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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 3723
Levantamiento de la suspensión y continuación del procedimiento de selección para la constitución de una bolsa de trabajo de bedeles personal laboral del Ayuntamiento de sa Pobla mediante concurso-oposición

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Texto

DECRETO DE ALCALDÍA

Llorenç Gelabert i Crespí, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de sa Pobla, en atención a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Visto el BOIB n.º 16 de 6 de febrero de 2020 en el cual se procedió a publicar las bases de selección de personal y convocatoria de una bolsa de trabajo de bedeles personal laboral del Ayuntamiento de sa Pobla intermediando concurso-oposición.

SEGUNDO.- Visto el Decreto de Alcaldía 244/2020 de fecha 13 de marzo de 2020 mediante el cual se aprobó la lista provisional de personas admitidas y excluidas al procedimiento y por la cual se concedía un plazo de tres días hábiles contadores desde el día siguiente de esta publicación, para la presentación de posibles reclamaciones, observaciones o alegaciones que consideren oportunas.

TERCERO.- Vista la declaración del estado de la alarma por parte del Estado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y especialmente aquello que disponen los puntos primero y cuarto de la disposición adicional tercera, donde se establece que:

“Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos. 1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia lo presento real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. (...)

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presento real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios”.

De este modo no empezaron a computar el plazo de reclamaciones o alegaciones concedido por el Decreto de Alcaldía.

CUARTO.- Visto aquello que disponen los Decretos de Batlia 319/2020 y 361/2020 de fecha 23 de marzo y 13 de abril de 2020 respectivamente relativos a la Instrucción sobre la suspensión de los plazos administrativos por la declaración del estado de alarma con motivo del COVID-19 (CORONAVIRUS) donde se establece:

(...) De este modo, el Ayuntamiento de Sa Pobla miedo continuar la tramitación y la resolución de estos procedimientos administrativos, siempre y cuando se dé cumplimiento a los siguientes requisitos:

a) Escrito de la persona interesada que manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo del procedimiento. b) El órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, la continuación de la tramitación y la resolución del procedimiento.(...)

QUINTO.- Visto el informe del área de servicios sociales de fecha 13 de mayo de 2020 donde se expone la necesidad de contar con los medios personales adecuados y suficientes para hacer frente a la crisis sanitaria generada por el COVID-19.

En atención a los hechos y cimientos de derecho expuestos, y en conformidad con las atribuciones que por el arte. 21.1 apartado s) de la LRBRL y demás normativa concordante me son conferidas, esta Alcaldía, dicta la siguiente

 

RESOLUCIÓN

PRIMERO. Ordenar el levantamiento de la suspensión y la continuación de la tramitación del procedimiento de selección para la constitución de una bolsa de trabajo de bedeles personal laboral del Ayuntamiento de sa Pobla mediante concurso-oposición.

SEGUNDO.- Ordenar la publicación al BOIB y en el tablón de anuncios de la Corporación de la presente resolución a los efectos oportunos.

  

Sa Pobla, 13 de mayo de 2020

El Alcalde-Presidente,

Llorenç Gelabert Crespí