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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SELVA

Núm. 3355
Decreto por el cual se constituye el bolsín de arquitecto del Ayuntamiento de Selva

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Texto

Expediente: 142/2019

Selva, a fecha de la firma digital, el alcalde que suscribe, Sr. Joan Rotger Seguí, dicta el siguiente:

DECRETO DE ALCALDÍA 84/2020

I. ANTECEDENTES DE HECHO

1. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 9 de abril de 2019, de conformidad con la delegación de competencias para la alcaldía mediante Decreto 53/2018, por el que se aprobó la convocatoria y las bases del proceso de selección por sistema de concurso-oposición, para la constitución de personal funcionario de carrera de arquitecto del Ayuntamiento de Selva, convocatoria que se publicó en el BOIB nº 61, de 4 de mayo de 2019.

2. Una vez llevado a cabo el correspondiente procedimiento selectivo, este finalizó con el Acta del Tribunal de fecha 29 de noviembre de 2019 en el que se resolvieron las alegaciones en la fase de concurso y se formuló la siguiente propuesta:

«Segundo.- Aprobar el siguiente orden de clasificación definitiva de aspirantes con las puntuaciones siguientes:

 

ASPIRANTE

FASE OPOSICIÓN

FASE CONCURSO

TOTAL PUNTUACIÓN

 

1

43097933-G

51,41

18,937

70,347

2

43184367-G

47,18

13,10

60,280

3

46778523-L

42,00

16,248

58,248

4

46143178-A

43,94

12,235

56,175

5

78214016-D

38,59

12,962

51,552

6

X5564808-G

37,39

8,542

45,932

7

37335178-Z

38,57

0,000

38,570

Tercero.- Publicar en la página web del Ayuntamiento de Selva y en el tablón de anuncios de la sede electrónica, la lista definitiva de aspirantes que han superado las pruebas y formen, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de la calificación total obtenida:

 

ASPIRANTE

TOTAL PUNTUACIÓN

 

1

43097933-G

70,347

2

43184367-G

60,280

3

46778523-L

58,248

4

46143178-A

56,175

5

78214016-D

51,552

6

X5564808-G

45,932

7

37335178-Z

38,570

 

Cuarto.-Proponer el nombramiento del aspirante con DNI 43097933-G, para la cobertura de la plaza de arquitecto, funcionario de carrera del Ayuntamiento de Selva, por haber obtenido la mayor puntuación en el proceso selectivo.

El resto de los aspirantes pasarán a formar parte de la bolsa de trabajo prevista en la Base undécima de la convocatoria. »

5. En fecha de 7 de enero de 2020, el Sr. Francisco Alemany Bennàsar tomó posesión de la plaza de arquitecto municipal en régimen de funcionario de carrera de este Ayuntamiento.

6. De conformidad con la base undécima de las Bases específicas de la convocatoria de este proceso, es necesaria la creación de una bolsa de trabajo formada por los aspirantes que hayan superado todas las pruebas, a los efectos de poder ser nombrados funcionarios interinos , o ser contratados temporalmente para cubrir provisionalmente las vacantes que se produzcan, las ausencias del personal, las necesidades de los servicios, entre otros.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- El artículo 190.1 de la Ley 20/2016, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares establece:

«El personal funcionario de las entidades locales, así como el personal eventual, se rige por el Estatuto básico del empleado público y por la legislación básica de régimen local y las disposiciones de esta Ley en materia de función pública, por la Ley de función pública de las Islas Baleares en las materias no reservadas a la legislación básica del Estado ni reguladas por esta Ley, por la normativa de desarrollo de esta Ley y por la que dicten las entidades locales, así como por los acuerdos y los pactos aprobados por estas entidades. La normativa de desarrollo de la Ley de Función Pública de las Islas Baleares dictada por el Gobierno de las Islas Baleares es de aplicación supletoria. »

2.- Dado el inciso final del artículo 190.1 de la Ley 20/2016 que se ha transcrito, resulta de aplicación supletoria el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y, especialmente, los siguientes artículos:

«Artículo 3. Procedimiento ordinario

El procedimiento ordinario de selección de personal funcionario interino consiste en el sistema de bolsas de aspirantes provenientes de haber aprobado alguna prueba - sin que sea necesario haber superado el ejercicio o fase correspondiente- en una convocatoria pública de selección, ordenadas de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios. (...) »

Artículo 12. Vigencia de las bolsas

Las bolsas de personal funcionario interino tienen una vigencia máxima de tres años desde que se publican en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Una vez haya transcurrido este período de tiempo las bolsas pierden su vigencia y no se pueden reactivar. Este hecho se anunciará en la página web del Gobierno de las Islas Baleares. »

3.- Por otra parte, resulta de aplicación el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto a la definición y funciones de los funcionarios interinos.

4.- Asimismo, las bases que rigen esta convocatoria (BOIB núm. 61 de 4 de mayo de 2019) y, más concretamente la base undécima.

5.- Respecto a la competencia resultan de aplicación los artículos 21.1.h 124.4.i) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 21 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, en cuanto a las atribuciones de la alcaldía como jefe de personal, dirección de gobierno y administración municipal y de organización de los servicios.

De acuerdo con los antecedentes y fundamentos de derecho que se han detallado, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN

Primero.- Constituir la bolsa de trabajo de arquitecto/a municipal, como funcionario interino del Ayuntamiento de Selva, por orden de prelación y para la cobertura de las necesidades urgentes que puedan subvenir de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y queda como sigue a continuación:

 

​​​​​​​

 

ASPIRANTE

TOTAL PUNTUACIÓN

 

1

43184367-G

60,280

2

46778523-L

58,248

3

46143178-A

56,175

4

78214016-D

51,552

5

X5564808-G

45,932

6

37335178-Z

38,570

Segundo.- Publicar la presente, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en la sede electrónica del Ayuntamiento de Selva, al objeto de dar conocimiento público.

Interposición de recursos

Indicar que de acuerdo con la DA 3ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los plazos para presentar los recursos correspondientes quedan suspendidos.

Una vez pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas, se le indica que el presente Decreto el que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Alcalde en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la pérdida de vigencia de la suspensión o sus posibles prórrogas; o bien interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la pérdida de vigencia de la suspensión o sus posibles prórrogas.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que el primero se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo manda y firma el sr. Alcalde en fecha de la firma electrónica

 

Selva, 21 de abril de 2020

El Alcalde                                            El secretario interventor

                                                        Joan Rotger Seguí                                       Antoni Ferragut Mayrata