Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 3719
Decreto por el cual se regulan las características específicas de prestación del servicio de recogida de residuos municipales y limpieza de espacios públicos año 2020
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica en el BOIB el siguiente Decreto, firmado en fecha 8 de abril de 2020 por el Teniente de Alcalde de Transparencia, Innovación y Servicios Económicos:
“DECRETO POR EL CUAL SE REGULAN LAS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS MUNICIPALES Y LIMPIEZA DE ESPACIOS PÚBLICOS AÑO 2020
La Ordenanza municipal de recogida de residuos municipales y limpieza de espacios públicos fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 27 de marzo de 2014. Dicho texto ha sido publicado en el BOIB n.º 8/2016, de 16 de enero. En esta ordenanza, en el artículo 1.4.h, se especifica que el Ayuntamiento tiene que publicar, mediante bando o resolución de Alcaldía, las programaciones, frecuencias y otras regulaciones necesarias para prestar correctamente el servicio. Además, según especifica el artículo 15.2, se debe publicar y mantener actualizada la lista de generadores singulares cualificados.
Con el fin de detallar las características específicas de prestación de servicios a los generadores de residuos adscritos al sistema público de recogida, concretar las fechas de modificación en cada periodo del año, definir las características específicas de las recogidas especiales y los generadores concretos que son considerados como generadores singulares cualificados y no cualificados, como también definir con exactitud cuáles son las calles del municipio que conforman las “zonas P”, y dónde están situados los puntos de presentación de estas zonas, según los anexos adjuntos, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. HORARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Los servicios de recogida de residuos municipales y de limpieza de espacios públicos pueden prestarse de lunes a domingo, excepto el día 25 de diciembre y los días 1 y 6 de enero. El servicio se presta en los turnos siguientes:
Turno de mañana: entre las 6 h y las 13 h
Turno de tarde: entre las 14 h y las 21 h
La “Deixalleria” (Punto Limpio) está abierta de lunes a domingo, excepto los días 24, 25 y 31 de diciembre, y 1 y 6 de enero, en horario desde las 8 hasta las 15 h. (última entrada admitida a las 14.45h)
2. PROGRAMACIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Las frecuencias aplicables a los servicios varían en función de la época del año. Para el 2020 se definen los tramos siguientes:
|
DESDE |
HASTA |
---|---|---|
PERÍODO A (1) |
01/01/2020 |
15/03/2020 |
PERÍODO B |
16/03/2020 |
05/04/2020 |
PERÍODO C |
06/04/2020 |
11/10/2020 |
PERÍODO D |
12/10/2020 |
08/11/2020 |
PERÍODO A (2) |
09/11/2020 |
31/12/2020 |
3. CLASIFICACIÓN DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO
3.1. Usuarios generales del servicio
Todos los residentes emplazados en suelo urbano que aportan sus residuos en los contenedores ubicados en vía pública. También se incluyen los establecimientos comerciales emplazados en suelo urbano que, a pesar de que puedan disponer de contenedores propios para alguna de las fracciones, utilizan estos contenedores en vía pública para el depósito de sus residuos.
3.2. Usuarios generales con orgánico del servicio
Usuarios generales del servicio según descrito en el punto anterior pero que, además, realizan la separación de la fracción orgánica y la depositan tanto en contenedores específicos en la vía pública como mediante contenedores propios en el interior de sus recintos.
3.3. Usuarios cualificados del servicio con 5 fracciones
Todos los residentes emplazados en suelo urbano, así como establecimientos comerciales ubicados en suelo urbano o no, que realizan la separación de sus residuos en las 5 fracciones (orgánico, envases, papel-cartón, vidrio y rechazo) mediante contenedores propios en el interior de sus recintos privados o cuartos de basura. Estos usuarios no pueden hacer uso de los contenedores de vía pública, a excepción de los usuarios con sistema de recogida “Puerta a Puerta” que, a pesar de estar considerados como cualificados con 5 fracciones, si pueden hacer uso de los contenedores públicos de vidrio instalados en sus núcleos.
El listado de los Grandes Generadores Cualificados con 5 fracciones se encuentra recogido en el Anexo II del presente documento.
3.4. Usuarios emplazados en suelo rústico
Todos los residentes emplazados en suelo rústico que no tienen servicio de recogida y que tienen que aportar sus residuos en las Áreas de Aportación de Residuos Rústicos disponibles en el municipio
4. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE RECOGIDA POR TIPOS DE GENERADOR
4.1. Usuarios generales del servicio
4.1.1. Usuarios generales con depósito en contenedores en vía pública
4.1.1.1. Fracción rechazo
- Horario para depositar los residuos en el contenedor: de 19 h a 6 h.
4.1.1.2. Fracción papel-cartón y envases
- Horario para depositar los residuos en el contenedor sin restricción.
4.1.1.3. Fracción vidrio
- Horario para depositar los residuos en el contenedor: de 8 h a 22 h.
4.1.1.4. Resto de residuos domiciliarios para los que no se ha definido recogida específica
- Recogida mediante depósito en la “Deixalleria”.
4.1.2. Residentes o negocios situados en “zonas P”
4.1.2.1. Los contenedores privados del sistema P deben estar correctamente identificados, especificando la calle y el número del establecimiento o residencia a la cual pertenecen. Se debe rotular en ellos el nombre comercial y el tipo de fracción de recogida del contenedor. Esta información debe estar visible en los contenedores mediante unos adhesivos normalizados, con número de referencia único y proporcionados por los servicios municipales.
- Los contenedores se pueden sacar al punto P más cercano a la dirección del portal del residente o negocio a partir de las 19 h y nunca antes del cierre del negocio el día anterior al de recogida.
- Los contenedores deben ser retirados del punto P a la mañana siguiente antes de las 10h.
- El listado actualizado y la ubicación de los puntos P se encuentra recogido en el Anexo I
4.1.2.2. Fracción rechazo
- Depósito en contenedores propios negros o grises de 240 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
- Recogida diaria en turno de mañana en el punto P más cercano a la dirección del portal del residente o negocio.
4.1.2.3. Fracción vidrio
- Depósito en contenedores propios verdes de 240 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
- Recogida diaria en PERÍODOS B, C y D.
- Recogida lunes, miércoles y viernes en PERÍODO A (1 y 2).
4.1.2.4. Fracción papel-cartón
- Depósito en el horario fijado en el anexo III, delante del portal del negocio o residencia, debidamente doblado en balas, atadas o similar, de manera que no pueda dispersarse por acción del viento u otros. En el caso de que el negocio o residencia se ubique en una calle por la cual no circula el camión de recogida, se deberá de llevar el cartón al punto P más cercano
- Las frecuencias de recogida para época del año se encuentran en el anexo III.
- En el caso de que esté disponible, y siempre que así lo dispongan los servicios municipales, se deberá usar el recinto municipal específico de depósito de cartón los comercios que tengan el acceso habilitado a ella siguiendo lo dispuesto en el anexo IV.
3.1.3. Negocios del polígono de Son Bugadelles
4.1.3.1. Fracción rechazo
- Depósito en contenedores propios negros o grises de 240 o 1.100 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
- Recogida de lunes a viernes en turno de mañana en la puerta del negocio o local.
- Los contenedores se deben sacar no antes del cierre del negocio el día anterior al de la recogida y retirarse de la vía pública antes de las 13 h.
4.1.3.2. Fracción papel-cartón
- Depósito en contenedores propios azules de 240 o 1.100 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
- Los contenedores deberán permanecer en el interior de los establecimientos y sacarlos los días establecidos de recogida, en turno de tarde.
4.1.3.3. Fracción envases
- Depósito en contenedores en la vía pública.
- Horario para depositar los residuos sin restricción.
4.1.3.4. Fracción vidrio
- Depósito en contenedores en la vía pública.
- Horario para depositar los residuos sin restricción.
4.1.3.5. Los contenedores privados deben estar correctamente identificados, especificando la calle y el número del establecimiento al cual pertenecen. Deben rotular en ellos el nombre comercial y el tipo de fracción de recogida del contenedor. Esta información debe estar visible en los contenedores mediante unos adhesivos normalizados, con número de referencia único y proporcionados por los servicios municipales.
4.1.4. Puertos situados en el término de Calvià
4.1.4.1. Fracción rechazo
- Depósito en contenedores propios verdes de 1.100 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard. Deben estar situados en el interior del puerto en una zona completamente accesible a los servicios de recogida.
- Recogida diaria durante todo el año.
4.1.4.2. Recogida de la fracción vidrio
- Recogida una vez por semana en PERÍODO C en turno de tarde.
- Recogida adaptada a la generación de cada puerto el resto del año en turno de tarde.
- Presentación en contenedores propios verdes tipo iglú de 2.500 o 3.000 litros de capacidad nominal, con sistema de descarga vertical mediante doble gancho. Deben estar situados en el interior del puerto en una zona completamente accesible a los servicios de recogida.
4.1.4.3. Recogida de la fracción papel-cartón y envases
- Recogida adaptada a la generación de cada puerto en cada período del año turístico en turno de mañana o tardes.
- Presentación en contenedores propios azules de 3.200 litros de capacidad nominal, con sistema de carga lateral y homologados según la norma UNE EN 12574. Deben estar situados en el interior del puerto en una zona completamente accesible a los servicios de recogida.
4.1.5. Grandes generadores generales
En el caso de que algún usuario del sistema general de residuos genere grandes cantidades de alguna fracción, no asimilables a cantidades domésticas, o que por otras razones debidamente motivadas no pueda hacer uso de los contenedores en vía pública, los servicios municipales podrán establecer la recogida mediante contenedor propio, en recinto privado de residuos, de las fracciones que se vean afectadas.
4.1.5.1. Fracción a recoger en recinto privado indicada por los servicios municipales
La fracción objeto de recogida en recito privado se realizará con las mismas condiciones establecidas para cada tipo de fracción aplicables a los usuarios cualificados con 5 fracciones descritas en el punto 4.3 de este documento
4.2. Usuarios generales con orgánico del servicio
4.2.1. Fracciones de rechazo, papel-cartón, envases y vidrio en las mismas condiciones que los usuarios generales del servicio
4.2.2. Fracción orgánica
- Depósito en contenedores, con control de acceso mediante identificación del generador que hace la aportación, instalados en la vía pública en caso de que estén disponibles.
- En caso de recogida de contenedores propios, presentación en contenedores de color marrón de 240 litros homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard. En el caso que así se disponga, Calvià 2000 podrá instalar en estos contenedores privados sistemas RFID con el objeto de identificar a los generadores usuarios de este servicio
- Recogida diaria preferiblemente en turno de mañana.
- Horario para depositar los residuos en el contenedor: de 19 h a 6 h.
- En ningún caso, la fracción orgánica depositada, puede superar el 5 % de impropios (anexo condiciones de entrada II PDSRNPM)
4.3. Usuarios cualificados del servicio con 5 fracciones
4.3.1. Establecimientos comerciales cualificados del servicio con 5 fracciones
4.3.1.1. Fracción rechazo
- Recogida diaria preferiblemente en turno de mañana durante todo el año.
- Depósito en recinto privado de residuos, en contenedores propios verdes de 1.100 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
4.3.1.2. Fracción orgánica
- Recogida adaptada a la generación de cada generador en cada período del año.
- Depósito en recinto privado de residuos, en contenedores propios de color marrón de 240 litros homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
- En ningún caso, la fracción orgánica depositada, puede superar el 5 % de impropios (anexo condiciones de entrada del PDSRNPM). En el caso de que lo supere, el servicio no recogerá esta fracción hasta que se cumpla este requisito.
4.3.1.3. Fracción papel-cartón
- Recogida adaptada a la generación de cada generador en cada período del año.
- Depósito en recinto privado de residuos, en forma de balas compactas y atadas, preferiblemente producidas mediante compactadora, y con un peso no superior a 20 kg.
4.3.1.4. Fracción envases ligeros
- Recogida diaria en PERÍODO C en turno de tarde.
- Recogida adaptada a la generación de cada generador el resto del año en turno de tarde.
- Depósito en recinto privado de residuos, en contenedores propios amarillos de 1.100 litros, homologados según la norma UNE EN 840 y con sistema de recogida DIN Standard.
4.3.1.5. Fracción vidrio
- Recogida una vez por semana en PERÍODO C en turno de tarde.
- Recogida adaptada a la generación de cada hotel el resto del año en turno de tarde.
- Depósito en recinto privado de residuos, en contenedores propios verdes tipo iglú de 2.500 o 3.000 litros de capacidad nominal, con sistema de descarga vertical mediante doble gancho.
4.3.2. Usuarios del servicio Puerta a Puerta
4.3.2.1. Los residentes y establecimientos comerciales ubicados en suelo urbano de los pueblos de Calvià Vila y Es Capdellà deben depositar sus residuos según el sistema implantado del Puerta a Puerta
- Depósito en cubos o contenedores propios normalizados con identificación individualizada mediante RFID.
- Los cubos o contenedores se deberán presentar delante de la fachada de la residencia o establecimiento del usuario del sistema en las condiciones, horarios y días establecidos en el Anexo V Puerta a Puerta.
- De forma excepcional, y cuando no quede otra opción, los usuarios del sistema Puerta a Puerta podrán depositar sus residuos en las áreas de aportación de residuos rústicos.
- Los servicios municipales aportarán los cubos necesarios en la implantación del sistema. La renovación de estos cubos, por pérdida o deterioro, correrá a cargo de los propietarios de los mismos. Deberán solicitarlos a los servicios municipales que se los proporcionarán a coste de adquisición, sin margen adicional
4.3.2.2. Fracción rechazo
- Depósito en bolsas dentro de cubo propio normalizado con identificación individualizada mediante RFID de 20 litros de capacidad y color marrón con tapa gris
4.3.2.3. Fracción orgánico
- Depósito en bolsas compostables dentro de cubo propio normalizado con identificación individualizada mediante RFID de 20 litros de capacidad y color marrón con tapa gris
4.3.2.4. Fracción papel-cartón
- Depósito a granel dentro de cubo propio normalizado con identificación individualizada mediante RFID de 40 litros de capacidad y color blanco
4.3.2.5. Fracción envases
- Depósito en bolsas de plástico dentro de cubo propio normalizado con identificación individualizada mediante RFID de 40 litros de capacidad y color blanco
4.3.2.6. Fracción vidrio
- Depósito en contenedores en vía pública de 8 h a 22 h.
4.4. USUARIOS EMPLAZADOS EN SUELO RÚSTICO
4.4.1. Fracciones de orgánico, rechazo, papel-cartón, envases y vidrio.
- Depósito en contenedores ubicados en los recintos de aportación de residuos rústicos disponibles en el municipio.
- Acceso a estos recintos mediante tarjeta con identificación individual y autorización de uso. Esta tarjeta será aportada por Calvià 2000
- Se deberá realizar el depósito de cada fracción en los correspondientes contenedores específicos.
- En ningún caso se podrá depositar ningún tipo de residuo fuera de los contenedores.
4.4.2. Resto de residuos domiciliarios para los que no se ha definido recogida específica
- Recogida mediante depósito en la “Deixalleria”.
5. RECOGIDAS ESPECIALES
5.1. Recogida de voluminosos y aparatos eléctricos y electrónicos
- Recogida de lunes a viernes en turno de mañana o tarde.
- Recogida concertada a petición previa del servicio o depósito en la “Deixalleria”.
- Máximo cinco objetos o unidades de residuo por servicio.
- No forman parte del servicio de recogida especial los residuos voluminosos cuando se generen en comercios, servicios o industrias.
5.2. Recogida de ramas y restos de poda
- Recogida de lunes a domingo en turno de mañana.
- Recogida concertada con petición previa del servicio o depósito en la “Deixalleria”.
- Los restos de poda deben poder ser recogidos directamente por la grúa de un camión pulpo, tanto por la ubicación del punto de recogida (calles de acceso) como por las propias características de dicho punto.
- Los restos de palmera deben presentarse separados del resto de poda.
- En ningún caso se recogerá palmera infectada de picudo rojo.
- Máximo cinco metros cúbicos por servicio y tres servicios al mes.
- No forman parte del servicio de recogida especial los residuos de ramas y restos de poda cuando se generen como resultado del servicio de poda o desbroces por parte de una empresa o profesional.
- No forman parte del servicio de recogida especial los residuos de ramas y restos de poda que se generen en comercios, servicios o industrias.
- No forman parte del servicio de recogida especial los residuos de ramas y restos de poda que se generen como resultado de trabajos de desbroce o poda de solares no habitados.
5.3. Recogidas puntuales de cantidades mayores que las habituales
- Recogida de lunes a viernes en turno de mañana o tarde.
- Recogida concertada con petición previa del servicio.
- Se debe avisar con una antelación mínima de 3 días cuando se tengan que generar puntualmente cantidades mayores que las habituales.
6. DEIXALLERIA
6.1. Usuarios
6.1.1. Particulares
- En vehículos < 3.500 kg particulares o de alquiler.
- Para residuos domésticos o asimilables en tipología y cantidad. En el caso de que la tipología o las cantidades aportadas superen lo asimilable a la generación en un domicilio, no se aceptarán en la Deixalleria y Calvià 2000 informará de la instalación de recepción en la cual puede entregar dichos residuos.
- Acceso con DNI, domicilio en Calvià. El propietario del DNI debe hacer personalmente la entrega de los residuos o mediante una autorización expresa firmada y fechada recientemente a favor de un tercero con fotocopia del DNI de la persona domiciliada en Calvià que autoriza. - En el caso de que la persona no tenga la residencia en Calvià, pero que tenga un domicilio en el municipio, deberá presentar también una fotocopia de algún recibo municipal.
- Se debe facilitar a los operarios de Calvià 2000 toda la información de los residuos que se pretende entregar para que sean introducidos en la aplicación de control y seguimiento. En el caso de los RAEE se deberá informar de la marca, tipo y nº de serie.
- En ningún caso se aceptarán residuos que no estén separados previamente, cada residuo se debe depositar en su contenedor correspondiente.
- En todo caso se deberán seguir las indicaciones del personal de Calvià 2000.
6.1.2. Pequeño comercio
- En vehículos < 3.500 kg particulares, de alquiler o pertenecientes al propio comercio.
- Únicamente residuos voluminosos de origen doméstico o asimilable a doméstico (en tipología y cantidad, código LER 200307). En el caso de que la tipología o las cantidades aportadas superen lo asimilable a la generación en un domicilio, no se aceptarán en la Deixalleria y Calvià 2000 informará de la instalación de recepción en la cual puede entregar dichos residuos.
- Límite de dos entradas cada 30 días.
- En ningún caso se aceptarán residuos que no estén separados previamente, cada residuo se debe depositar en su contenedor correspondiente.
- En todo caso se deberán seguir las indicaciones del personal de Calvià 2000.
- Acceso con CIF; debe estar incluido en el padrón de la tasa de recogida y pertenecer a alguno de los epígrafes siguientes:
Epígrafe |
Descripción |
---|---|
1.3 |
Restaurantes - 100 m2 |
1.3.1 |
Restaurantes - 100 m2 (RS) |
1.5 |
Cafeterías - 100 m2 |
1.5.1 |
Cafeterías - 100 m2 (RS) |
1.7 |
Bares - 100 m2 |
1.7.1 |
Bares - 100 m2 (RS) |
1.9 |
Locales comerciales - 60 m2 |
1.9.1 |
Locales comerciales - 60 m2 (RS) |
1.9.2 |
Locales comerciales de 61 a 100 m2 |
1.9.3 |
Locales comerciales de 61 a 100 m2 (RS) |
1.11 |
Centros enseñanza con internado |
1.11.1 |
Centros enseñanza con internado (RS) |
1.12 |
Centros enseñanza sin internado |
1.12.1 |
Centros enseñanza sin internado (RS) |
1.17 |
Supermercados - 100 |
1.17.1 |
Supermercados - 100 (RS) |
1.22 |
Discotecas - 100 m2 |
1.22.1 |
Discotecas - 100 m2 (RS) |
1.28 |
Tenderetes mercado verano |
1.29 |
Tenderetes mercados periódicos (mod. 5,60 m2) |
6.2. Residuos admisibles aportados por los usuarios a la “Deixalleria”
6.2.1. Residuos no peligrosos admisibles en la “Deixalleria”. El pequeño comercio únicamente puede depositar lo que incluye el código 200307.
Residuo |
Código Lista europea de residuos (LER) |
Código LER-RAEE RD 110/2015 |
---|---|---|
Radiografías |
090107 |
|
Porexpán |
150102 |
|
Neumáticos sin llanta de turismos y bicicletas |
160103 |
|
Bombonas y extintores |
160505 |
|
Pilas alcalinas |
160604 |
|
Escombros domésticos en pequeñas cantidades (*) |
170904 |
|
Cartón |
200101 |
|
Vidrio plano |
200102 |
|
Ropa |
200110 |
|
Textil |
200111 |
|
Aceite vegetal |
200125 |
|
Plástico no envases (ej. sillas de plástico, tuberías de riego) |
200139 |
|
Metales |
200140 |
|
Cobre |
|
|
Poda |
200201 |
|
Palmera (sin afectar de picudo rojo) |
|
|
Voluminosos |
200307 |
|
Monitores y pantallas LED |
200136 |
200136-23 |
Lámparas LED |
200136-32 |
|
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos grandes SIN CFC |
200136-42 |
|
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos pequeños SIN CFC |
200136-52 |
(*) No se podrán depositar en la “Deixalleria” escombros o sacos de obra en cantidad superior a 15 bolsas o sacos de 30 litros cada uno por semana (450 l por semana en total).
6.2.2. Residuos peligrosos domésticos admitidos que a causa de su composición deben gestionarse de forma diferenciada porque pueden comprometer la recuperación de otras fracciones, además de conllevar un riesgo para la salud de las personas o para el medio ambiente.
Residuo |
LER |
LER-RAEE |
---|---|---|
Termómetros |
060404* |
|
Tóner en polvo |
080317* |
|
Resinas/sellantes |
080409* |
|
Envases contaminados |
150110* |
|
Aerosoles |
150111* |
|
Absorbentes |
150202* |
|
Filtros de aceite |
160107* |
|
Reactivo de laboratorio |
160506* |
|
Pilas botón |
160603* |
|
Amianto** |
170605* |
|
Disolventes |
200113* |
|
Ácidos |
200114* |
|
Alcalinos |
200115* |
|
Productos fotoquímicos |
200117* |
|
Plaguicidas |
200119* |
|
Fluorescentes |
200121* |
200121*-31* |
RAEE con CFC (neveras, etc.) |
200123* |
200123*-11 * |
RAEE con CFC (aire acondicionado, etc.) |
200123*-12* |
|
Aceite mineral |
200126* |
|
Pintura |
200127* |
|
Baterías |
200133* |
|
RAEE monitores y pantallas CRT |
200135* |
200135*-21* |
RAEE monitores y pantallas no CRT no Led |
200135*-22* |
|
RAEE grandes aparatos >50 cm con componentes peligrosos |
200135*-41* |
|
Pequeños RAEE con elementos peligrosos y pilas incorporadas |
200135*-51* |
|
Aparatos informáticos con elementos peligrosos |
200135*-61* |
** El amianto, dadas sus características perjudiciales para la salud, debe protegerse en origen antes de ser depositado en la “Deixalleria” mediante envoltorio de plástico, de manera que no pueda generar polvo y que se evite cualquier tipo de contacto con este material.
6.2.3. En ningún caso se aceptarán en la “Deixalleria” los materiales siguientes: residuos infecciosos, radioactivos, material explosivo o inflamable, residuos industriales, residuos hospitalarios, vehículos fuera de uso, animales muertos y cualquier otro residuo que se pueda considerar peligroso y/o inadecuado para almacenar o manipular en la “Deixalleria”.
6.2.4. Prioridad de la preparación para la reutilización de los voluminosos y RAEE aportados en la Deixalleria o a través del servicio municipal de recogida de voluminosos.
- Con el objetivo de avanzar hacia la sostenibilidad medioambiental, reducir el consumo de productos, y contribuir a la economía circular, todos los voluminosos y RAEE que sean adecuados se destinarán a la preparación para la reutilización, ya sea por los propios servicios municipales como por empresas u organismos dedicados a tal fin.
- En el caso de que, por cualquier razón, el depositario del voluminoso o RAEE no quiera destinarlo a la preparación para la reutilización, sino que desee que se trate como un residuo a gestionar, deberá indicarlo en el momento de la entrega a los servicios municipales.
El presente Decreto entrará en vigor con su publicación en el BOIB, salvo en lo referente al servicio de recogida “Puerta a Puerta” que entrará en vigor en el momento en que esté operativo el servicio, la fecha de inicio se comunicará a través de la web de Calvià 2000, S.A. El presente decreto dejará sin efecto el anterior decreto publicado en el BOIB núm. 166 el 10 de diciembre de 2019.
Calvià, 11 de mayo de 2020
El Teniente de Alcalde de Transparencia, Innovación y Servicios Económicos. Marcos Pecos Quintans