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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

Núm. 3316
Convenio colaboración AMPA CP Robert Graves de Deià curso 2019 - 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Para hacer constar que en fecha 13 de marzo de 2020 se procedió a la firma por parte del Ayuntamiento de su Deià del siguiente convenio, que se transcribe a continuación:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE DEIÀ Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES DE ALUMNAS DEL CP ROBERT GRAVES DE DEIÀ PARA EL CURSO 2019/2020

En Deià, a 14 de octubre de 2019

REUNIDOS

Por un lado, Lluís Enric Apesteguia Ripoll, con DNI número 43171358J, alcalde del Ayuntamiento de Deià, actuando en nombre y representación de esta Corporación, en virtud del arte. 21.1. b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Y, por otro lado, Julie Laure Charlotte Morel con NIE Y5743085E, como Presidenta de la AMPA del Colegio Público Robert Graves de Deià.

Ambas partes se reconocen la capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio y,

MANIFIESTAN

I.- Que el Ayuntamiento de Deià valora el trabajo educativo del AMPA del CP Robert Graves, como entidad sin ánimo de lucro, y reconoce que el AMPA del CP Robert Graves es la forma más efectiva que tienen los padres y madres de los alumnos de la escuela de agruparse y organizarse por todo aquello relacionado con el centro escolar, comedor y actividades extraescolares.

III.- Que el AMPA del CP Robert Graves lleva a cabo una tarea de participación y reivindicación de todos los aspectos referentes a la educación, con el objetivo de conseguir, junto con el profesorado de la escuela, la mejor formación de los hijos, basada en los principios propios de una sociedad democrática.

IV.- Que el AMPA del CP Robert Graves asume la gestión del comedor, las actividades extraescolares y lleva a cabo con otras actividades y proyectos encaminados a completar el aprendizaje del alumnado, a enriquecer la vida escolar y establecer vínculos entre la comunidad educativa y su entorno social, para mejorar la interacción y la vida sociocultural y educativa del pueblo.

V.- Que para apoyar en el AMPA del CP Robert Graves, el Ayuntamiento de Deià ha previsto en el presupuesto municipal para el ejercicio 2019 y para el ejercicio 2020, una consignación por importe de a la partida Convenio AMPA.

VI.- De acuerdo con aquello dispuesto al arte. 47 y ss. de la Ley 40/2015 y visto el marco legal por el cual se rigen las subvenciones, ambas partes convienen la suscripción del presente instrumento canalizador de la subvención y ayudas previstas, las cuales se rigen por las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO

El objeto del convenio es la colaboración entre la AMPA CP Robert Graves y el Ayuntamiento de Deià en relación a las siguientes actividades, ámbitos de actuación o costes que son asumidos por el AMPA en el marco de las tareas descritas a los antecedentes anteriores, previstos para el curso escolar 2019-2020.

-Servicio de comedor.

- Compra de material escolar.

- Actividad extraescolar de tenis.

- Actividad extraescolar de ajedrez.

- Transporte necesario por 5 las salidas escolares.

- Compra de material pedagógico especializado y relacionado con determinadas actividades a realizar en clase.

Existe partida presupuestaria para hacer frente a los compromisos económicos a asumir por parte del Ayuntamiento de Deià en el estado de gastos del Presupuesto del consistorio del ejercicio 2019, a la partida 321 48004 01, partida que también se dotará en las cantidades comprometidas para el siguiente ejercicio 2020.

SEGUNDA.- IMPORTE Y FORMA DE PAGO

El importe total de las ayudas se fija en la cantidad máxima de 15.750 €.

Los anteriores servicios se clasifican en dos líneas de ayuda diferente, según la forma en la que el Ayuntamiento de Deià se compromete a colaborar.

LÍNEA A.- Actividades por las cuales el Ayuntamiento  asume el coste directo, abonándose una vez facturadas a nombre del Ayuntamiento.

- Actividad extraescolar de ajedrez, por importe de 1.000 € por curso escolar.

- Transporte necesario para las salidas escolar, por un importe máximo por curso escolar de 1.750 €.

TOTAL AYUDAS LÍNEA A: 2.750 €

LÍNEA B.- Actividades y costes no asumidos directamente por el Ayuntamiento, si no que  colabora mediante la financiación de una parte sometida a los requisitos de justificación y al resto de criterios que, seguidamente, se expondrán. Las actividades de la línea B serían:

-Servicio de comedor, por un importe máximo subvencionable de 6.000 €.

- Compra de material escolar, por un importe máximo subvencionable de 50 €/alumno (aproximadamente 2.000 €).

-Actividad extraescolar de tenis, por un importe de 2.000 €, correspondiendo en mitad del coste total de la actividad.

- Compra de material pedagógico especializado y relacionado con determinadas actividades a realizar en clase, por un importe máximo de 3.000 €.

TOTAL AYUDAS LÍNEA B: 13.000 €

La tramitación del pago de las actividades y costes incluidos a la LÍNEA B se realizará de la siguiente forma:

- Se efectuará un pago por adelantado de CINCO MIL EUROS (5.000 €) del importe total de las partidas incluidas dentro de la LINEA B, una vez firmada el presente convenio.

- Se efectuará un segundo pago por adelantado de TRES MIL CUATRO CIENTOS CINCUENTA EUROS (3.450,00 €), tan pronto se haya aprobado el Presupuesto municipal para el ejercicio 2020.

-El último pago de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA EUROS (4.550,00 €) se abonará una vez justificada la subvención de acuerdo con aquello establecido en la cláusula tercera de este convenio.

La carencia de justificación de acuerdo con aquello establecido en la cláusula tercera comportará la exigencia de reintegro de las cuantías pendientes, de acuerdo con el establecido al arte. 36 y siguientes de la Ley General de Subvenciones.

TERCERA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN (LÍNEA B)

Se podrá proceder a la justificación de la subvención a partir del día 15 de junio de 2020, fijándose como fecha máxima para la justificación el día 31 de septiembre de 2020. Si no se justifica la subvención dentro del plazo establecido, se procederá a la revocación de la subvención, con la consiguiente pérdida del derecho al cobro o la obligación de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.

La justificación se presentará por escrito dentro del plazo previsto, mediante una instancia general que tendrá que ser llenada y presentada, adjuntando la correspondiente documentación, a través del registro general de entrada de documentación del Ayuntamiento.

La documentación que se tendrá que aportar en relación con las partidas de la LINEA B.- es la siguiente:

DOCUMENTACIÓN GENÉRICA

- Declaración responsable  firmada por la Presidenta o la Tesorera del Ampa de que se encuentra al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social, Agencia Tributaria, autorizando en el Ayuntamiento de Deià a obtener de forma directa la acreditación de estar al corriente de dichas obligaciones, a través de certificados telemáticos.

-Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los compromisos acordados, con indicación de las actuaciones y actividades realizadas.

- Una relación del estado de ingresos y gastos imputados a los diferentes proyectos , incluyendo una relación detallada, para cada una de las partidas subvencionadas, de las ayudas, ingresos o recursos que hayan financiado la actividad, con indicación de su importe y procedencia.

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

-En relación con el SERVICIO DE COMEDOR:

- Nóminas correspondientes al curso escolar subvencionable.

- Justificando de pago de las nóminas.

- En relación con el MATERIAL ESCOLAR:

- Certificación de la Directora del CP Robert Graves donde se indiquen el total de alumnos matriculados para el curso 2019-2020.

- Factura por la compra del material escolar.

-Justificando de pago de la factura.

- En relación con la actividad extraescolar de TENIS:

- Certificación de la monitora o monitor de tenis donde se indiquen el total de alumnos matriculados.

- Cuenta justificativa simplificada del coste total al cual ha ascendido la actividad de tenis, firmada por la Presidenta o Tesorera del Ampa.

- Facturas emitidas por la monitora o monitor de tenis.

-  En relación con la compra de MATERIAL PEDAGÓGICO:

- Facturas de compra del material.

- Justificando de pago de la factura.

-  Memoria breve de las actividades a las que se ha destinado el material.

Las facturas aportadas tendrán que incluir el NIF del perceptor, ir a nombre del Ampa CP Robert Graves y se  tendrá que incluir una identificación clara de los conceptos a los que haga referencia. Estas facturas tendrán que haber sido emitidas dentro del periodo subvencionable.

Sin perjuicio de la documentación relacionada, el Ayuntamiento comprobará la cuenta justificativa y podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes que considere oportunos y que permitan obtener una evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención.

CUARTA.- OBLIGACIONES DEL AMPA CP ROBERT GRAVES

1.- El Ampa del CP Robert Graves se compromete a ejecutar las actividades subvencionadas en conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como a su justificación.

2.- El Ampa del CP Robert Graves está obligado a someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice el Ayuntamiento y a aportar cuánta documentación le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación a la subvención concedida.

3.- Los documentos justificativos de la subvención se tendrían que conservar por un periodo no inferior a seis años, a contar desde la finalización de la presentación de las justificaciones.

QUINTA.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE DEIÀ

1.- Colaborar económicamente con el Ampa del CP Robert Graves de acuerdo con aquello establecido en el presente convenio.

2.- Considerar todos aquellos proyectos que solicite el Ampa del CP Robert Graves y que tengan por objetivo la educación y formación dirigida a los alumnos, al profesorado o en la comunidad educativa en general.

3.- Valorar, si a lo largo del curso escolar se produce una incidencia, la necesidad de incrementar la colaboración del Ayuntamiento, mediante una revisión de este convenio y la inclusión de un anexo acompañado de un informe valorable de la Secretaria/Interventora.

SEXTA.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES

Lo Ampa del CP Robert Graves tendrá que comunicar la petición y/u obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado en el momento de la solicitud.

La subvención otorgada será compatible con cualquier otra que se pueda conceder por otras administraciones, entes públicos o privados; siempre y cuando el importe total de las subvenciones recibidas por la misma finalidad no supere el coste total del proyecto o actividad a desarrollar.

SÉPTIMA.- RÉGIMEN JURÍDICO SUPLETORIO

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con aquello establecido al Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015.

Por todo aquello no previsto en el presente convenio, se estará a aquello establecido a la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Deià, a la Ley 38/2003 General de Subvenciones y a su Reglamento.

OCTAVA.- VIGENCIA DEL CONVENIO

Este convenio entrará en vigor en el momento de su firma, considerándose este momento como el de la aceptación de la subvención por parte de la Ampa, y saldrá efectos para el curso escolar 2019-2020.

Desde entonces, este convenio será revisable y prorrogable de forma anual, para siguientes curso escolares, previo consentimiento expres por ambas partes de prorrogarlo.

Y así lo firman, por duplicado y en un solo efecto,

 

Deià, 16 de abril de 2020

El alcalde

Lluís Enric Apesteguia Ripoll