Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3742
Resolución del Administrador tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 13 de mayo de 2020 per la que se publica la relación de convenios de colaboración que ha suscrito la Agencia Tributaria de las Illes Balears en el primer cuatrimestre del año 2020
El artículo 21 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears, dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los entes del sector público instrumental autonómico tienen que remitir al Boletín Oficial de las Illes Balears, en los primeros veinte días de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, una relación de los convenios de colaboración suscritos en el cuatrimestre anterior, tanto si es con una administración pública como con una entidad privada.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears la relación de convenios de colaboración que ha suscrito la Agencia Tributaria de las Illes Balears en el primer cuatrimestre del año 2020:
-Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Alaró y la Agencia Tributaria de las Illes Balears en materia de gestión tributaria del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalías).
-Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Lloseta y la Agencia Tributaria de las Illes Balears para la gestión de expedientes sancionadores en materia de transito y seguridad viaria.
-Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar y la Agencia Tributaria de las Illes Balears para la gestión de expedientes sancionadores en materia de transito y seguridad viaria.
-Convenio de colaboración entre la Asociación Española de Consultores de Empresa y la Agencia Tributaria de las Illes Balears relativa al pago y presentación de declaraciones y documentos tributarios por vía telemática a través del portal de la ATIB en nombre y representación de terceras personas.
Palma, 13 de mayo de 2020
El Administrador Tributario
Alberto Roibal Hernández
(Por vacante de la Dirección de la ATIB. Art.5.3
Orden 22/12/16, BOIB núm 163 de 29/12/16)