Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 3615
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Andratx por el cual se aprueba provisionalment la modificación de las Ordenanzas Fiscales quese mencionan en el acuerdo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el dia 30 de abril,acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:

« 1. Modificar las ordenanzas que establecen a continuación, añadiendo una Disposición Transitoria en las Ordenanzas:

  • ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPAR BIENES DE DOMINIO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA.

  • ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR INSTALAR PARADAS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS O ATRACCIONES, INDÚSTRIAS DE CALLE Y AMBULANTES YI RODAJES CINEMATOGRAFICOS SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO del siguiente tenor literal:

«Se suspende la vigencia de la presente Ordenanza desde la publicación del acuerdo plenario de suspensión hastta 31 de diciembre de 2020, suspensión que no afecta a la obligación de continuar solicitando y disponiendo de la preceptiva licencia de ocupación». Esta ordenanza entrará nuevamente en vigor , de forma automática, el dia 01 de enero de 2021.

2. Modificar la ordenanza que se establece a continuación, añadiendo una Disposición Transitoria en la Ordenançz: ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPAR TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MERCADERIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, DERRIBOS, CIERRES, PUNTALES, CABALLETES, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS del siguiente tenor literal:

«Se suspende la vigencia de la tarifa cuarta: mercaderias, objetos y analogos de la present eOrdenanza desde la publicación del acuerdo plenario de suspensión hasta 31 de diciembre de 2020, suspensión que no afecta a la obligación de continuar solicitando y disponiendo de la preceptiva licencia de ocupación». Esta tarifa se volverá a aplicar , de forma automática, el dia 01 de enero de 2021.»

Y en cumplimiento de lo que se dispone en el articulo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta dias a contar desde el dia siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Província, para què los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

 

Andratx, 8 de mayo de 2020

La Alcaldesa

Katia Rouarch