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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 3544
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2020, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias

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Texto

En fecha 16 de julio del 2015 se publicó en el BOIB núm. 106 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias. Esta resolución se modificó por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de diciembre de 2015, publicada en el BOIB núm. 185, de 22 de diciembre de 2015; por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 22 de junio de 2016, publicada en el BOIB núm. 81, de 25 de junio de 2016; por la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 22 de julio de 2016, publicada en el BOIB núm. 95, de 28 de julio de 2016; por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 27 de marzo de 2017, publicada en el BOIB núm. 39, de 1 de abril de 2017; por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 21 de junio de 2017, publicada en el BOIB núm. 80, de 1 de julio de 2017; por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 12 de febrero de 2018, publicada en el BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2018; por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 26 de junio de 2018, publicada en el BOIB núm. 80, de 28 de junio de 2018 (pág. 22088); por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 26 de junio de 2018, publicada en el BOIB núm. 80, de 28 de junio de 2018 (pág. 22090); por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 14 de junio de 2019, publicada en el BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2019; por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 27 de junio de 2019, publicada en el BOIB núm. 87, de 2 de julio de 2019, y por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 2 de marzo de 2020, publicada en el BOIB núm. 28, de 5 de marzo de 2020.

La Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, establece, en el apartado primero, para el año 2020, un plazo de presentación de solicitudes desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución en el BOIB hasta el 30 de junio.

Debido al número de solicitudes presentadas a lo largo de todo el período de la convocatoria, así como la cantidad de las inversiones auxiliables, y atendiendo las disponibilidades presupuestarias existentes, se hace necesario limitar el plazo de presentación de nuevas solicitudes.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

PRIMERO

Modificar la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, en el siguiente sentido:

1. El segundo párrafo del apartado sexto queda redactado de la siguiente manera:

“2. Para el año 2016, el plazo de presentación de solicitudes de la primera convocatoria será del 1 de enero al 30 de junio del 2016 y el de la segunda será del 1 de julio al 31 de diciembre del 2016.

-Para los años 2017, 2018 y 2019, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 de enero al 30 de junio.

-Para el año 2020 el plazo de presentación de solicitudes será desde el 6 de marzo del 2020 hasta el 11 de mayo del 2020.

SEGUNDO

Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se debe publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Palma, 6 de mayo del 2020

La presidenta del FOGAIBA ​​​​​​​María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño