Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 3721
Aprobación de los padrones fiscales de 2020 de la tasa de recogida domiciliaria de basuras y tratamiento de residuos sólidos urbanos y del IBI Urbana, Rústica y IBICE así como los periodos de pago voluntario de estos tributos, del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento de Ciutadella, mediante los decretos 401 de día 01/04/2020 y 440 de dia 12/05/2020 del Servicio de Gestión Tributaria (ratificados por las Juntas de Gobierno de los días 08/04/2020 y 13/05/2020, respectivamente) aprobó los padrones fiscales de 2020 de la tasa de recogida domiciliaria de basuras y tratamiento de residuos sólidos urbanos y del IBI Urbana, Rústica y IBICE así como los periodos de pago voluntario de estos tributos.

Los referidos padrones permanecerán expuestos al público en el Departamento de Rentas y Exacciones del Ayuntamiento durante el periodo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación. A partir de la finalización del periodo anterior y durante el plazo de un mes, los interesados podrán interponer, contra los mismos, recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento. Así mismo, podrán utilizar cualquier otro medio de defensa que estimen conveniente a sus intereses.

Mediante este documento y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Recaudación, pongo en conocimiento la apertura del periodo voluntario de cobro de dichos padrones:

 

Padrón fiscal

2020

Periodo de pago voluntario

(cuota anual)

Tasa de recogida de basuras i tratamiento de residuos

01/07/2020 a 30/09/2020

IBI Urbana, Rústica i BICE

01/06/2020 a 31/07/2020

 

No obstante ello y en referencia exclusiva al IBI Urbana, en virtud de lo que establece el art. 10 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo y la Ordenanza Fiscal núm. 1 actualmente en vigor, se ha acordado para todos los contribuyentes el fraccionamiento de la cuota de forma general y automática en tres pagos de un tercio del importe cada uno, sin devengar interés de demora, fracciones que podrán ser ingresadas en los siguientes plazos:

1.- Primer fraccionamiento, de dia 01/06/2020 a 31/07/2020.

2.- Segon fraccionamiento, de dia 07/08/2020 a 07/10/2020.

3.- Tercer fraccionamiento, de dia 14/10/2020 a 14/12/2020.

Los contribuyentes que tengan domiciliado el pago a través de una entidad de depósito y no manifiesten un cambio de opción durante el periodo de exposición pública del padrón, recibirán el cargo de cada fraccionamiento en su cuenta, aproximadamente, los días : 05/07/2020 (1ª frac.), 01/09/2020 (2ª frac.) i 07/11/2020 (3ª frac.).

En el caso de optar por el pago fraccionado y no ingresar el importe antes de las fechas límite de cada plazo, se incoará la vía de apremio por el importe de la fracción devengada y no satisfecha y los deudores deberán abonar además del importe de la cuota, los intereses de demora, las costas del procedimiento y los siguientes recargos: del 10% si el pago se efectúa en los plazos señalados en la providencia de apremio o del 20% si el pago es posterior a los plazos referidos. El recargo ejecutivo será del 5% si el pago se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio.

El pago podrá efectuarse durante todos los días laborables, a excepción de los sábados, de las 9 a las 13,30 horas en la Oficina de Recaudación Municipal, situada en la calle Nueve de Julio, 1.

 

El pago deberá efectuarse en metálico, tarjeta de crédito o débito o mediante cheque bancario en las oficinas del servicio de recaudación i/o entidades de crédito con convenio y que figuran en el tríptico o mediante ingreso, domiciliación o transferencia a través de entidades bancarias.

 

Ciutadella de Menorca, 13 de mayo de 2020

La Alcaldesa

Joana Gomila Lluch