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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Núm. 3227
Suspensión temporal de la aplicación del punto 3 del artículo 69 de la ordenanza municipal de policía y buen gobierno del Ayuntamiento de Santanyí

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Texto

Mediante este anuncio se hace público que esta Alcaldía ha dictado en fecha 7 de abril de 2020 la siguiente resolución:

Dado el estado de la Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, declarado por el Gobierno español mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y prorrogado hasta las 00 horas del día 12 de abril de 2020 el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo y dado que se hace necesario adoptar todas las medidas posibles para mitigar las consecuencias sociales y económicas derivadas de esta pandemia con la máxima celeridad, y que el punto 3 del artículo 69 de la Ordenanza municipal de policía y buen gobierno, limita la ejecución de obras de Jueves Santo hasta el día 15 de octubre de cada año en un radio de 250 metros de cualquier establecimiento turístico de alojamiento legalizado en los núcleos de Cala d'Or, Portopetro, Cala Figuera, Cala Santanyí y sa Barca Trencada. Visto también que esta ordenanza establece que en zona turística durante los meses de julio, agosto y septiembre no podrá realizarse ningún tipo de obra o instalación, salvo aquellas de carácter urgente necesarias por razones de seguridad, ornato o salubridad y, en previsión de que el Gobierno de España disponga la posibilidad de ejecutar obras antes de que se puedan abrir al público los hoteles y establecimientos de alojamientos turísticos que al día de hoy permanecen cerrados por la Orden Ministro de Sanidad SND / 257/2020, de 19 de marzo, y visto también el informe del técnico jurídico del departamento de urbanismo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local,

DISPONGO:

1. La suspensión de la aplicación del punto 3 del artículo 69 de la ordenanza municipal de policía y buen gobierno del Ayuntamiento de Santanyí, únicamente hasta que los establecimientos de alojamientos turísticos puedan ser abiertos al público.

2. En todo caso, se deberán respetar las medidas de seguridad y sanitarias que las autoridades sanitarias establezcan.

3. Dar cuenta de esta resolución al próximo Pleno.

 

Santanyí, 14 de abril de 2020

La Alcaldesa

Maria C. Pons Monserrat