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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 3565
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 28 de abril de 2020 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en cuanto a la modificación de varias líneas de subvenciones gestionadas por la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Movilidad y Vivienda, concretamente se modifica la línea 1, lucha contra la pobreza del objetivo III, lucha contra las desigualdades.

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y econòmico para hacer frente a la COVID-19, prevé un nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la pandemia en los alquileres de vivienda habitual. La disposición final novena prevé una aportación financiera estatal adicional al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, aprobado por el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, con cargo al fondo de contingencia, que se debe incrementar de manera inmediata en el importe comprometido para el ejercicio 2020, en 9.271.200,00€ y se debe prever además la ayuda para el ejercicio 2021, en la cantidad de 8.928.000,00€.

Por eso y dadas las circunstancias sobrevenidas a raíz de la COVID-19, se hace necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2018-2020 para incluir el importe máximo que prevé aportar el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en los ejercicios 2020 y 2021.

3. En el apartado 3 del Acuerdo de Consejo de Gobierno mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

 

Allí donde dice:

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.1 lucha contra la pobreza

III.1.2

Dirección general o entidad: Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

Fuente de financiación: capítulo VII FF 18030

Descripción: subvenciones en materia de vivienda (alquiler de viviendas, desahucio de vivienda habitual, parque público de vivienda, mejora de la eficiencia energética y de la sostenibilidad, conservación, mejora de la seguridad y de la accesibilidad, fomento de la regeneración y de la renovación urbana y rural, ayudas para los jóvenes, y fomento de vivienda para personas mayores y con discapacidad)

Objetivos y efectos: conceder las ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

Coste: 16.852.800 € (2018: 4.439.800 €; 2019: 9.842.200 €; 2020: 2.570.800 €)

Convocatoria: plurienal (2018-2020)

Incidencia sobre el mercado: fomento de la vivienda en las Illes Balears

Debe decir:

III.1.2

Dirección general o entidad: Dirección General de Vivienda

Fuente de financiación: capítulo VII FF 18030.

Descripción: subvenciones en materia de vivienda (alquiler de vivienda, desahucio de vivienda habitual, parque público de vivienda, mejora de la eficiencia energética y de la sostenibilidad, conservación, mejora de la seguridad y de la accesibilidad, fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, ayudas para los jóvenes y fomento de vivienda para personas mayores y con discapacidad).

Objetivos y efectos: Conceder las ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2020.

Coste: 34.352.800,14 € (2018: 4.439.800 €; 2019: 9.143.000 €; 2020: 11.842.000,14 €; 2021: 8.928.000 €).

Convocatoria: plurienal (2018-2021).

Incidencia sobre el mercado: fomento de la vivienda en las Illes Balears.

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de abril de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau