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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SENCELLES

Núm. 3287
Modificación de la ordenanza municipal de Policía, Buen Gobierno y Convivencia Ciudadana

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sencelles en sesión ordinaria celebrada en fecha 24 de ENERO de 2020, acordó la aprobación provisional de los puntos siguientes:

- Creación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa para optar a las pruebas de selección de personal.

Una vez superado el tiempo de exposición pública sin que se haya presentado ninguna reclamación, queda aprobada definitivamente, con el texto que se reproduce seguidamente:

Ampliación de la Ordenanza de Policía, Buen Gobierno y Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Sencelles

Exposición De Motivos

(…) La Directiva marco de residuos 2008/98/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 19 de noviembre y la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares incorporan las políticas de prevención y las obligaciones de reciclaje, estableciendo una jerarquía nueva en materia de gestión de residuos, insertando los principios del Sexto Programa Comunitario en Materia de Medio Ambiente.

En este sentido, el Ayuntamiento de Sencelles sensibilizado con la problemática del plástico –que es un problema global que nos afecta a todas las personas, porque todas participamos de este modelo de consumo insostenible e irracional, que en poco más de 50 años ha hecho que el uso del plástico, en todos los ámbitos de nuestra vida, haya aumentado exponencialmente y todas las industrias lo usen para crear sus productos, provocando que hasta 12 millones de toneladas de plásticos entren en los océanos cada año, ahogando los ecosistemas, provocando daños a la fauna y entrando en la cadena alimentaria– quiere posar su granito de arena para empezar a cambiar esto y asegurar un futuro más digno y justo a nuestras futuras generaciones, poniendo en marcha e incentivando nuevos hábitos de consumo más conscientes y sostenibles, fomentando un uso más racional del plástico, ampliando esta ordenanza con un nuevo capítulo en el que por ejemplo se implementará el uso de vasos reutilizables que pueden evitar el 80% de los desechos generados en un acontecimiento.

Además, acabaremos de implementar la recogida separada con papeleras específicas para rechazo, papel y envases en los edificios y espacios públicos como plazas, parques infantiles, aparcamientos, colegio y polideportivo, donde también se instalarán fuentes de agua potable, garantizando la higiene y la seguridad alimentaria.

Capítulo XI Reducción de residuos plásticos en el municipio de Sencelles

Artículo 121.º Reducción de residuos en los acontecimientos.

1.- En las fiestas populares y acontecimientos públicos, incluidos los deportivos, y tanto en los organizados por el Ayuntamiento, como por otras entidades, instituciones, organismos, empresas o establecimientos que necesiten de autorización del Ayuntamiento, tendrán que emplear vasos reutilizables.

a)- En los acontecimientos públicos donde la bebida no sea gratuita y los vasos sean cedidos por el Ayuntamiento, se establecerá un sistema de depósito y devolución para evitar el abandono de los vasos o su gestión incorrecta con la libertad de cada cual de quedarse el vaso o devolverlo con la consiguiente devolución del depósito.

b)- Los bares que monten barra o parada a la vía pública tendrán que emplear únicamente vasos reutilizables propios.

c)- Las entidades que monten barra o parada a la vía pública podrán emplear vasos reutilizables propios o cedidos por el Ayuntamiento.

2.- No se podrán servir latas o botellitas individuales, ni papel de aluminio.

3.- El Ayuntamiento pondrá al alcance de la entidad/asociación, para cada acontecimiento, un juego de contenedores y bolsas para separar los residuos y poderlos reciclar. Concretamente se proporcionará uno para envases, uno para papel y cartón, uno para vidrio y uno para materia orgánica. Todos los residuos que se generen durante la celebración de la actividad se tendrán que dejar debidamente separados y etiquetados si están fuera de los contenedores correspondientes.

4.- Queda prohibida la utilización de vajilla desechable que genere cualquier tipo de residuo (vajillas de plástico, cartón u otros materiales) excepto que sea compostable.

Artículo 122.º Reducción de residuos a las concesionarias municipales.

1.- Las concesionarias municipales tendrán que tener sus propios vasos reutilizables y no podrán emplear vasos desechables, excepto los compostables en el caso de servir bebidas para llevar.

2.- Las latas o botellas de plástico solo se podrán servir para llevar fuera del espacio de la concesionaria.

3.- No se podrá emplear papel de aluminio

Artículo 123.º Decoración festiva.

1.- Los elementos decorativos de los acontecimientos que requieran de autorización municipal u organice el Ayuntamiento, como el papelín de las fiestas, si son desechables, no podrán ser de plástico.

Artículo 124.º Régimen sancionador

1.- Las conductas que supongan la infracción de los artículos anteriores podrán ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 €. En caso de reincidencia la sanción será del doble de la sanción inicial, duplicándose sucesivamente la sanción impuesta en caso de reincidencia múltiple, hasta un máximo de 3.000 Euros.

2.- En todo caso, serán responsables de las infracciones, las personas, empresas o entidades organizadoras.

 

Sencelles, 17 de abril de 2020

El Alcalde Joan Carles Verd Cirer