Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 3498
Decreto aplicación RD 463-2020 abril

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por resolución de Alcaldía núm. 2020-0072, de fecha 24 de abril de 2020, se ha acordado sigue decretando, por el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19:

Visto el Decreto de Alcaldía 0057/2020 de día 17 de marzo de 2020 de aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por Covidien-19, y de acuerdo con la colaboración entre administraciones y con el fin de ayudar a hacer frente a la situación creada y aplicar las medidas excepcionales del citado Real Decreto como causa de la declaración del estado de alarma.

Visto que desde el día 13 de abril de 2020 se han reanudado actividades no esenciales, entre ellas la de la construcción, con el fin de contribuir a la recuperación de este y de otros sectores de la economía, se considera adecuado continuar determinados procedimientos (disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por Covidien-19)

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 21,1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,

RESUELVO

Primera.- Se continúa decretando el cierre de TODAS las instalaciones municipales.

Segunda.- Quedan garantizados la prestación de los servicios de competencia municipal.

Tercera.- En todos los servicios, con el fin de evitar el desplazamiento de los ciudadanos y limitar la de los empleados públicos, NO se hará otro atención al público que no sea de forma telefónica, a través de su electrónica o mediante correo electrónico: Los teléfonos Y direcciones de información son los siguientes:

Servicios generales: 971.52.20. 02

Policía Local: 663.32.91.33 y 628.529.759

Padrón habitantes: apol@ajllubi.net

Tributos: frossello@ajllubi.net y evanrell@ajllubi.net

Urbanismo: agual@ajllubi.net

Registro Civil: arxiu@ajllubi.net

Registro: apol@ajllubi.net

Cuarta.-Respecto la organización administrativa estará abierto al público para consultas telefónicas y / o telemáticas lunes a viernes de 09 h a 14 h.

Quinta.- Se suspenden todos los plazos a todos los procedimientos tramitados en este Ayuntamiento de Llubí excepto la continuación de los procedimientos de licencias urbanísticas y de licencias de actividades cuando la persona interesada manifieste su conformidad, expresa o tácita, con que no se suspendan los términos y los plazos administrativos.

Sexta.- Se levanta la suspensión de todas las sesiones o reuniones de órganos colegiados de este Ayuntamiento.

Séptima.- Reincorporación a la actividad de toda la Brigada municipal a partir del miércoles día 22 de abril de 2020.

 

Llubí, 4 de mayo de 2020

La alcaldesa

Magdalena Perelló Frontera