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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 3564
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 30 de abril de 2020 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en cuanto a la modificación de varias líneas de subvenciones gestionadas por la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de la Consejería de Educación, Universidad y Búsqueda, concretamente se modifica la línea 1, lucha contra la pobreza del objetivo III, lucha contra las desigualdades.

En fecha 14 de marzo, el Gobierno del Estado decreta el estado de alarma a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Particularmente esto afecta a muchas familias que quedan sin trabajo y/o con expedientes de regulación temporal de ocupación, quedando en una situación, muchas de ellas, precaria. Situación que parece alargarse en el tiempo. Por lo cual, dada la situación de emergencia social actual, la Consejería de Educación, Universidad y Investigación quiere reforzar las ayudas que se hacen a las familias más vulnerables socialmente, especialmente en riesgo de exclusión social, aumentando la cantidad respecto a la convocatoria anterior hasta 420.000 € y así evitar que ninguna de estas familias, no pueda optar a una plaza escolar y hacer frente al pago de las cuotas de escolarización, además se convierte en plurienal esta línea de ayudas.

3. En el apartado 3 del Acuerdo de Consejo de Gobierno mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se  dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018,  en el sentido siguiente:

Allí donde dice:

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.1 lucha contra la pobreza

III.1.8

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas a la escolarización de los niños de 0 a 3 años en centros de la red educativa complementaria a la red de guarderías infantiles públicas.

Objetivos y efectos: compensar a las familias con rentas bajas para la escolarización de niños en el primer ciclo de educación infantil en centros privados de la red educativa complementaria en la red de guarderías infantiles públicas.

Coste: 385.000 €

Convocatoria: anual (2020).

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

Debe decir:

III.1.8

Dirección general o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Fuente de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas a la escolarización de los niños de 0 a 3 años en centros de la red educativa complementaria en la red de guarderías infantiles públicas.

Objetivos y efectos: compensar a las familias con rentas bajas para la escolarización de niños en el primer ciclo de educación infantil en centros privados de la red educativa complementaria en la red de guarderías infantiles públicas.

Coste: 420.000 € (2020: 230.625€; 2021: 189.375€)

Convocatoria: plurienal.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

2. Disponer que esta Resolución desarrolle sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 30 d‘abril de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau