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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 3735
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 13 de mayo de 2020 por la que se suspende la convocatoria de las comisiones de servicios de asesores técnicos docentes para el curso 2020-2021 regulada en la Instrucción del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 8 de febrero de 2018 y modificada el 6 de agosto de 2018

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Texto

Hechos

1. El consejero de Educación y Universidad, en fecha 8 de febrero de 2018, aprobó la Instrucción por la que se fijan los criterios y las pautas para adjudicar las comisiones del personal docente con funciones de asesor técnico docente en la Consejería de Educación y Universidad mediante concurso público de méritos, la cual se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 21, de 15 de febrero. El punto 5.1 de la mencionada Instrucción prevé que la Secretaría General publique una convocatoria cada año, como mínimo.

2. El día 31 de mayo de 2018, se publicó la primera convocatoria de comisiones de servicios de asesor técnico docente por la aplicación de la Instrucción de 8 de febrero de 2018.

3. El día 6 de agosto de 2018, se publicó una modificación de la Instrucción por la que se fijan los criterios y las pautas para adjudicar las comisiones del personal docente con funciones de asesor técnico docente en la Consejería de Educación y Universidad mediante concurso público de méritos. Esta modificación se publicó en el BOIB núm. 98, de 9 de agosto.

4. El día 31 de mayo de 2019, se publicó la segunda convocatoria de comisiones de servicios de asesor técnico docente por la aplicación de la Instrucción de 8 de febrero de 2018.

5. El Consejo de Gobierno, en la sesión de 13 de marzo de 2020, adoptó una serie de medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio de la COVID-19 (BOIB núm. 33, de 13 de marzo).

6. En el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 67, de 14 de marzo de 2020, se publicó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Las restricciones a la ciudadanía contenidas en el artículo 6 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, determinan necesariamente la reducción de público en los servicios administrativos, cuyas actuaciones han quedado protegidas por la aplicación de la disposición adicional tercera del mencionado Real Decreto, dado que han quedado interrumpidos todos los plazos para la tramitación de los procedimientos del sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7. El Consejo de Gobierno, en la sesión de 16 de marzo de 2020, adoptó un acuerdo por el que se concretan las medidas de carácter organizativo y de prestación de servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del sector público instrumental (BOIB núm. 35, de 16 de marzo). Estas medidas limitan las actividades administrativas y de prestación de servicios a cubrir las necesidades esenciales.

8. El día 29 de abril de 2020, se ha presentado la propuesta de suspensión de la convocatoria de comisiones de servicios de personal asesor técnico docente para el curso 2020-2021 a la Mesa Sectorial de Educación y se ha acordado aprobar la propuesta.

Fundamentos de derecho

1. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2020 por el que se aprueba el Plan de Medidas Excepcionales para Limitar la Propagación y el Contagio del COVID-19 (BOIB núm. 33, de 13 de marzo).

2. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE núm. 67, de 14 de marzo).

3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de marzo de 2020 por el que se concretan las medidas de carácter organizativo y de prestación de servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma y del sector público instrumental, en el marco de lo que disponen el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo por el que se aprueba el Plan de Medidas Excepcionales para Limitar la Propagación y el Contagio de la COVID-19 (BOIB núm. 35, de 16 de marzo).

4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

5. La Ley 3/2003, de 26, de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

6. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 3 de abril).

7. La Ley Orgánica /2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).

Considerando los hechos y los fundamentos de derecho expuestos, dicto la siguiente:

Resolución

1. Suspender la aplicación del punto 5 de la Instrucción del consejero de Educación y Universidad de 8 de febrero de 2018 por la que se fijan los criterios y las pautas para adjudicar las comisiones del personal docente con funciones de asesor técnico docente en la Consejería de Educación y Universidad mediante concurso público de méritos, para el curso 2020-2021.

2. Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 13 de mayo de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March i Cerdà