Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MAÓ
Núm. 3509
Convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la activación y mejora de la calidad comercial, destinadas a establecimientos de actividades no esenciales, afectadas por el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma COVID-19.
Por Decreto de Alcaldía núm. 2020/DA2019/0000051, de fecha 30.04.2020, se ha aprobado la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la activación y mejora de la calidad comercial, destinadas a establecimientos de actividades no esenciales, afectadas por el RD 46372020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma COVID-19.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria por parte de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Los modelos normalizados de solicitud y los exigidos en los puntos número 8 y 9 de las Bases que regulan esta convocatoria, se encuentran en la página web del Ayuntamiento.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Objeto
El objeto de esta convocatoria, de acuerdo con las bases reguladoras, es la concesión de ayudas económicas a personas titulares de establecimientos abiertos al público, afectadas económicamente por la situación de crisis ocasionada per la COVID-19.
Finalidad
Aportar recursos económicos a los titulares de los establecimientos de actividades no esenciales, para contribuir a la reactivación de las empresas, al mantenimiento del tejido comercial y empresarial de Mahón y al impulso de la promoción y dinamización del sector.
Beneficiarios
Las personas físicas o jurídicas, en cualquiera de las formas reconocidas, titulares de establecimientos abiertos al público, de actividades no esenciales, obligados a cesar la actividad o a no iniciarla, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma.
Criterios objetivos de concesión de la ayuda económica
Las ayudas se concederán a aquellos solicitantes que reúnan los requisitos determinados en el apartado 3 de las bases reguladoras.
Cuantía de la ayuda
Establecimientos abiertos todo el año: 700 euros.
Establecimientos de temporada: 350 euros.
Presupuesto
Importe de 300.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria D02 4310 4810020, del presupuesto para el año 2020.
Gastos subvencionables
Gastos corrientes de alquiler, cuotas de préstamos, proveedores, suministros de agua, electricidad, gas y combustibles, comunicaciones (teléfono, correo, mensajería, conexión a internet) y las retribuciones salariales.
Gastos en campañas y promoción comercial, en nuevas tecnologías, en formación, cuotas de asociaciones comerciales y empresariales y todos aquellos relacionados con los compromisos adquiridos.
Obligaciones y compromisos
Las personas beneficiarias de la ayuda económica tendrán que realizar, como mínimo, tres de las acciones relacionadas en el anexo III.
Plazo y forma de presentación la solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria por parte de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Se deben presentar las solicitudes mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento de acuerdo con lo que dictaminen las bases.
Las solicitudes se podrán presentar por cualquiera de las formas siguientes:
https://www.carpetaciutadana.org/mao/solicituds/iniciartramit.aspx?TIPO=AJECO
Publicidad de las bases reguladoras
Las bases reguladores se publicaran en el siguiente enlace:
Procedimiento
El procedimiento de concesión de las ayudas económicas será en concurrencia no competitiva.
Órganos competentes
El órgano competente para resolver la concesión de la ayuda económica es el alcalde o el órgano correspondiente.
Pago
Se abonará un único pago del 100%, a partir del momento de concesión de la ayuda.
Plazo de ejecución
El plazo de ejecución de las acciones será del 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.
Plazo y forma de justificación
El plazo de justificación finalizará el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
La justificación se presentará mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo con lo que dictaminan las bases.
Otros datos de obligado cumplimiento
Se ha cumplir con todo lo que disponen las bases que regulan esta convocatoria de ayudas económicas, y de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación el 31.03.206 y publicada en el BOIB el 25.01.2018.
Maó, 30 de abril de 2020
El alcalde Héctor Pons Riudavets