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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 3509
Convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la activación y mejora de la calidad comercial, destinadas a establecimientos de actividades no esenciales, afectadas por el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma COVID-19.

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Texto

​​​​​​​Por Decreto de Alcaldía núm. 2020/DA2019/0000051, de fecha 30.04.2020, se ha aprobado la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la activación y mejora de la calidad comercial, destinadas a establecimientos de actividades no esenciales, afectadas por el RD 46372020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma COVID-19.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria por parte de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Los modelos normalizados de solicitud y los exigidos en los puntos número 8 y 9 de las Bases que regulan esta convocatoria, se encuentran en la página web del Ayuntamiento.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Objeto

El objeto de esta convocatoria, de acuerdo con las bases reguladoras, es la concesión de ayudas económicas a personas titulares de establecimientos abiertos al público, afectadas económicamente por la situación de crisis ocasionada per la COVID-19.

Finalidad

Aportar recursos económicos a los titulares de los establecimientos de actividades no esenciales, para contribuir a la reactivación de las empresas, al mantenimiento del tejido comercial y empresarial de Mahón y al impulso de la promoción y dinamización del sector.

Beneficiarios

Las personas físicas o jurídicas, en cualquiera de las formas reconocidas, titulares de establecimientos abiertos al público, de actividades no esenciales, obligados a cesar la actividad o a no iniciarla, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma.

Criterios objetivos de concesión de la ayuda económica

Las ayudas se concederán a aquellos solicitantes que reúnan los requisitos determinados en el apartado 3 de las bases reguladoras.

Cuantía de la ayuda

Establecimientos abiertos todo el año: 700 euros.

Establecimientos de temporada: 350 euros.

Presupuesto

Importe de 300.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria D02 4310 4810020, del presupuesto para el año 2020.

Gastos subvencionables

Gastos corrientes de alquiler, cuotas de préstamos, proveedores, suministros de agua, electricidad, gas y combustibles, comunicaciones (teléfono, correo, mensajería, conexión a internet) y las retribuciones salariales.

Gastos en campañas y promoción comercial, en nuevas tecnologías, en formación, cuotas de asociaciones comerciales y empresariales y todos aquellos relacionados con los compromisos adquiridos.

Obligaciones y compromisos

Las personas beneficiarias de la ayuda económica tendrán que realizar, como mínimo, tres de las acciones relacionadas en el anexo III.

Plazo y forma de presentación la solicitud

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria por parte de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Se deben presentar las solicitudes mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento de acuerdo con lo que dictaminen las bases.

Las solicitudes se podrán presentar por cualquiera de las formas siguientes:

  • De forma telemática, en el enlace:

https://www.carpetaciutadana.org/mao/solicituds/iniciartramit.aspx?TIPO=AJECO

  • Por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4.a de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Publicidad de las bases reguladoras

Las bases reguladores se publicaran en el siguiente enlace:

  • Enlace en catalán:   https://www.carpetaciutadana.org
  • Enlace en castellano: https://www.carpetaciutadana.org

Procedimiento

El procedimiento de concesión de las ayudas económicas será en concurrencia no competitiva.

Órganos competentes

El órgano competente para resolver la concesión de la ayuda económica es el alcalde o el órgano correspondiente.

Pago

Se abonará un único pago del 100%, a partir del momento de concesión de la ayuda.

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución de las acciones será del 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.

Plazo y forma de justificación

El plazo de justificación finalizará el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.

La justificación se presentará mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo con lo que dictaminan las bases.

Otros datos de obligado cumplimiento

Se ha cumplir con todo lo que disponen las bases que regulan esta convocatoria de ayudas económicas, y de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación el 31.03.206 y publicada en el BOIB el 25.01.2018.

Maó, 30 de abril de 2020

 

El alcalde ​​​​​​​Héctor Pons Riudavets