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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 3403
Propuesta de acuerdo al Pleno Municipal, en relación al horario establecido por ruidos y vibraciones, consecuencia del estado de alarma

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Texto

PROPUESTA DE ACUERDO QUE ELEVA EL ALCALDE AL PLENO MUNICIPAL

ASUNTO: MANTENER LA VIGENCIA DEL HORARIO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 23.3 DE LA OM DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA POR RUÍDOS Y VIBRACIONES, CONSECUENCIA DEL ESTADO DE ALARMA, MOTIVADO POR LA PANDEMIA GENERADA POR EL COVID-19 DEJANDO SIN EFECTO EL HORARIO PREVISTO PARA LA TEMPORADA COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE MAYO Y EL 30 DE OCTUBRE, QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 23.8 DE LA MISMA ORDENANZA MUNICIPAL.

De acuerdo con la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local y con la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, que reconocen a los municipios la potestad normativa reglamentaria, limitada por el principio de jerarquía normativa y competencia.

A la vista que la Corporación, ante la situación extraordinaria originada por la pandemia ocasionada por el COVID-19, que ha generado la declaración del estado de alarma y una grave crisis sanitaria, social y económica, que afecta y va a afectar a los ciudadanos del municipio, tiene la voluntad y la intención de adoptar todas las medidas que resulten posibles en el ámbito de su competencia, para dar soporte a la recuperación y mejora de las condiciones sanitarias, sociales, económicas y laborales, teniendo en cuenta las necesidades de los ciudadanos y protegiendo e impulsando las actividades que se desarrollan en el municipio, con la finalidad de superación de la grave crisis en la que se ve inmerso el municipio consecuencia, como se ha dicho, del COVID-19, dando siempre cumplimiento a las condiciones que se impongan por el estado de alarma en el que estamos inmersos.

Hay que significar que tan pronto como Calvià recupere su propia esencia, municipio de gran afluencia turística, se adoptarán sin demora, y en la forma que la situación lo permita, las medidas necesarias para impulsar la puesta en marcha de la hostelería, la restauración y de los establecimientos, actividades que caracterizan la temporada turística del municipio, y de esta forma retornar a todos los vecinos y residentes a sus usos y costumbres, compaginando de nuevo los intereses vecinales y los turísticos, mediante la aplicación de las Ordenanzas Municipales que para ello tiene aprobadas la Corporación Municipal, pues, todas las medidas que ahora se adoptan lo son para hacer frente a la situación extraordinaria, sobrevenida e inesperada originada por la pandemia del COVID-19.

Visto el Informe de la TAG de Infracciones y Sanciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local y artículos 100 y siguientes de la Ley 20/2005, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, se formula la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Manifestar la voluntad de este Ajuntament para adoptar todas las medidas necesarias para la superación de la crisis sanitaria, social, económica y laboral generada por la pandemia del COVID-19, entre otras, impulsando las actividades que se desarrollan en los distintos ámbitos del municipio.

SEGUNDO.- Mantener vigente el horario comprendido entre las 9 y las 18 horas los días laborables, de lunes a viernes, y entre las 10 y las 18 horas los sábados establecido en el artículo 23.3 de la referida OM de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, dejando sin efecto el horario previsto para la temporada comprendida entre el 1 de mayo y el 30 de octubre que establece el artículo 23.8 de la misma Ordenanza Municipal.

TERCERO.- Facultar al Alcalde para que, mediante Decreto, adapte el horario comprendido entre las 9 y las 18 horas los días laborables, de lunes a viernes, y entre las 10 y las 18 horas los sábados a la Orden conjunta de la consellera de Salut i Consum y de los consellers de Model Econòmic, Turisme i Treball, y de Mobilitat i Habitatge de la CAIB, de 25 de marzo de 2020, por la que se aprueba el Protocolo de medidas preventivas sanitarias para limitar la propagación y el contagio del COVID-19 (coronavirus) en el sector de la construcción (BOIB Nº 42, de 25 de marzo) y a la Orden SND 340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad (Ministerio de Sanidad, BOE nº 102 de 12 de abril de 2020). Todo ello sin perjuicio de las medidas que puedan adoptarse mediante otras Órdenes o de las que acuerde el Gobierno de España en el ámbito de su competencia.

CUARTO.- Dejar sin efecto cualquier resolución de alcaldía dictada en relación con horarios de ejecución de obras y exoneraciones de horario de las mismas, dictadas con anterioridad al presente acuerdo.

QUINTO.- Facultar al Alcalde para que, finalizada la situación que fundamenta la adopción de estas medidas, decrete la aplicación de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, en los términos en que está aprobada y publicada.

SEXTO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB y en la web municipal. Dar cuenta al Pleno, así como publicar en el BOIB y en la web municipal, los decretos que deriven del mismo.

 

Calvià, 21 de abril de 2020

El Alcalde Alfonso Rodríguez Badal