Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 3281
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 6 d’abril de 2020 por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, del municipio de Alcúdia, con la ampliación de una unidad más de educación infantil y la transformación de una unidad de educación primaria en una unidad de educación secundaria obligatoria
Hechos
1. Una Orden Ministerial de 30 de octubre de 1980 (BOE núm. 283, de 25 de noviembre) aprobó la transformación y clasificación definitiva del centro Nuestra Señora de la Consolación, de Alcúdia, como centro de educación infantil y de educación primaria, con 8 unidades y 320 plazas escolares.
2. Una orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes de 11 de junio de 1998 (BOIB núm. 86, de 2 de julio) autorizó la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación secundaria Nuestra Señora de la Consolación, de Alcúdia, que quedó configurado de la siguiente manera:
Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares.
Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares.
Educación secundaria obligatoria: 4 unidades y 120 plazas escolares.
3. Mediante diferentes resoluciones a lo largo de los años 2007, 2009, 2011, 2013, 2014... el centro fue cambiando su configuración dadas las necesidades de escolarización.
4. Finalmente, una resolución del consejero de Educación y Universidad de 28 de noviembre de 2017 (BOIB núm. 153, de 16 de diciembre) autorizó la modificación de su configuración, con la transformación de una unidad de educación primaria en una unidad de educación secundaria obligatoria para el curso 2017-2018 y de una unidad de educación primaria en una unidad de educación infantil para el curso 2018-2019. El centro quedó configurado de la siguiente manera para el curso 2018-2019:
Educación infantil de segundo ciclo: 4 unidades y 100 plazas escolares.
Educación primaria: 7 unidades y 175 plazas escolares.
Educación secundaria obligatoria: 6 unidades y 180 plazas escolares.
5. En fecha 21 de enero de 2020 (NRE L13E3883/2020 de 24 de enero), el director del centro privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, de Alcúdía, como representante de la titularidad del centro, presentó una solicitud para la modificación de la configuración mediante la ampliación de una unidad de educación infantil y la transformación de una unidad de educación primaria en una unidad de educación secundaria, y aportó los planos que justificaban el cumplimiento de la normativa en cuanto a los requisitos mínimos exigidos por la legislación vigente.
6. Desde el Servicio de Infraestructuras de Centros se revisó la documentación aportada y se comprobó que, en lo referente a la ampliación de una unidad más de educación infantil, el centro cumple con los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarios, según el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero. En lo referente al cumplimiento de la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de Accesibilidad Universal de las Illes Balears, el centro se ha comprometido a realizar las obras necesarias, en concreto, adaptar un baño, para poder cumplir con esta normativa.
7. El 2 d'abril de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente de autorización del centro Nuestra Señora de la Consolación, del municipio de Alcúdia, con la ampliación de una unidad más de educación infantil y la transformación de una unidad de educación primaria en una unidad de educación secundaria obligatoria, y se especificaba que se ha comprobado que el centro cumple con los requisitos mínimos establecidos en la legislación vigente.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE núm. 86, de 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
5. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias
6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
7. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 3 d'abril de 2020, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de la Consolación, del municipio de Alcúdia, con la ampliación de una unidad más de educación infantil y la transformación de una unidad de educación primaria en una unidad de educación secundaria obligatoria.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07000111
Denominación genérica: centro privado de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria
Denominación específica: Nuestra Señora de la Consolación
Titular: Congregación Agustinas Hermanas del Amparo
Domicilio: c. de Cabrera, núm. 5
Localidad: Alcúdia
Municipio: Alcúdia
CP: 07400
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil: 5 unidades y 125 plazas escolares.
Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares.
Educación secundaria obligatoria: 7 unidades y 210 plazas escolares.
3. Inscribir esta modificación en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.
4. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 6 de abril de 2020
El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March Cerdà