Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 3641
Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 8 de mayo de 2020 por la que se modifica el calendario de desarrollo de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior convocada por la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 27 de enero de 2020 por la que se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional del sistema educativo y se concretan aspectos sobre la organización
Hechos
Fundamentos de derecho
Por todo ello, de conformidad con la normativa indicada, dicto la siguiente
Resolución
1. Substituir el anexo 3 de la Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 27 de enero de 2020 por la que se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional del sistema educativo y se concretan aspectos sobre la organización, por el anexo de esta Resolución.
2. Substituir todas las fechas mencionadas en el anexo 1, Instrucciones, de la Resolución original de 27 de enero por las fechas correspondientes del anexo de esta Resolución
3. Modificar el punto 2 del apartado decimosexto del anexo I de la Resolución de 27 de enero de 2020 anteriormente citada.
Donde dice:
2. El horario y el orden de desarrollo de la prueba se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web de los centros que hacen la prueba, con una antelación mínima de 48 horas antes de iniciarse. Este horario y orden son los siguientes:
Ha de decir:
2. El horario y el orden de desarrollo de la prueba se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web de los centros que hacen la prueba, con una antelación mínima de 48 horas antes de iniciarse. Este horario y orden son los siguientes:
4. Disponer que las personas que presentaron su solicitud de inscripción a la prueba de acceso antes de la entrada del estado de alarma pueden desistir de su solicitud presentando una solicitud por escrito al centro educativo donde se inscribieron durante el nuevo plazo de inscripción. En estos casos, los centros educativos los deben excluir de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas y han de remitir a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores un listado de estas solicitudes junto con una copia compulsada de las mismas. Si procede, una vez publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, el interesado puede presentar una solicitud de devolución de ingresos indebidos
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y ordenar que se aplique al día siguiente de su publicación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 8 de mayo de 2020
El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores
Antonio Baos Relucio
ANNEXO Calendario de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior
Fecha |
Actuación |
Apartado anexo 1 modificado |
Del 25 al 29 de mayo |
Ampliación del plazo de inscripción para hacer la prueba. |
3 |
5 de junio |
Publicación de la lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
12 |
5 de junio |
Cada centro envía a la DGFPIEAS, por vía electrónica, la lista de las personas que solicitan la adaptación de las condiciones de realización de la prueba, junto con una copia de las solicitudes y de la documentación que adjuntan estas personas. |
15 |
5 de junio |
Cada centro comunica a la DGFPIEAS, por vía electrónica, la propuesta de la comisión evaluadora. |
20.1 |
8, 9 y 10 de junio |
Plazo de reclamaciones contra las listas provisionales de personas admitidas y de personas excluidas. |
13 |
18 de junio |
Publicación de la lista definitiva de personas admitidas y de las exenciones que tienen reconocidas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
14 |
El mismo día que se publica el horario |
Publicación de la relación de utensilios necesarios para hacer la prueba en el tablón de anuncios y en la página web del centro. |
17 |
8 y 9 de julio |
Realización de la prueba. |
16 |
17 de julio |
Publicación de la lista provisional de personas aptas y no aptas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
25 |
20, 21 y 22 de julio |
Plazo de reclamaciones contra la lista provisional de personas aptas y no aptas ante la comisión evaluadora. |
26.1 |
23, 24, 27 y 28 de julio |
Revisión de las reclamaciones. |
26.4 |
29 de julio |
Publicación de la lista definitiva de personas aptas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
27 |
29 de julio |
Entrega de los certificados de aptitud. |
29 |
29 de julio |
Remisión a la DGFPIEAS de la copia compulsada de las actas de la prueba (constitución de la comisión evaluadora, evaluación definitiva y sesión de revisión de reclamaciones), de las hojas de calificación originales, del certificado compulsado de designaciones de profesores colaboradores (si procede) y del informe justificativo para elevar el número de colaboradores (si procede). |
16.3 20.4 24.3 26.5 |
Un mes desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva |
Plazo para que las personas que no estén conformes con el resultado de la revisión que resuelva la comisión evaluadora puedan presentar un recurso de alzada. |
26.6 |