Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 3572
Aprobación de la convocatoria de subvenciones plurianuales 2020-2021 para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Código BDNS: 503364 http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

La Presidenta del Consejo Insular de Mallorca, mediante decreto de fecha 17 de abril de 2020, ha resuelto lo siguiente:

"Primero. Aprobar la convocatoria que se adjunta de subvenciones plurianuales 2020-2021 para llevar a cabo obras de inversión de competencia municipal, la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

Segundo. Autorizar un gasto por un importe total de veinte millones de euros (20.000.000,00 €), diez millones de euros (10.000.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2020: RC nº. operación: 220200003672, aplicación presupuestaria 2020: 65.94310.76202, y diez millones de euros (10.000.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2021: RC nº. operación: 220209000214, aplicación presupuestaria 2021: 65.94310.76202.

Tercero. Autorizar al consejero<A[consejero|conseller]> de Promoción Económica y desarrollo Local a firmar los convenios, de acuerdo con el modelo que figura como Anexo II de la convocatoria, con todos y cada uno de los ayuntamientos/entidad local menor beneficiarios de las subvenciones.

Cuarto. Aprobar los modelos normalizados siguientes que figuran como anexos a la convocatoria de subvenciones:

-Solicitud de la subvención (Anexo I).

-Convenio a suscribirse con cada entidad local beneficiaria de las subvenciones (Anexo II).

-declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo III).

-declaración responsable en relación a la subvención solicitada (Anexo IV).

-declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (Anexo V).

-Certificado de posesión y disposición real y plena de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra o servicio (Anexo VI).

-Informe acreditativo de la adaptación de la actuación de edificación, obra o instalación al planeamiento urbanístico municipal; a los instrumentos de ordenación territorial y a la normativa urbanística y territorial (Anexo VII).

-Certificado de viabilidad del proyecto por parte del técnico municipal (Anexo VIII).

-declaración jurada del técnico redactor del proyecto de no estar sometido en ninguna causa de incompatibilidad con la administración actuante (Anexo IX).

-Certificado de adjudicación de las actuaciones (Anexo X).

-Acta de comprobación del replanteo (Anexo XI).

-Certificación de obra (Anexo XII).

-Certificado final de obra (Anexo XIII).

-Acta de recepción (Anexo XIV).

-Certificado del secretario/a en fase de justificación de gastos (Anexo XV).

-Informe del interventor/a en fase de justificación de gastos (Anexo XVI).

-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda obtener datos de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de sus obligaciones frente la Seguridad Social (Anexo XVII).

-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda obtener datos de la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de sus obligaciones tributarias (Anexo XVIII).

Quinto. Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.

de conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, contra este decreto no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente REQUERIMIENTO para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente."

 

Palma, 17 de abril de 2020

El secretario técnico por sustitución de Promoción Económica y desarrollo Local.

(Por delegación del consejero de Promoción Económica y desarrollo Local. Resolución de 22/07/2019. BOIB núm. 103, de 27/07/2019)

Jaume Tomàs Oliver

 

Convocatoria de subvenciones plurianuales 2020-2021 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

1.- Objeto y finalidad

Esta convocatoria se hace en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

La finalidad de esta convocatoria es otorgar ayudas a los ayuntamientos de Mallorca en la ejecución de obras de inversión de competencia municipal, en la adquisición de vehículos y de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, y sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

2.- Beneficiarios

Pueden acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca (excepto Palma) y las entidades locales menores.

No pueden acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos y las entidades locales menores de Mallorca en los cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

3.- Actuaciones subvencionables

Las actuaciones que se podrán financiar con las subvenciones de esta convocatoria serán obras de inversión de competencia municipal de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. También se podrá financiar con estas subvenciones la adquisición de vehículos y de bienes inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal. Asimismo, con respecto a las obras, también se subvencionarán los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

Un mínimo de 30.000,00 euros de la subvención solicitada por cada ayuntamiento tiene que ir destinada a mejorar y cumplimentar las condiciones de accesibilidad universal de los equipamientos y edificios públicos, así como de los espacios de uso público de titularidad municipal, de acuerdo con aquello previsto a la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears, y concretamente con aquello establecido en el artículo 6. La cantidad mínima de 30.000,00 euros destinados por cada ayuntamiento a la mejora y cumplimentación<A[cumplimiento|cumplido]> de la accesibilidad universal tendrá que ser plenamente identificable en la documentación técnica aportada, tanto si se trata de un solo proyecto o de más proyectos independientes destinados íntegramente a tal finalidad o por formar parte de un proyecto más extenso. En este último caso, las partidas destinadas a la mejora y cumplimentación<A[cumplimiento|cumplido]> de la accesibilidad universal se agruparán en un capítulo exclusivo e independiente formando parte del proyecto más amplio.

Con los proyectos se adjuntará un informe técnico del ayuntamiento que acredite que el mínimo establecido de 30.000,00 euros de la subvención total solicitada se destina a mejorar y cumplimentar las medidas de accesibilidad universal.

Si no se destinan los 30.000,00 euros de la subvención solicitada por cada ayuntamiento a la finalidad antes mencionada no se podrá obtener la subvención, y se entenderá que se ha desistido de solicitar toda la subvención que le corresponda al ayuntamiento de acuerdo con lo que se establece en esta convocatoria.

Cada ayuntamiento o entidad local menor solo puede presentar un máximo de cinco (5) actuaciones en esta convocatoria, contando obras, vehículos e inmuebles, y un máximo de cinco (5) actuaciones de honorarios de redacción de proyectos y de cinco (5) actuaciones de honorarios de dirección de obras.

Las actuaciones que se soliciten en esta convocatoria (obras, vehículos e inmuebles) tienen que ser de un importe igual o superior a 10.000,00 euros, IVA incluido, excepto con respecto a los honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras, que no tienen un importe mínimo.

En ningún caso el importe del gasto subvencionable puede ser superior al valor de mercado.

Los honorarios de redacción del proyecto y de dirección de la obra no podrán figurar en el proyecto técnico y los profesionales que lleven a cabo estas actuaciones tienen que ser técnicos externos a la Corporación Local.

En el apartado de las obras habrá la posibilidad de pedir actuaciones que no se encuentran incluidas en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Estas actuaciones, que son competencias del artículo 7.4 de la ley mencionada, serán para esta convocatoria las siguientes:

· Escuelas infantiles de 0 a 3 años: construcción, reforma o adaptación a normativas.

· Residencias de tercera edad: construcción, reforma o adaptación a normativas.

· Centros de día: construcción, reforma o adaptación a normativas.

Para pedir alguna de estas tres actuaciones se tendrán que presentar, además de los documentos generales aplicables a todas las obras, los siguientes previstos en el artículo 7.4 arriba mencionado:

· Informe de la Administración competente en razón de la materia en el cual se señale la inexistencia de duplicidades, es decir, que no se incurre en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública.

· Informe de la Administración que tenga atribuida la tutela financiera sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias.

· Informe de conformidad en la ejecución de estos proyectos de la Administración competente en la materia.

4.- Crédito presupuestario plurianual

A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina la cantidad de veinte millones de euros (20.000.000,00 €), diez millones de euros (10.000.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2020: RC nº. operación: 220200003672, aplicación presupuestaria 2020: 65.94310.76202, y diez millones de euros (10.000.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2021: RC nº. operación: 220209000214, aplicación presupuestaria 2021: 65.94310.76202.

5.- Naturaleza de la subvención y límites

1. Las subvenciones de esta convocatoria son de carácter plurianual 2020-2021, voluntario y eventual, y anulables, revocables y reintegrables en todo momento por las causas previstas en la Ordenanza general de subvenciones. Además, no generan ningún derecho a obtener otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente. Asimismo, son compatibles con otras ayudas y subvenciones que pueda recibir el beneficiario para el mismo proyecto subvencionado siempre que el cómputo total de las ayudas o subvenciones recibidas no supere el coste de la actividad que la entidad beneficiaria tiene que desarrollar.

2. La cuantía de la subvención no podrá superar el 100% del importe solicitado subvencionable.

6.- Régimen de concesión

de acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza general de subvenciones, el régimen de concesión se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y por lo tanto no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes, ya que será suficiente cumplir los requisitos que se establecen en esta convocatoria.

En este supuesto, la subvención se determinará de la manera siguiente en todos los ayuntamientos y entidades locales menores que se presenten a la convocatoria:

Municipios hasta 3.000 habitantes: 240.000 euros.

Municipios de 3.001 a 5.000 habitantes: 195.000 euros.

Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 150.000 euros.

Municipios de 10.001 a 20.000 habitantes: 120.000 euros.

Municipios de más de 20.000 habitantes: 85.800 euros. 

Además de la cantidad de subvención por población, en el caso de municipios que cuenten con núcleos de población, esta subvención se incrementará con la cantidad de 3.857,14 euros por cada núcleo.

Los datos de la población se han sacado de la última revisión que ha publicado en la web el Instituto Nacional de Estadística (INE), excepto por<A[por|para]> al caso de Palmanyola, que la población, al no publicarla el INE, se ha sacado de los datos de la web del Instituto Balear de Estadística (IBESTAT).

Los núcleos de población de los municipios de Mallorca (excepto Palma) son los que figuran en la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales de Mallorca (EIEL). Estos trabajos de la EIEL han sido aceptados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas relativos a la fase 2018 con respecto a los datos alfanuméricos.

Los ayuntamientos que cuenten con una entidad local menor en su término municipal verán reducida su población a los efectos del cálculo de la subvención con los habitantes que pertenezcan a la entidad local menor.

Las actuaciones se subvencionarán según el orden de preferencia señalado por el Presidente de la Corporación Local en la solicitud de subvención que figura como Anexo I de la convocatoria. Si se han presentado dos solicitudes (al estar previstos dos plazos de presentación: uno de dos (2) meses para las actuaciones de cuantía igual o inferior a 100.000,00 euros y un segundo de tres (3) meses para los proyectos de cuantía superior a 100.000,00 euros) se empezará por<A[por|para]> la orden de preferencia de la solicitud presentada más tarde.

Si la actuación o la suma de todas las actuaciones solicitadas es de importe inferior a la subvención global que resulte para cada ayuntamiento de los criterios determinados en este punto, esta subvención global se reducirá automáticamente al importe de las actuaciones presentadas. En caso que las actuaciones presentadas fuera de importe superior a la subvención que corresponda a cada ayuntamiento según los criterios de este punto, la diferencia irá a cargo del ayuntamiento.

Cif

Ayuntamiento

Población 2020

Subvención según población

Núcleos de población

Cantidad por núcleo

Subvención total según nº. Núcleos

Total 2020

Total 2021

Total

P-0700100-A

Ayuntamiento de Alaró

       5.572  

150.000,00

0

3.857,14

0,00

150.000,00

150.000,00

300.000,00

P-0700300-G

Ayuntamiento de Alcúdia

     20.241  

85.000,00

4

3.857,14

15.428,56

100.428,56

100.428,56

200.857,12

P-0700400-E

Ayuntamiento de Algaida

       5.642  

150.000,00

2

3.857,14

7.714,28

157.714,28

157.714,28

315.428,56

P-0700500-B

Ayuntamiento de Andratx

     11.271  

120.000,00

4

3.857,14

15.428,56

135.428,56

135.428,56

270.857,12

P-0706600-D

Ayuntamiento de Ariany

          868  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0700600-J

Ayuntamiento de Artà

       7.845  

150.000,00

5

3.857,14

19.285,70

169.285,70

169.285,70

338.571,40

P-0700700-H

Ayuntamiento de Banyalbufar

          515  

240.000,00

2

3.857,14

7.714,28

247.714,28

247.714,28

495.428,56

P-0700800-F

Ayuntamiento de Binissalem

       8.567  

150.000,00

1

3.857,14

3.857,14

153.857,14

153.857,14

307.714,28

P-0700900-D

Ayuntamiento de Búger

       1.050  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0701000-B

Ayuntamiento de Bunyola

       4.700  

195.000,00

4

3.857,14

15.428,56

210.428,56

210.428,56

420.857,12

P-0701100-J

Ayuntamiento de Calvià

     50.559  

85.800,00

16

3.857,14

61.714,24

147.514,24

147.514,24

295.028,48

P-0701200-H

Ayuntamiento de Campanet

       2.640  

240.000,00

1

3.857,14

3.857,14

243.857,14

243.857,14

487.714,28

P-0701300-F

Ayuntamiento de Campos

     10.862  

120.000,00

5

3.857,14

19.285,70

139.285,70

139.285,70

278.571,40

P-0701400-D

Ayuntamiento de Capdepera

     11.868  

120.000,00

10

3.857,14

38.571,40

158.571,40

158.571,40

317.142,80

P-0701600-I

Ayuntamiento de Consell

       4.053  

195.000,00

0

3.857,14

0,00

195.000,00

195.000,00

390.000,00

P-0701700-G

Ayuntamiento de Costitx

       1.288  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0701800-E

Ayuntamiento de deià

          617  

240.000,00

5

3.857,14

19.285,70

259.285,70

259.285,70

518.571,40

P-0701900-C

Ayuntamiento de Escorca

          212  

240.000,00

4

3.857,14

15.428,56

255.428,56

255.428,56

510.857,12

P-0702000-A

Ayuntamiento de Esporles

       5.062  

150.000,00

2

3.857,14

7.714,28

157.714,28

157.714,28

315.428,56

P-0702100-I

Ayuntamiento de Estellencs

          315  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0702200-G

Ayuntamiento de Felanitx

     17.780  

120.000,00

5

3.857,14

19.285,70

139.285,70

139.285,70

278.571,40

P-0702500-J

Ayuntamiento de Fornalutx

          660  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0702700-F

Ayuntamiento de Inca

     33.319  

85.800,00

0

3.857,14

0,00

85.800,00

85.800,00

171.600,00

P-0704900-J

Ayuntamiento de Sant Joan

       2.108  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0702800-D

Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre

       1.372  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0702900-B

Ayuntamiento de Lloseta

       5.988  

150.000,00

0

3.857,14

0,00

150.000,00

150.000,00

300.000,00

P-0703000-J

Ayuntamiento de Llubí

       2.273  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0703100-H

Ayuntamiento de Llucmajor

     36.914  

85.800,00

15

3.857,14

57.857,10

143.657,10

143.657,10

287.314,20

P-0703300-D

Ayuntamiento de Manacor

     43.808  

85.800,00

9

3.857,14

34.714,26

120.514,26

120.514,26

241.028,52

P-0703400-B

Ayuntamiento de Mancor de la Vall

       1.509  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0703500-I

Ayuntamiento de Maria de la Salut

       2.227  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0703600-G

Ayuntamiento de Marratxí

     37.193  

85.800,00

18

3.857,14

69.428,52

155.228,52

155.228,52

310.457,04

P-0703800-C

Ayuntamiento de Montuiri

       2.912  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0703900-A

Ayuntamiento de Muro

       7.085  

150.000,00

1

3.857,14

3.857,14

153.857,14

153.857,14

307.714,28

P-0700002-I

Entidad Local de Palmanyola

       2.019  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0704100-G

Ayuntamiento de Petra

       2.860  

240.000,00

0

3.857,14

0,00

240.000,00

240.000,00

480.000,00

P-0704200-E

Ayuntamiento de Pollença

     16.283  

120.000,00

6

3.857,14

23.142,84

143.142,84

143.142,84

286.285,68

P-0704300-C

Ayuntamiento de Porreres

       5.502  

150.000,00

0

3.857,14

0,00

150.000,00

150.000,00

300.000,00

P-0704500-H

Ayuntamiento de Puigpunyent

       2.012  

240.000,00

2

3.857,14

7.714,28

247.714,28

247.714,28

495.428,56

P-0704400-A

Ayuntamiento de Sa Pobla

     13.475  

120.000,00

2

3.857,14

7.714,28

127.714,28

127.714,28

255.428,56

P-0705100-F

Ayuntamiento de Sant Llorenç

       8.431  

150.000,00

5

3.857,14

19.285,70

169.285,70

169.285,70

338.571,40

P-0705300-B

Ayuntamiento de Santa Eugènia

       1.561  

240.000,00

3

3.857,14

11.571,42

251.571,42

251.571,42

503.142,84

P-0705500-G

Ayuntamiento de Santa Margalida

     12.485  

120.000,00

2

3.857,14

7.714,28

127.714,28

127.714,28

255.428,56

P-0705600-E

Ayuntamiento de Santa Maria del Camí

       7.375  

150.000,00

0

3.857,14

0,00

150.000,00

150.000,00

300.000,00

P-0705700-C

Ayuntamiento de Santanyí

     12.237  

120.000,00

10

3.857,14

38.571,40

158.571,40

158.571,40

317.142,80

P-0705800-A

Ayuntamiento de Selva

       4.014  

195.000,00

3

3.857,14

11.571,42

206.571,42

206.571,42

413.142,84

P-0704700-D

Ayuntamiento de Sencelles

       3.290  

195.000,00

2

3.857,14

7.714,28

202.714,28

202.714,28

405.428,56

P-0705900-I

Ayuntamiento de Ses Salines

       4.960  

195.000,00

1

3.857,14

3.857,14

198.857,14

198.857,14

397.714,28

P-0706000-G

Ayuntamiento de Sineu

       3.862  

195.000,00

0

3.857,14

0,00

195.000,00

195.000,00

390.000,00

P-0706100-E

Ayuntamiento de Sóller

     13.705  

120.000,00

3

3.857,14

11.571,42

131.571,42

131.571,42

263.142,84

P-0706200-C

Ayuntamiento de Son Servera

     11.568  

120.000,00

4

3.857,14

15.428,56

135.428,56

135.428,56

270.857,12

P-0706300-A

Ayuntamiento de Valldemossa

       1.969  

240.000,00

5

3.857,14

19.285,70

259.285,70

259.285,70

518.571,40

P-0706500-F

Ayuntamiento de Vilafranca

       3.380  

195.000,00

0

3.857,14

0,00

195.000,00

195.000,00

390.000,00

 

 

479.883

9.379.000,00

161

 

620.999,54

9.999.999,54

9.999.999,54

19.999.999,08

A cada ayuntamiento, de acuerdo con los criterios de este punto, le correspondería la siguiente cantidad:

La concesión de las subvenciones se hará en el momento procedimental adecuado de esta convocatoria.

7.- Presentación de solicitudes

Para presentar la documentación prevista en el punto siguiente habrá dos plazos:

-Con respecto a las actuaciones (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) de importe, IVA incluido, inferior o igual a 100.000,00 euros, el plazo será dos (2) meses contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

-Con respecto a las actuaciones (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) de importe, IVA incluido, superior a 100.000,00 euros, el plazo será de tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

A pesar de estos dos plazos, en el primer plazo de dos (2) meses se puede presentar toda la documentación. No es necesario esperar al tercer mes para presentar las actuaciones de importe superior a 100.000,00 euros. No se aceptarán en el tercer mes las solicitudes de actuaciones de importe inferior o igual a 100.000,00 euros. Como se ha mencionado en el punto 3, cada ayuntamiento o entidad local menor, a pesar de los dos plazos de presentación de solicitudes, solamente puede presentar un máximo de cinco (5) actuaciones en esta convocatoria, contando obras, vehículos e inmuebles, y un máximo de cinco (5) actuaciones de honorarios de redacción de proyectos y de cinco (5) actuaciones de honorarios de dirección de obras.

Las instancias se tienen que dirigir a la Presidenta del Consejo de Mallorca, y se pueden presentar en cualquier terminal del Registro General del Consejo de Mallorca: sede del Consejo (Palacio Real, 1); Centro Cultural la Misericordia (Plaza del Hospital, 4); Hogar de la Juventud (General Riera, 111); Hogar de la Infancia (General Riera, 113); el Polideportivo Sant Ferran (camino de Ca l'Ardiaca, 5); y en el Registro general del IMAS (General Riera, 67), todos en Palma.

Asimismo, también se pueden presentar en los lugares<A[lugares|sitios]> establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 02/10/2015).

Si la solicitud no reúne los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la persona solicitante, o algunos de los requisitos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo que establece el artículo 73.2 de la ley antes mencionada, para que, en un plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si no lo hace así, se tendrá por<A[para|por]> desistida la petición, con una resolución expresa previa.

Junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación detallada en el punto siguiente de esta convocatoria.

8.- Formalización de solicitudes

1.- Las solicitudes se tienen que formalizar mediante el modelo oficial (Anexo I). Se tiene que presentar una solicitud y toda la documentación que acto seguido se relaciona para pedir la subvención de las actuaciones (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) de importe, IVA incluido, inferior o igual a 100.000,00 euros, y otra solicitud y toda la documentación que acto seguido se relaciona para pedir la subvención de las actuaciones (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) de importe, IVA incluido, superior a 100.000,00 euros. También se puede presentar una sola solicitud con toda la documentación en el primer plazo de dos (2) meses, como se ha mencionado en el punto anterior.

Con cada una de las dos solicitudes, o de una sola, se tiene que adjuntar la siguiente documentación:

-declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (Anexo III).

-declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de obligaciones tributarias con el Estado y el Consejo de Mallorca y con la Seguridad Social (Anexo IV).

-declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (Anexo V).

-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda obtener datos de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de sus obligaciones frente a la Seguridad Social (Anexo XVII).

-Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda obtener datos de la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de sus obligaciones tributarias (Anexo XVIII).

2.- En el caso de solicitar obras de inversión de competencia municipal, además de la documentación del punto 8.1 se tiene que presentar la documentación siguiente:

-Dos ejemplares en papel y uno en formato digital del proyecto o proyectos técnicos con el contenido que se hace constar en el punto 9 de esta convocatoria.

-Informe de un técnico del ayuntamiento que acredite que el mínimo establecido de 30.000,00 euros de la subvención total solicitada se destina a mejorar y cumplimentar las medidas de accesibilidad universal.

Para cada proyecto que se presente:

-Certificado de la posesión y disposición real y plena de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra o servicio (Anexo VI).

-Informe acreditativo de la adaptación de la actuación de edificación, obra o instalación al planeamiento urbanístico municipal; a los instrumentos de ordenación territorial y a la normativa urbanística y territorial (Anexo VII).

-Certificado de viabilidad del proyecto por parte del técnico municipal (Anexo VIII).

-declaración responsable del técnico redactor del proyecto de no estar sometido a ninguna causa de incompatibilidad con la administración actuante (Anexo IX).

3.- En el caso de solicitar la adquisición de vehículos para la prestación de servicios de competencia municipal, además se tiene que presentar la documentación siguiente:

-Presupuesto del vehículo o vehículos a adquirir. No de ninguna marca de vehículo en concreto, sino un presupuesto genérico.

-Memoria explicativa para cada vehículo de la finalidad para la cual se utilizará.

4.- En el caso de solicitar la adquisición de inmuebles para la prestación de servicios de competencia municipal, además se tiene que presentar la documentación siguiente:

-Informe de un tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el registro oficial correspondiente en el cual se hará constar el precio del inmueble a adquirir.

-Compromiso firmado por el alcalde de la Corporación de destinar el inmueble al fin concreto para el cual se tiene que conceder la subvención durante un plazo de veinte (20) años contados desde la firma de la escritura pública.

9.- Contenido de los proyectos técnicos

El proyecto o proyectos técnicos de las obras a ejecutar en el marco de esta convocatoria tienen que tener el contenido que se señala en el artículo 233 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público en relación con el artículo 124 y siguientes del R. decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por<A[por|para]> el cual se aprueba el reglamento general de la ley de contratos de las administraciones públicas.

A la memoria del proyecto se tendrá que hacer constar:

-Justificación del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la normativa urbanística.

-Manifestación del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la normativa estatal y autonómica vigente (justificando, entre otros, el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears; Plan<A[Plan|Plano]> director sectorial para la gestión de los residuos de la isla de Mallorca vigente en cada momento y, en general, cuántos preceptos e instrucciones técnicas sean de aplicación al caso concreto).

-El presupuesto general de la obra tendrá que adecuarse obligatoriamente al siguiente modelo:

A) Presupuesto de ejecución material ( PEM ).........................

B) Beneficio industrial (6% del PEM)..................................

C) Gastos generales (13% del PEM).................................

D) Total valor estimado del contrato (A+B+C).....................

Total presupuesto para conocimiento de la Administración (Presupuesto objeto de subvención) (IVA (21% sobre D) + D) ..............................................................

Toda la documentación tendrá que estar firmada por el técnico redactor del proyecto con el visto bueno del Presidente/a de la entidad local promotora del proyecto.

En caso de que el técnico redactor no sea técnico municipal, el proyecto técnico tendrá que estar visado por el colegio profesional correspondiente.

10.- Órgano instructor y procedimiento de concesión de las subvenciones

El órgano instructor es la secretaría técnica del departamento de Promoción Económica y desarrollo Local, que tiene que llevar a cabo las actuaciones establecidas en la Ordenanza general de subvenciones, y formular la propuesta de resolución. El órgano instructor puede requerir a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que considere convenientes.

El departamento de Promoción Económica y desarrollo Local es el centro gestor responsable del seguimiento de las subvenciones.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza general de subvenciones, se enviará a la base nacional de subvenciones información sobre esta convocatoria, y sobre las resoluciones de concesión que se deriven, y se publicará en el BOIB por conducto de la base mencionada, además de publicarse en la sede electrónica de Consejo de Mallorca.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

La Presidencia del Consejo de Mallorca es el órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria de conformidad con el punto primero del decreto de la presidenta del Consejo de 16 de marzo de 2020 (BOIB nº. 36, de 17-03-2020) de adopción de medidas para hacer frente a las consecuencias que se derivan de la situación de crisis sanitaria ocasionada por<A[por|para]> el COVID-19.

El procedimiento de concesión de las subvenciones se hará siguiendo los criterios fijados en el punto 6 de esta convocatoria.

El pago de las subvenciones de las dos anualidades (2020 y 2021) se hará mediante dos adelantos<A[adelantos|anticipos]> del 100% de las subvenciones una vez concedidas.

Para resolver cualquier actuación derivada de la concesión de las subvenciones será de aplicación el acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 7 de agosto de 2019 (BOIB nº. 111, de 13 de agosto de 2019) por<A[por|para]> el cual se aprueba la delegación en las personas titulares de los departamentos para resolver cualquier actuación derivada de la concesión de subvenciones siempre que no se modifique su objeto.

11.- Convenio de colaboración

de acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca para la justificación de los gastos se firmará un convenio entre el Consejo de Mallorca y cada entidad local beneficiaria de las subvenciones. Este modelo de convenio, que figura como Anexo II de esta convocatoria, tiene que ser aprobado por cada Entidad Local y se tiene que remitir al departamento de Promoción Económica y desarrollo Local del Consejo de Mallorca una vez aprobado en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación en el BOIB de la concesión de la subvención. El convenio arriba mencionado regulará las obligaciones de ambas partes derivadas de la concesión de las subvenciones.

12.- Obligaciones de las entidades beneficiarias

Los ayuntamientos y entidades locales menores a los cuales se les han concedido las subvenciones estarán obligados a:

12.1.- Adjudicar las actuaciones subvencionadas. La notificación de las adjudicaciones de las actuaciones subvencionadas al Consejo de Mallorca se tiene que hacer en el plazo de un (1) mes contado a partir de la fecha de la adjudicación de la actuación o actuaciones subvencionadas, teniendo que presentar el correspondiente certificado de adjudicación de cada una de las actuaciones (Anexo X). Una vez adjudicada la actuación la subvención del Consejo de Mallorca quedará reducida respecto de la concedida de manera automática proporcionalmente al porcentaje de baja que, si ocurre, se produzca siempre que se hubiera subvencionado la actuación por parte del Consejo de Mallorca con un porcentaje del 100%. En caso de que haya una aportación municipal, la subvención del Consejo de Mallorca no se reducirá, sólo se reducirá la aportación municipal, porque la suma de las aportaciones no puede ser superior al importe de la actuación adjudicada, y, si fuera necesario, también se reducirá la subvención del Consejo de Mallorca hasta el importe de la actuación adjudicada.

Una vez comunicado el certificado de la adjudicación de la obra, si ocurre los ayuntamientos estarán obligados a reintegrar por<A[por|para]> cada actuación y por<A[por|para]> cada anualidad la diferencia entre el importe subvencionado mediante adelanto<A[adelanto|anticipo]> del 100% y el importe finalmente adjudicado, sin intereses, reintegro que practicará el departamento de Promoción Económica y desarrollo Local, excepto en el caso que el remanente se aplique a la realización de otra actuación, de acuerdo con lo que se prevé en el punto 17.

Después de la adjudicación de cada obra se tiene que presentar la correspondiente acta de comprobación del replanteo (Anexo XI).

No se harán pagos a cuenta a medida que se presenten las certificaciones de obra. Solamente se hará el pago de un adelanto<A[adelanto|anticipo]> del 100% de la subvención de la anualidad de 2020 y del 100% de la subvención de la anualidad de 2021 una vez concedidas las subvenciones y siempre dentro del ejercicio 2020 y 2021, respectivamente.

En el caso de adjudicar mejoras o que se hagan modificaciones en el proyecto o proyectos presentados, se tiene que aportar en el transcurso de las obras la documentación técnica adecuada que las describa.

El periodo durante el cual el beneficiario tiene que destinar el bien inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención es de 20 años. El incumplimiento de esta obligación de destino sin la autorización del Consejo de Mallorca será causa de reintegro de la subvención. En el caso de bienes inscribibles en un registro público, esta circunstancia se tiene que hacer constar en la escritura, así como el importe de la subvención concedida, y estos aspectos tienen que ser objeto de inscripción en el registro público correspondiente mediante una nota marginal en relación a la afectación del inmueble. Asimismo, los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones para la adquisición de inmuebles quedan sujetos al cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las reglas previstas en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

12.2.- Remitir al departamento de Promoción Económica y desarrollo Local del Consejo de Mallorca en el plazo de un mes contador desde la fecha de la publicación en el BOIB de la concesión de la subvención un certificado del secretario municipal de aprobación por parte del ayuntamiento del convenio a suscribir con el Consejo de Mallorca previsto en el punto 11 según el modelo normalizado que figura como Anexo II de esta convocatoria.

El convenio arriba mencionado se firmará entre el Consejo de Mallorca y cada una de las entidades beneficiarias de las subvenciones una vez concedidas estas, el cual regulará las obligaciones de ambas partes derivadas de la concesión de las subvenciones.

12.3.- Acabar las actuaciones en un plazo de dieciséis (16) meses y presentar la justificación de los gastos en un plazo de diecisiete (17) meses contados ambos plazos desde la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) de la concesión de las subvenciones. La justificación de cada actuación subvencionada, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se hará por medio de la presentación en el Consejo de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación al final de cada actuación subvencionada:

a) Un certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece la convocatoria, según el modelo que figura como Anexo XV de esta convocatoria.

b) Un informe, según el modelo que figura como Anexo XVI de esta convocatoria, emitido por el interventor/interventora de la entidad local beneficiaria de la subvención en virtud del cual se haga constar:

-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra en poder de la entidad local en los términos establecidos en esta convocatoria.

-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura.

-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:

Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).

Que el coste justificado con las facturas no supera el valor de mercado. 

Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.

Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.

Que el Ayuntamiento no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

En el caso de las obras, también se tiene que presentar a medida que se vayan emitiendo en el transcurso de las obras y a los únicos efectos de las visitas de los técnicos, los siguientes documentos:

a) Modelo oficial de certificación de obra (Anexo XII) debidamente rellenado, y firmado por el contratista y por el director (o directores) de la obra, con las firmas debidamente identificadas.

b) Relación valorada de los trabajos llevados a cabo firmada por el director (o directores) de la obra con las firmas debidamente identificadas.

Al acabar la obra, y también a los únicos efectos del control técnico de las actuaciones, se tiene que presentar:

a) Certificado final de obra firmado por el director de la misma (Anexo XIII). En caso de que el proyecto inicial esté visado por el correspondiente colegio profesional, se tiene que presentar el certificado igualmente visado.

b) Acta de recepción de la obra (Anexo XIV) firmada conjuntamente por el director, el contratista, un facultativo técnico en representación de la Corporación Local y un representante del Consejo de Mallorca. A este efecto, la Corporación Local, con una antelación mínima de tres días hábiles, comunicará al Consejo de Mallorca el día y la hora prevista para la recepción de las obras y también la de su inauguración oficial.

c) Planos que recojan el estado final de la obra en formato .dwg, .shp, .dgn, .dxf, en soporte<A[apoyo|soporte]> digital.

En el caso de la adquisición de inmuebles, también se tiene que presentar:

-Fotocopia compulsada de la escritura pública de la adquisición del inmueble debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.

Finalizada la actividad objeto de la subvención, el servicio responsable del departamento emitirá un informe de evaluación y de comprobación relativo a si la subvención concedida cumple los requisitos y se ajusta a la finalidad de la convocatoria.

12.4.- Hacer constar en los pliegos<A[pliegues|pliegos]> de cláusulas administrativas particulares para la contratación de cada obra los siguientes puntos:

A.- Que las empresas que se presenten a la licitación con más de 50 personas trabajadoras tienen que contar con un 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad.

B.- Que entre las condiciones de ejecución del contrato tienen que figurar, para tener en cuenta los aspectos medioambientales, las siguientes:

Buenas prácticas dirigidas a minimizar las emisiones contaminantes: 

- Utilización de al menos un vehículo de bajas emisiones adscrito a la obra, entendiendo como vehículo de bajas emisiones aquel que utilice como fuente de energía electricidad, GLP, gas natural o hidrógeno o vehículos híbridos enchufables y los vehículos que cumplan como mínimo la normativa Euro 5 o Euro 6.

- Realización de revisiones regulares de los equipos y maquinaria con el fin de optimizar el consumo de energía y minimizar la emisión de humos y gases.

- Acequias periódicas en áreas donde se producen movimientos del suelo y tráfico de maquinaria que pueden generar polvo<A[polvo|pulso]>.

- Protección con velas o lonas de todos los materiales que puedan generar polvo.

- Inspección diaria del parque de maquinaria de la obra para identificar escapes visibles.

- Utilización de desencofrantes que no perjudiquen el medio ambiente.

- Impartición de formación al personal con el fin de minimizar las emisiones contaminantes.

Buenas prácticas dirigidas a minimizar la generación de residuos:

- Utilización preferentemente de elementos prefabricados/reutilizables.

- Compra de materiales al por mayor con envases de un tamaño que permita reducir la producción de residuos de envoltorios (los recipientes/contenedores grandes son preferibles a los recipientes/contenedores pequeños y es mejor si están fabricados con material reciclado).

- Programar el volumen de tierras excavadas para minimizar los sobrantes del suelo y para utilizarlos en el mismo emplazamiento.

- Señalización de los contenedores de residuos, con indicación del tipo de residuo que pueden admitir.

- Impartición de formación al personal para minimizar la generación de residuos y asegurar la correcta gestión.

Buenas prácticas dirigidas a minimización de consumo de recursos naturales: 

Medidas para reducir el consumo de agua:

 -Inspecciones periódicas de la instalación para identificar escapes visibles y mantenimientos periódicos.

- Controles periódicos del gasto de agua.

- Instalación de sistemas de regulación en las bocas de las mangueras.

- Impartición de formación al personal para reducir el consumo de agua.

Medidas para reducir el consumo de energía:

- Controles periódicos del gasto de energía (energía eléctrica, gasóleo...).

- Planificar las actividades con el fin de optimizar el uso de los equipos eléctricos de la obra.

- Impartición de formación al personal para reducir el consumo de energía.

Medidas para reducir el consumo de materiales:

- Uso de materiales y/o productos ambientalmente correctos como, preferentemente:

Áridos reciclados procedentes de los escombros de derribos<A[derribos|escombros]>.

Utilización de madera certificada con algunos tipos de sello ambiental (FSC, PEFC, etc.).

Utilización de plásticos o aceros con contenido reciclado.

Utilización de pinturas, adhesivos, sellantes con bajo contenido en compuestos orgánicos volátiles (COVs).

- Preferentemente, uso de materiales de origen kilómetro cero.

C.- Que entre las condiciones de ejecución del contrato tiene que figurar que la empresa adjudicataria, si tiene que contratar personal para llevar a cabo la obra, al menos una persona tiene que encontrarse en situación o riesgo de exclusión social. Esta persona será derivada por los servicios sociales municipales.

Para acreditar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de esta obligación (A, B y C), el secretario del ayuntamiento tiene que hacer un certificado en el cual se haga constar que los pliegos<A[pliegues|pliegos]> aprobados incluyen todos estos puntos. Este certificado se tiene que presentar al Consejo de Mallorca (departamento de Promoción Económica y desarrollo Local) en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la aprobación de los pliegos<A[pliegues|pliegos]> de cláusulas administrativas particulares. En el certificado también se tiene que hacer constar la fecha de la aprobación de los pliegos<A[pliegues|pliegos]>.

12.5.- Hacer constar la publicidad del departamento de Promoción Económica y desarrollo Local del Consejo de Mallorca en las actuaciones. En especial, a colocar en un lugar<A[lugar|sitio]> visible de la obra en el acto de inauguración de la misma una placa de hierro con letras de latón o en metacrilato con la leyenda y las medidas<A[medidas|tamaños]> que indique el Consejo de Mallorca. Durante toda la ejecución de las obras, las entidades locales beneficiarias de las subvenciones tendrán la obligación de adoptar las medidas pertinentes para que el contratista adjudicatario de una obra coloque un cartel, a pie de obra, en un lugar<A[lugar|sitio]> visible desde la vía pública, donde se indicará el organismo u organismos que ayudan en la ejecución del proyecto. El contratista se hará cargo siempre del coste del cartel y del de su colocación. El mencionado cartel tendrá las características que determine el Consejo de Mallorca en su momento. 

Para la actuación de adquisición de vehículos tiene que figurar en un lugar<A[lugar|sitio]> visible del vehículo o vehículos que la adquisición ha sido subvencionada por el Consejo de Mallorca, con el anagrama, la leyenda y las medidas<A[medidas|tamaños]> que indique el Consejo de Mallorca.   

12.6.- Comunicar al departamento de Promoción Económica y desarrollo Local del Consejo de Mallorca, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y no consignadas en la solicitud.

12.7.- Cumplir el resto de obligaciones que se prevén en el artículo 9 de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de día 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

13.- Importe de la subvención y reintegro

La subvención se otorgará por un importe cierto. En caso de que la cuantía justificada sea inferior a la concedida, una vez ajustada al importe adjudicado de las obras de acuerdo con lo que se indica el punto 12.1 de esta convocatoria, el importe a subvencionar se tiene que ajustar con el finalmente justificado. Dado que está prevista la aprobación de dos adelantos<A[adelantos|anticipos]> del 100% de las subvenciones concedidas de cada anualidad (2020 y 2021), en el caso que el importe justificado sea inferior al importe subvencionado total el ayuntamiento interesado tendrá que hacer, una vez presentada la justificación de los gastos de cada actuación, a requerimiento del Consejo de Mallorca, un reintegro de la diferencia entre las cantidades subvencionadas y abonadas mediante adelantos<A[adelantos|anticipos]> y las cantidades finalmente justificadas además de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de los adelantos<A[adelantos|anticipos]> de las subvenciones al ayuntamiento interesado hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro por parte del Consejo de Mallorca de cada actuación, excepto en el caso que el remanente se aplique a la realización de otra actuación, de acuerdo con lo que se prevé en el punto 17.  

14.- Ampliaciones de plazos

Las ampliaciones de los plazos establecidos en esta convocatoria se resolverá por<A[por|para]> lo que dispone el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En todo caso, las solicitudes de ampliación de plazos tienen que tener entrada oficial en el Consejo de Mallorca con una antelación mínima de treinta (30) días naturales a la fecha de su finalización. Se autoriza al consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Promoción Económica y desarrollo Local para la resolución de las peticiones de ampliaciones de plazos.

En los casos de desistimiento del contratista adjudicatario, resolución de contratos por quiebra<A[quiebra|bancarrota]> de las empresas adjudicatarias, licitaciones declaradas desiertas, impugnaciones de las licitaciones, y, en general, en todos los supuestos que por causas ajenas al ayuntamiento se tenga que adjudicar nuevamente la actuación o la adjudicación sufra un retraso justificable, con carácter excepcional, si las ampliaciones de plazos no resuelven estas incidencias, se podrán establecer nuevas fechas para acabar la actuación para resolver estas problemáticas.

Las entidades locales beneficiarias de la subvención pueden solicitar al órgano que la concede, antes de que concluya el plazo para llevar a cabo la actividad subvencionada, modificaciones del acuerdo de concesión, reducción del importe concedido, modificación de la actuación objeto de la ayuda, que se autorizan cuando tienen la causa en circunstancias imprevistas o son necesarias por<A[por|para]> el buen final de la actuación, siempre que no se altere el objeto o la finalidad de la subvención y no se dañe el derecho de terceros.

15.- Criterios objetivos que tienen que regir el otorgamiento y cuantía de las subvenciones

La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, objetividad, igualdad y no discriminación, y se tiene que resolver según estos criterios.

 

16.- Revocación y reintegro

Las subvenciones son de concesión voluntaria, revocables y reducibles por las causas previstas en las leyes y en la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

Si se incumple el compromiso firmado por el alcalde de la Corporación de destinar el inmueble al fin concreto para el cual se ha concedido la subvención durante un plazo de veinte (20) años contados desde la firma de la escritura pública sin la autorización del Consejo de Mallorca, este incumplimiento será causa de revocación de la subvención económica concedida (y del correspondiente reintegro) por<A[para|por]> el Consejo de Mallorca para la adquisición del inmueble.

17.- Aplicación del remanente a otra actuación.

Finalizadas todas las actuaciones subvencionadas, cada ayuntamiento, si se ha producido un remanente derivado de la adjudicación de todas las actuaciones y/o de su justificación, podrá elegir entre reintegrar las cantidades al Consejo de Mallorca a requerimiento de este de acuerdo con lo que prevén los puntos 12 y 13 de esta convocatoria, o solicitar aplicar el remanente a una nueva actuación (obra, vehículo, inmueble u honorario de redacción o de dirección). En este caso, no será de aplicación la norma del punto 3 que prevé que las actuaciones que se soliciten en esta convocatoria (obras, vehículos e inmuebles) tienen que ser de un importe igual o superior a 10.000,00 euros, IVA incluido.

La nueva actuación se puede pedir por parte de cada Entidad Local en un plazo de dos (2) meses de acabada la última actuación subvencionada a la Entidad Local. Para pedir esta nueva actuación se tiene que utilizar el modelo de solicitud de esta convocatoria y se tienen que presentar, según el tipo de actuación solicitada (obra, vehículo, inmueble u honorario de redacción o de dirección), los mismos documentos que se exigen en esta convocatoria.

18.- Normativa supletoria

En todo lo que no se haya previsto en esta convocatoria serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; el R. decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el R. decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares; el R. decreto 887/2006, por<A[por|para]> el cual se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley general de subvenciones; el Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca aprobado por acuerdo del Pleno de día 12 de abril de 2018 (BOIB nº. 89, de 19/07/2018); el decreto de organización del Consejo de Mallorca de día 9 de diciembre de 2019 (BOIB nº. 167, de 12/12/2019); la Ordenanza de procedimiento administrativo del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 2 de mayo de 1995 (BOIB nº. 100, de 10/08/1995); la Ordenanza general de subvenciones aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18/02/2017 y nº. 96, de 04/08/2018); y el resto de la normativa que sea de aplicación.

19.- Recursos

de conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra este acuerdo de aprobación de la convocatoria de subvenciones no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular potestativamente requerimiento para su anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en el cual se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formula requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo de aprobación de la convocatoria en el BOIB.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

20.- Publicación

El Consejo de Mallorca, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, remitirá a la base de datos nacional de subvenciones información sobre la aprobación de la convocatoria de las subvenciones y de las resoluciones de concesión que se deriven y se publicará en el BOIB por conducto de esta base de datos.

 

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN DE COMPETENCIA MUNICIPAL (OBRAS, VEHÍCULOS E INMUEBLES) Y HONORARIOS de REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DE DIRECCIÓN DE OBRAS

Sr./Sra.________________________________________________________________,

alcalde/alcaldesa presidente/presidenta del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de__________con CIF_________________________

 EXPONE:

Que ha tenido conocimiento de la convocatoria de subvenciones 2020-2021 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) y para<A[por|para]> honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

Que la Corporación que preside se quiere acoger a esta convocatoria y, por eso, acompaña la documentación prevista en el punto 8.

También declara que se compromete, si ocurre, al reintegro de la diferencia entre el importe subvencionado mediante adelanto<A[adelanto|anticipo]> del 100% y el importe adjudicado de cada anualidad, y también a la diferencia entre el importe subvencionado objeto de adjudicación y el importe finalmente justificado, más los intereses de demora en este último caso, de cada anualidad.

Que de conformidad con las normas de la convocatoria, que acepta íntegramente,

SOLICITA:

A) Una subvención económica total de ........................................ euros para sufragar las siguientes actuaciones, que se compromete a llevar a cabo en los plazos establecidos en la convocatoria según el orden la preferencia siguiente:

ORDEN DE PREFERENCIA DE LAS ACTUACIONES (OBRAS, VEHÍCULOS E INMUEBLES) A LLEVAR A CABO

1. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes indicada:..........................................................................................................................)

2. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes indicada:..........................................................................................................................)

3. ............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes indicada:..........................................................................................................................)

4. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes indicada:..........................................................................................................................)

5. .............................................................................................. (Subvención parcial que se pide para esta actuación respecto de la total antes indicada:..........................................................................................................................)

ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS

1. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: ........................................................................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:.......................................................................

2. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: .................................................................. subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:..............................................................

3. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: .............................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: ...........................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:.......................................................................

4. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: ............................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:........................................................................

5. Que el técnico redactor del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico redactor del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: ............................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:........................................................................

ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS HONORARIOS DE DIRECCIÓN DE PROYECTOS

1. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende  a la cantidad (IVA incluido) de: ...........................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:.......................................................................

2. Que el técnico director del siguiente proyecto: ...............................................es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende  a la cantidad (IVA incluido) de: ..........................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:......................................................................

3. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende a la cantidad (IVA incluido) de: ...........................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:......................................................................

4. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende  a la cantidad (IVA incluido) de: ..........................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:......................................................................

5. Que el técnico director del siguiente proyecto: ................................................. es un técnico externo a la Corporación Local.

Que el presupuesto de honorarios de este técnico director del proyecto asciende  a la cantidad (IVA incluido) de: ............................................

Que por<A[por|para]> estos honorarios pide una subvención parcial respecto de la total antes mencionada de:........................................................................

B) Asimismo, también pide los dos adelantos<A[adelantos|anticipos]> (2020 y 2021) del 100% de la subvención total concedida de cada anualidad.

En ..............................., día ................................. de ........................................ de ................

HONORABLE SRA. PRESIDENTA DEL CONSEJO DE MALLORCA

 

ANEXO II

MOdeLO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO DE MALLORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE .................................... PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE INVERSIÓN (OBRAS, ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y DE INMUEBLES) Y PARA SUFRAGAR HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DE DIRECCIÓN DE OBRAS.

Palma, ___ de _______ de __________

REUNIDOS

Por una parte, el Sr. Jaume Alzamora Riera, consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del departamento de Promoción Económica y desarrollo Local del Consejo de Mallorca, con fundamento<A[fundamento|cimiento]> en el decreto de la Presidenta del Consejo de día __________.

Y por otra parte el Sr. /Sra. _________, alcalde/alcaldesa presidente/presidenta del Ayuntamiento de ____________________.

Ambos intervienen en nombre y representación de los cargos públicos que ostentan y

MANIFIESTAN

Que mediante decreto de la Presidenta del Consejo de día ............... de .................................... de .......................... se aprobó la convocatoria de subvenciones 2020-2021 para llevar a cabo actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos, inmuebles y honorarios) y este convenio tipo a suscribir con todos los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones.

Que en el marco de esta convocatoria de subvenciones, al Ayuntamiento de......................... se le concedió una subvención por importe de .......................................... euros para llevar a cabo las siguientes actuaciones y por<A[por|para]>, si ocurre, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras:

.............................................................................................................................................

Que el Ayuntamiento de ......................., mediante acuerdo/resolución de día ......de................. de ......................... aprobó el texto de este convenio.

Que la disposición adicional segunda de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018) dice:

"En los convenios de colaboración que regulen las ayudas que el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos y consorcios que dependen otorguen a otras administraciones públicas, la subvención se puede justificar a través de un certificado emitido por <A[pael titular del órgano que la ha percibido, por<A[por|para]> el cual se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la finalidad de la subvención, y también a través del informe emitido por la Intervención, u órgano de control financiero equivalente, de la entidad beneficiaria por<A[por|para]> el cual acredita la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención."

Que en el marco de lo que prevé esta disposición adicional segunda, el objeto de este convenio es regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención antes mencionada.

Por<A[Por|Para]> todo lo que se ha expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Este convenio tiene por objeto regular las obligaciones, el desarrollo de las actuaciones y la justificación de los gastos derivados de la subvención concedida por el Consejo de Mallorca al Ayuntamiento de ........................ por<A[por|para]> actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) en el marco de la convocatoria de subvenciones plurianuales 2020-2021 y por<A[por|para]>, si ocurre, sufragar honorarios de redacción de proyectos y de dirección de obras.

Segunda.- El Ayuntamiento de....................ha recibido la subvención para llevar a cabo las siguientes actuaciones:

.............................................................................................................................................

Tercera.- El Ayuntamiento de ...................., como beneficiario de la subvención, se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones previstas en la convocatoria de subvenciones, tanto las de tipo administrativo como las de tipo técnico, y muy especialmente a llevar a cabo las actuaciones subvencionadas y presentar la justificación de los gastos al Consejo de Mallorca en los plazos establecidos.

Cuarta.- La justificación de las actuaciones subvencionadas al Ayuntamiento de ......................., de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se hará por medio de la presentación al Consejo de Mallorca por parte de la entidad beneficiaria de la siguiente documentación:

a) Un certificado del secretario/secretaria de la entidad local con el visto bueno del alcalde/alcaldesa que acredite la realización de la actividad subvencionada, el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la finalidad de la subvención y la aportación de la documentación justificativa que establece la convocatoria.

b) Un informe emitido por el interventor/interventora de la entidad local beneficiaria de la subvención en virtud del cual se haga constar:

-La veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención que obra en poder de la entidad local en los términos establecidos en la convocatoria.

-Una relación de las facturas de la actuación subvencionada con los datos identificativos de cada factura: número; fecha; acreedor; e importe.

-Una relación de las obligaciones reconocidas de la actuación subvencionada de acuerdo con lo que prevé el artículo 48.1, segundo apartado, de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

Además, este informe para la justificación de las actuaciones subvencionadas hará constar:

Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).

Que el coste justificado con las facturas no supera el valor de mercado. 

Que los trabajos realizados y facturados objeto de la subvención se ajustan a los precios de mercado.

Que los gastos corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención.

Que el Ayuntamiento no recupera ni compensa o recupera y compensa el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Que, si ocurre, con respecto a las facturas de honorarios de personas físicas el Ayuntamiento ha ingresado las retenciones de IRPF en la Agencia Tributaria.

Quinta.- Este convenio finalizará al acabar las actuaciones subvencionadas y una vez justificadas las actuaciones en los términos de este convenio y realizados, si ocurre, los reintegros de la subvención por parte del Ayuntamiento de .............................................

Y, en prueba de conformidad, firman este convenio por duplicado y a un solo efecto, en el lugar<A[lugar|sitio]> y la fecha antes expresados.

Por parte del Consejo de Mallorca                                                                      Por parte del Ayuntamiento                 

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo                       

de Promoción Económica y

desarrollo Local

Jaume Alzamora Riera                                  

 

ANEXO III

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN ALGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2, 3 Y 4 DEL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSEJO DE MALLORCA APROBADA POR ACUERDO DEL PLENO DE DÍA 23 DE DICIEMBRE DE 2016 (BOIB Nº. 21, DE 18 DE FEBRERO de 2017 Y Nº. 96, DE 4 DE AGOSTO de 2018)

El/La Sr./Sra. ...................................alcalde/alcaldesa del Ayuntamiento de ..................., comparece ante el/la secretario/secretaria de la Corporación a fin de deCLARAR

Que el Ayuntamiento de ............................... no incurre en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

Y para que conste ante el Consejo de Mallorca lo firmo.

En..................., día............... de ............................. de ..................

                                                                                          

                                                                                               Ante mi,

                                                                      El/La secretario/secretaria de la Corporación

                                                                      

 

ANEXO IV

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO<A[CUMPLIMIENTO|CUMPLIDO]> de OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y CON EL CONSEJO DE MALLORCA Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL

Sr./Sra.________________________________________________________________

alcalde/sa president/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de_________________ con domicilio en ________________________________________________________ actuando en representación de la Corporación,

COMPARECE

a efectos de prestar la declaración responsable sobre los aspectos detallados a continuación y

DECLARO

1. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _______________________________ no ha pedido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las pedidas/concedidas, con indicación de los importes).

2. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________________________ está al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca.

3. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________________________ está al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones con la Agencia Tributaria del Estado.

4. Que el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _______________________________ está al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones con la Seguridad Social.

Y a fin de que así conste ante el Consejo de Mallorca a efectos de ser beneficiario de las subvenciones plurianuales 2020-2021 para actuaciones de inversión de competencia municipal (obras, vehículos e inmuebles) efectúo la presente declaración.

.................................., ........ de ....................... de ....................

Firmado: ................................................... (con el sello del Ayuntamiento)

 

ANEXO V

MOdeLO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ENCONTRARSE EN LA SITUACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 11/2016, DE 28 DE JULIO, DE IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES (BOE Nº. 202, de 22/08/2016).

 Sr./Sra.______________________________________________________________

alcalde/sa president/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________ con domicilio en __________________________________________________actuando en representación de la Corporación,

DECLARO

de conformidad con lo que prevé la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de hombres y mujeres (BOE nº. 202, de 22/08/2016), el Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ____________________________________________con NIF: __________

no ha sido sancionado o condenado en los tres últimos años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionado por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

Y a fin de que así conste ante el Consejo de Mallorca efectúo la presente declaración.

................................, ........ de ....................... de ..........................

Firma: ........................................................................ (con el sello del Ayuntamiento)

 

ANEXO VI

MODELO DE CERTIFICADO DE LA POSESIÓN Y DISPOSICIÓN REAL Y PLENA DE LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA O SERVICIO

Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento de.............................................

CERTIFICA:

Que el Ayuntamiento de...................................... tiene la plena posesión y la disposición real de los terrenos necesarios para la normal ejecución del contrato de la obra denominada .........................................................................................................................

Y, para que conste a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. alcalde/Sra. alcaldesa.

......................, ... de................ de......

                                                                                                  Visto Bueno

                                                                                  EL ALCALDE/LA ALCALDESA                  

                                                        

 

ANEXO VII

MODELO DE INFORME ACREDITATIVO DE LA ADAPTACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE EDIFICACIÓN, OBRA O INSTALACIÓN AL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO MUNICIPAL; A LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y A LA NORMATIVA URBANÍSTICA Y TERRITORIAL (1)

 INFORME

Con relación al proyecto promovido por este Ayuntamiento de ..., denominado (2), y redactado por<A[por|para]> (3); proyecto para el cual se solicita una subvención/ayuda económica, en el marco de la convocatoria de (4), se informa lo siguiente:

a) Se aplican al proyecto los siguientes instrumentos de planeamiento y de gestión urbanísticos aplicables: (5)

b) Incidencia o afectación al proyecto de determinaciones de instrumentos de ordenación territorial: (6)

c) Clasificación y calificación del suelo donde se proyecta la actuación, y parámetros aplicables: (7)

d) Otras determinaciones urbanísticas significativas que inciden en el proyecto: (8)

e) Financiación de las actuaciones del proyecto como obligación estricta del Ayuntamiento: (9)

f) Disponibilidad efectiva de las autorizaciones o los informes concurrentes: (10)

g) Cumplimiento<A[Cumplimiento|Cumplido]> del proyecto de las determinaciones de eficacia directa sobre el planeamiento, contenidas en la legislación urbanística y otra legislación sectorial: (11)

Analizado el contenido del proyecto referido al encabezamiento de este informe, los que lo suscribimos informamos en el sentido que cumple todos y cada uno de los requerimientos que se indican en los apartados precedentes, a efectos de la solicitud también indicada en el encabezamiento, así como, si corresponde, para el trámite del acto o acuerdo municipal aprobatorio, equivaliendo a la licencia urbanística de acuerdo con la legislación urbanística actualmente aplicable.

 A este efecto, se emite el presente informe .... (12)

 Personas que lo suscriben: (13)

Instrucciones para cumplimentar los campos:

(1) A suscribir, conjuntamente, por<A[para|por]> el personal técnico competente de los servicios municipales, y por <A[parel personal de los servicios jurídicos municipales, y a falta de servicios jurídicos, por<A[para|por]> la persona titular de la secretaría general. En ningún caso, la emisión del presente informe se puede llevar a cabo, con respecto al personal técnico, por la persona que haya redactado el proyecto.

(2) Indicad la denominación específica del proyecto, que tiene que ser descriptiva e inequívoca de la actuación que prevé.

(3) Indicad la persona o personas autoras del proyecto, con su nº. de visado colegial si este resulta exigible de acuerdo con la legislación aplicable.

(4) Indicad exactamente la denominación de la convocatoria específica de la subvención o ayuda económica, y el órgano insular convocante.

(5) Indicad las referencias a todos los instrumentos de planeamiento urbanísticos municipales vigentes aplicables al proyecto, así como, si corresponde<A[pega|ocurre]>, los de gestión urbanísticos. En caso de que alguno de ellos esté en tramitación o sujeto a procedimientos de revisión o modificación, se tiene que indicar, igualmente, así como si se ha acordado la suspensión de las tramitaciones y de otorgamiento de licencias o de la presentación de comunicaciones previas que regula la legislación urbanística.

(6) Efectuad las indicaciones oportunas en el caso de afectación o incidencia, o indicad la no afectación expresa.

(7) Señalad la clasificación y calificación del suelo del terreno en el cual se proyecta la actuación, con indicación específica de los parámetros aplicables respecto del uso del suelo, las condiciones de edificación y el aprovechamiento del subsuelo, si es el caso. Se tiene que señalar igualmente, en los casos de suelo urbano o urbanizable en ejecución, si el terreno tiene la condición de solar, y en caso negativo, qué actuaciones son necesarias para alcanzarla.

(8) Señalad, si corresponde<A[pegan|ocurren]>, las otras determinaciones urbanísticas significativas, tanto de ordenación estructural como<A[como|cómo]> detallada, que condicionen el aprovechamiento y el uso del terreno, en especial las referidas a las posibilidades de edificación o de materialización de la actuación prevista en el proyecto.

(9) Indicad la normativa aplicable que fije la obligación de la financiación de la actuación en exclusiva con fondos públicos municipales; haciendo constar, asimismo, que la actuación para la cual se solicita la ayuda económica en ningún caso no corresponde ser financiada por las personas propietarias de suelo, de acuerdo con la legislación urbanística estatal y autonómica.

(10) Indicad los actos de otorgamiento de autorizaciones concurrentes, o informes sectoriales concurrentes, que la legislación aplicable exige, así como su fecha de autorización o de emisión, que son necesarios para la ejecución del proyecto. En caso de encontrarse sujeto, se tienen que haber emitido con carácter favorable. En el caso de no encontrarse sujeto a ninguna autorización o informe concurrente, se tiene que especificar de manera expresa en este apartado.

(11) Se tiene que indicar si el proyecto cumple las determinaciones de la legislación urbanística aplicable, y el resto de legislación y normativa sectorial de aplicación en caso de que la legislación sectorial mencionada prevea expresamente la comprobación de la adecuación a los requisitos que se establecen en el acto de aprobación municipal del proyecto, equivalente a la licencia urbanística.

(12) Señalad lugar<A[lugar|sitio]> y fecha de emisión.

(13) Se tiene que indicar claramente la identificación y titulación de las personas que lo suscriben. Necesariamente se tiene que emitir por personal de la corporación, y como mínimo tiene que ir suscrito por un técnico profesional con competencia para evaluar los aspectos técnicos y urbanísticos del proyecto y por<A[para|por]> un técnico jurídico. A falta de técnico o asesor jurídico entre el personal de la corporación, se suscribirá por el secretario o secretaria general de la corporación local.»

 

ANEXO VIII

MODELO DE CERTIFICADO DE VIABILIDAD DEL PROYECTO POR PARTE DEL TÉCNICO/TÉCNICA MUNICIPAL

Sr./Sra.......................................................................................,técnico/técnica municipal, en relación al proyecto ............................................................... para el Ayuntamiento de ...............................

CERTIFICA:

Que el proyecto de la mencionada obra es viable.

Y para que conste, a los efectos previstos en la legislación vigente, expide este certificado en ............................, día ....... de.................de ...........

                                                                  Firmado: El técnico/ La técnica municipal

                                                                                                 

 

ANEXO IX

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO/TÉCNICA REDACTOR DEL PROYECTO DE NO ESTAR SOMETIDO A NINGUNA CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD CON LA ADMINISTRACIÓN ACTUANTE

Sr. / Sra. ..................................................................., ......(1)........ y redactor del proyecto de la obra: ........................................................................................................., con nº. colegiado ............ declara que no está sometido a ninguna causa de incompatibilidad con el Ayuntamiento de............................. o con el Consejo de Mallorca, manifestando ser competente para la redacción del proyecto de la obra mencionada.

..................., .... de.............. de .....

(1) Especificar si es o no técnico municipal.

 

ANEXO X

MODELO DE CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Sr. /Sra.:

 

Secretario / a de

 

 

 

 

 

CERTIFICA: que esta Entidad ha adjudicado el contrato según las circunstancias que a continuación se expresan:

ADJUDICACIÓN deL CONTRATO

ACTUACIÓN:

AYUNTAMIENTO:

PROCEDIMIENTO de ADJUDICACIÓN:

ÓRGANO de CONTRATACIÓN:

CONTRATISTA:

CIF CONTRATISTA:

FECHA de LA ADJUDICACIÓN:

FECHA de INICIO de LA ACTUACIÓN:

DIRECTOR / A de LA ACTUACIÓN:

TITULACIÓN DIRECTOR /A ACTUACIÓN:

 

FINANCIACIÓN

ENTIDADES

PRESUPUESTO ACTUACIÓN

SUBVENCIÓN APROBADA

ADJUDICACIÓN ACTUACIÓN

BAJA

CONSEJO de MALLORCA

 

 

 

 

AYUNTAMIENTO

 

 

 

 

TOTALES

 

 

 

 

 

MEJORAS REFERIDAS A LA CONTRATACIÓN de LA ACTUACIÓN

 

Y para que así conste, y para su remisión al Consejo de Mallorca, expide este certificado, con el visto bueno del alcalde/sa, en............................., día ............................ de ........................................... de ......................                                                                        

                                                                                             VISTO BUENO                      

EL SECRETARIO/LA SECRETARIA                 EL ALCALDE/LA ALCALDESA

Fdo.:                                                                       Fdo.:

 

ANEXO XI

MODELO DE ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO

OBRA:  .......................................................................

CONTRATISTA:  ...................................................

En ............................., ......... de .......................... de .........

A<A[En|A]> las ......... horas, en (lugar<A[lugar|sitio]>) ......................... comparecen el representante de la Administración contratante: Sr./Sra................................................................................; el Director de la obra: Sr./Sra.............................................................  y el representante de la empresa contratista: Sr./Sra................................................................

El objeto de este acto es proceder a comprobar el replanteo de la obra de referencia que se ha realizado con anterioridad a la licitación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 237 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Se comprueba la posesión y la disponibilidad real de los terrenos necesarios para la realización de la obra, su idoneidad y la viabilidad del proyecto. Presta su conformidad el representante de la Administración contratante y el facultativo director de la obra, sin reservas por parte del contratista. El director autoriza el inicio de la obra y empieza a discurrir el plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de la obra fijado en el pliego de condiciones es de ................ meses.

Se dejan sobre el terreno todos los hitos y las señales que se han considerado necesarias.

Igualmente, se ha hecho entrega al contratista de los planos y documentos necesarios para la ejecución de la obra.

A<A[En|A]> las ......... horas se da por acabado el acto y para que conste lo que se ha acordado se levanta la presente acta en cuatro ejemplares que suscriben los asistentes.

Sr. /Sra. ..............................................                    Sr. /Sra. ..............................................

en reprentació de la Administración contratante.  director/a de la obra.

Sr./Sra............................................................

en representación de la empresa contratista.

 

ANEXO XII

MODELO DE ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEOLO MODELO DE ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO CERTIFICACIÓN MODELO DE ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO OBRA

CONVOCATORIA de SUBVENCIONES PLURIANUALES 2020-2021 PARA OBRAS de COMPETENCIA MUNICIPAL Y ADQUISICIÓN de VEHÍCULOS Y de INMUEBLES     

AYUNTAMIENTO:                                                         

CERTIFICACIÓN Nº.                                                                OBRA:

FECHA COMIENZO OBRAS:                                                  FECHA ADJUDICACIÓN:

CONTRATISTA:                                                                        PLAZO EJECUCIÓN:

PRESUPUESTO APROBADO:                                                PRESUPUESTO ADJUDICADO: 

BAJA (%):

Sr./Sra. .…………………………………………….......................................................................,

CERTIFICA: Que las obras ejecutadas en el presente mes por la empresa adjudicataria son valoradas, según el presupuesto, de la siguiente manera:

 

PRESUPUESTO 

Euros 

IMPORTE     

 ADJUDICADO

IMPORTE DE LAS OBRAS

EJECUTADAS DURANTE EL MES.

EXEC. MESES ANTERIORES.

PENDIENTE EJECUTAR.

         

 

 

 

 

LIQUIDACIÓN

Importe de la certificación ....................  .-

Baja obtenida en la contrata ....................  .-

A deducir certificaciones anteriores  ......................  .-

Líquido acreditado al contratista ....................  .-

% I.V.A. 21% .....................  .-

TOTAL ABONABLE AL CONTRATISTA .......................-

Y para que conste, y se haga el abono, expide la presente certificación por importe de ............................................................................................................................................-

Palma ...  de  ............ de .........

El contratista                                                    El director de la obra                                                                                                          

Sr/Sra.  ...........................                                 Sr. /Sra. .................................

 

ANEXO XIII

MODELO DE CERTIFICADO FINAL DE OBRA

Sr./Sra..................................................................................................(1) .......................

y director de la obra: ...........................................................................................................

CERTIFICA

Que la obra mencionada está acabada de acuerdo con su proyecto, redactado por el Sr. /Sra. ......................................... y aprobado por<A[para|por]> el Ayuntamiento de............................... el día ..........................................

.................,  ...... de........................ de .......

(1) Ingeniero, arquitecto...

 ANEXO XIV

MODELO DE ACTA DE RECEPCIÓN

En ................................., día ..............., reunidos:

El Sr./Sra ...................................., facultativo técnico en representación del Ayuntamiento de................, el Sr. / Sra. ............................., facultativo técnico en representación del Consejo Insular de Mallorca (CIM<A[CIMA|CUMBRE]>), el Sr. /Sra. .................................................., contratista de las obras del proyecto ".............................................................", y el Sr. /Sra. ................................., facultativo encargado de la dirección de las obras de referencia, a efectos de proceder a la recepción de las obras.

Conformemente con lo que dispone el artículo 243 de la vigente Ley de contratos del sector público, es procedente esta recepción una vez efectuadas las prestaciones convenidas, en este caso, las obras contenidas en el proyecto de que se ha hecho mención.

después de examinar atentamente la totalidad de la obra y vista su adecuación a las previsiones del proyecto, y al resto de documentación técnica y administrativa, reguladora de las obligaciones del contratista, el Sr./Sra. ................................................., facultativo técnico municipal la considera como bien realizada, correcta y exactamente finalizada, sin que sea procedente, por lo tanto, hacer objeciones o reservas.

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 243 del vigente Ley de contratos del sector público, se procede a la recepción de las obras de ...................................................

y empieza el plazo de garantía fijado en el Pliego de Condiciones, que es de ......... meses.

Y para que conste se extiende la presente Acta, en el lugar<A[lugar|sitio]> y en la fecha indicados más arriba, en cuatro ejemplares, entregándose uno al Consejo Insular de Mallorca, uno al director de la obra, otro al contratista, y archivándose el otro en el correspondiente expediente administrativo.

En prueba de conformidad firman las partes.

El representante del                                          El representante del CIM<A[CIMA|CUMBRE]>

Ayuntamiento                      

El director de la obra                                         El contratista                                                        

 

ANEXO XV

MODELO DE CERTIFICADO DEL SECRETARIO/A EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

Sr./Sra............................................................................................., secretario/secretaria del Ayuntamiento de.............................................

CERTIFICA:

Que el Ayuntamiento de...................................... ha sido beneficiario de una subvención del Consejo de Mallorca en el marco de la convocatoria 2020-2021 para actuaciones de inversión de competencia municipal por importe de ................................................. para llevar a cabo la siguiente actuación:

.............................................................................................................................................

Que la actividad subvencionada antes mencionada se ha realizado, se ha cumplido la finalidad de la subvención y se ha aportado de documentación justificativa que establece la convocatoria.

Y, para que conste a los efectos previstos a la legislación vigente, expide este certificado, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde/Sra. Alcaldesa.

......................, ...... de................ de......

                                                                                                  Visto Bueno

                                                                                  EL ALCALDE/LA ALCALDESA                  

 

ANEXO XVI

MODELO DE INFORME DEL INTERVENTOR/A MUNICIPAL EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.

................................................, Interventor/a del Ayuntamiento de ..................................

de acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda de la vigente Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y nº. 96, de 4 de agosto de 2018),

INFORMA:

Que el Ayuntamiento de .................................... ha sido subvencionado por el Consejo de Mallorca para llevar a cabo la siguiente actuación en el marco de la convocatoria de subvenciones 2020-2021 para ejecutar actuaciones de inversión de competencia municipal:

..........................................................................................................................................

Que las facturas justificativas de la anterior actuación subvencionada, que son verídicas y se han expedido con regularidad y corresponden sin lugar a dudas a la actividad objeto de subvención en los términos establecidos a la convocatoria, son las siguientes:

Fecha factura

Nº. Factura

NIF

Proveedor

Proveedor

Concepto

Importe de la

factura

Fecha pago de la factura

Fecha

reconocimiento obligación (O)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Asimismo DECLARA (1):

____   Que el Ayuntamiento no recuperará ni compensará el IVA de las facturas que presenta.

____   Que el Ayuntamiento recupera y/o compensa el IVA de las siguientes facturas:

..............................................................................................................................

..............................................................................................................................

También DECLARA:

Que el Ayuntamiento no ha obtenido ninguna otra subvención de otras instituciones públicas o privadas para la actividad objeto de la subvención (o, si es el caso, relación de las concedidas, con indicación de los importes y su procedencia).

Que el coste justificado con las facturas mencionadas no supera el valor de mercado. 

Que, si ocurre, con respecto a las facturas de honorarios de personas físicas el Ayuntamiento ha ingresado las retenciones de IRPF en la Agencia Tributaria.

Y para que así conste, yo, como Interventor/a del Ayuntamiento, expido este documento en............................., día...................... de ................. de...................

1. Marcar con una cruz la opción que corresponda.

 

ANEXO XVII

MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA OBTENER DATOS DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO<A[CUMPLIMIENTO|CUMPLIDO]> DE SUS OBLIGACIONES FRENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL (CONCESIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES).

Sr./Sra.______________________________________________________________

alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de _____________ con domicilio en __________________________________________________actuando en representación de la Corporación,

AUTORIZA al Consejo Insular de Mallorca a solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento<A[mplimiento|cumplido]> de sus obligaciones frente a la Seguridad Social para comprobar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos establecidos para percibir subvenciones y/o ayudas de esta convocatoria, de otras convocatorias en tramitación, y de futuras convocatorias que se tramiten.

En........................., día ......... de.............................. de .................

Firmado: ........................................................................ (con el sello del Ayuntamiento)

 

ANEXO XVIII

MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA OBTENER DATOS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO<A[CUMPLIMIENTO|CUMPLIDO]> DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (CONCESIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES)

Sr./Sra.______________________________________________________________

alcalde/sa presidente/a del Ayuntamiento/Entidad Local Menor de ______________ con domicilio en ________________________________________________actuando en representación de la Corporación,

AUTORIZA al Consejo Insular de Mallorca, de conformidad con el artículo 95.1,k, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos establecidos para percibir subvenciones y/o ayudas de esta convocatoria, de otras convocatorias en tramitación, y de futuras convocatorias que se tramiten.

En........................., día ......... de.............................. de .................

Firmado: ........................................................................ (con el sello del Ayuntamiento)