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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 3195
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 19 de de febrero de 2020, por la cual se crea la lista de profesionales para llevar a cabo los programas de prevención incluidos en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las islas Baleares 2019-2020, se determinan los requisitos y las condiciones de los profesionales para participar en estos programas y se establece el procedimiento para acceder a la lista de profesionales

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Texto

Antecedentes

1.La Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias establece entre sus objetivos (artículo 3) el fomento de las competencias familiares. Más adelante, y para garantizar este objetivo, en el apartado de medidas técnicas en materia de servicios sociales (artículo 17), obliga al Gobierno de las Islas Baleares a la creación y desarrollo de programas de competencias parentales y familiares.

2. El Consejo de Gobierno de 12 de abril de 2019 aprobó la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020, que recoge una serie de actuaciones prioritarias en materia de prevención familiar, consistentes en programas de apoyo de la parentalidad y competencias familiares, para desarrollar en colaboración con los Ayuntamientos de las Islas Baleares.

3. Tal y como  prevé el texto de la Estrategia, las entidades locales tienen un papel principal en las actuaciones para desarrollar, por el conocimiento de la realidad en que se ha de intervenir y porque les corresponde la selección de las familias más necesitadas de este tipo de intervención.

4. Paralelamente y así como  expone  el punto 5.2 de la Estrategia, y con la finalidad de dar cobertura a la ejecución de programas de competencias familiares a todas las Islas Baleares, se ha de crear una lista de profesionales técnicos cualificados para poder ofrecer las diferentes intervenciones en todos los municipios de las Islas Baleares. La  lista de profesionales que quieran participar en la implantación de esta Estrategia se ha de crear mediante una resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes  en la cual se determinarán los requisitos básicos comunes, los criterios de selección, el orden de prelación y los aspectos de organización de cualquier programa de competencias familiares. Por otro lado, y mediante resoluciones de la consejera, progresivamente se irán incorporando  los requisitos particulares de cada uno de los programas de competencias familiares, y en estas resoluciones, se determinarán el perfil de población, la estructura y el contenido de las sesiones  y las características propias.

5. En fecha 14 de febrero de 2020, la consejera de Asuntos Sociales y Deportes dicta resolución por la cual se ordena el inicio del procedimiento para la creación de la lista de profesionales para impartir acciones formativas en los programas de prevención incluidos en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020, se determinan los requisitos y condiciones de los profesionales para participar en los programas y se establece el procedimiento para acceder a la lista de profesionales.

Consideraciones jurídicas

1. El artículo  30.16 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares,  que atribuye a la Comunidad autónoma de las Islas Baleares la competencia exclusiva de la protección social de la familia.

2.La Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, en tanto obliga al Gobierno de las Islas Baleares a la creación y desarrollo de programas de competencias parentales y familiares.

3. Los artículos 62 y siguientes de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, en relación al personal profesional de los servicios sociales.

4. El artículo  2.5 del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares, que determina que la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias de la consejería de Asuntos Sociales y Deportes ejerce sus competencias en el ámbito, entre otros, de las políticas de promoción y apoyo a las familias y unidades de convivencia.

5.El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de abril de 2019, por el cual se aprueba la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020, que recoge una serie de actuaciones prioritarias en materia de prevención familiar, que se traducen en programas de apoyo de la parentalidad para desarrollar en colaboración con los Ayuntamientos de las Islas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Crear la lista de profesionales para llevar a cabo los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020 y aprobar su régimen de funcionamiento y el procedimiento de acceso de acuerdo con el anexo I de esta Resolución.

2. Aprobar los requisitos básicos comunes, los criterios de selección, el orden de prelación y los aspectos de organización de la lista de profesionales para llevar a cabo los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020, que constan en el anexo 1 de esta Resolución.

3. Publicar esta resolución y los anexos correspondientes en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la sala Contenciosa del Tribunal superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 19 de febrero de 2020

La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez

 

ANEXO 1 Creación de la Lista de profesionales para llevar a cabo los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020 de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias y regulación del  funcionamiento, los requisitos y las condiciones de acceso.

1. Objeto:

El objeto de este anexo es la creación y el establecimiento de los requisitos básicos comunes, los criterios de selección, el orden de prelación y los aspectos de organización de la lista de profesionales de los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020 (de acuerdo con el apartado 5.1 de la Estrategia).

2. Requisitos:

2.1. Requisitos generales.

Pueden formar parte de este listado todas aquellas personas profesionales que cumplan los requisitos siguientes:

  • Estar en posesión de alguno de los títulos de licenciatura o grado siguientes: Psicología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social y Magisterio.
  • Estar de alta en el Censo de empresarios profesionales y retenedores.
  • Estar de alta en el colegio profesional correspondiente cuando las normas exijan colegiación para el ejercicio de su actividad profesional.
  • No incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio de las administraciones públicas y Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidad del personal al servicio de la Administración General del Estado, de la Seguridad Social y de los entes, organismos y empresas dependientes.
  • No haber estado inhabilitado para el ejercicio de su profesión por resolución judicial firme.
  • Disponer del Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
  • Disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionar en el ejercicio de su profesión.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. La Administración comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.

2.2. Requisitos específicos.

En la resolución de la convocatoria de cada programa de competencias familiares se definirán los requisitos específicos de formación necesaria para los profesionales que lo han de desarrollar.

3. Solicitud

3.1. Las personas  interesadas en formar parte de la lista de profesionales para llevar a cabo los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020  han de rellenar el impreso de solicitud (anexo 2) que estará disponible en la web de la Consejería (http://www.caib.es/govern/organigrama/area.do?coduo=196&lang=ca). En la solicitud deberán indicar expresamente las islas o las zonas en las cuales quieren intervenir. A tal efecto, las solicitudes se distribuyen en las siguientes islas y/o zonas:

  • Zona Palma: Palma, Calviá, Marratxí, Santa Eugenia, Andratx, Esporles, Bunyola  y Puigpunyent.
  • Zona norte i raiguer: Alaró, Binissalem, Búger, Campanet, Consell, Inca, Lloseta, Llubí, Mancor de la Vall, Santa Maria del Camí, Sencelles, Sineu, Selva, Alcúdia, Muro, Sa Pobla, Pollença, santa Margalida, Costitx.
  • Zona pla i Mitjorn: Ariany, Llucmajor, Algaida, Petra, Porreres, Campos, Santanyí, Felanitx, Manacor, Ses Salines, Lloret de Vista Alegre, Sant Joan, Vilafranca, Maria de la Salut, Montuïri, Artà, Capdepera, Sant Llorenç des Cardassar i Son Servera.
  • Zona tramuntana: Sóller, Valldemossa, Deià, Banyalbufar, Estellencs, Escorca i Fornalutx.
  • Zona Eivissa-Formentera:  Eivissa, Sant Josep de sa Talaia, Santa Eulària del Riu, sant Joan de Labritja, Sant Antoni de Portmany i Formentera.
  • Zona Menorca: Ciutadella, Maó, Es Castell, Es Mercadal, Es Mitjorn Gran, Ferreries i Sant Lluís.

3.2. Junto a la solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso que la persona solicitante no sea española, del documento acreditativo de la identidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).
  • Copia compulsada del documento que acredite la titulación requerida.
  • Declaración responsable de no hallarse inhabilitado par el ejercicio de su profesión por resolución judicial firme ni de incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos por la normativa vigente (anexo 3).
  • Copia compulsada del documento de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados (anexo 4).
  • Certificado de estar inscrito en el colegio profesional oficial correspondiente, en que conste que la persona se halla al corriente de las cuotas colegiales.
  • Copia compulsada de la póliza de seguro de responsabilidad civil y copia del último recibo de pago de la prima de seguro.
  • Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

3.3. Las personas interesadas en formar parte de la lista de profesionales para los programas de Competencias Familiares podrán presentar dos tipos de solicitudes, ambas compatibles:

a) Solicitud individual: en el caso que la solicitud sea individual, la persona interesada ha de cumplir con los requisitos mencionados en el punto 2 de este anexo.

b) Sol·licitud de equipo: en el caso que la solicitud sea grupal, todas las personas interesadas han de cumplir los requisitos mencionados en el punto 2 de este anexo.

3.4. Lugar, plazo y revisión de las solicitudes e inclusión en el listado

Las solicitudes debidamente rellenadas se pueden presentar en cualquier momento  en la sede de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias, ubicada en la calle  Sant Joan de la Salle núm. 4B, de Palma, o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 37.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma. Los aspirantes de las islas de Menorca, Ibiza i Formentera podrán registrar su solicitud en las oficinas de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes de Menorca y de Ibiza. En el caso que la solicitud no cumpla los requisitos legales o los de este anexo o no incorpore la documentación citada en el punto 3.2, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la notificación del requerimiento, subsane el defecto o aporte la documentación que falta, con la indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de la petición, con la resolución previa que se ha de dictar en los términos legalmente previstos. La Comisión técnica de Valoración, Gestión y Seguimiento prevista en el punto 10 de este anexo revisará la solicitud y la documentación aportada y comprobará que la solicitud y documentación que la acompaña cumple los requisitos para formar parte de la lista. La resolución de inclusión o exclusión en el listado será notificada a las personas solicitantes.

4. Ordenación y gestión de la Lista de  profesionales

4.1. Sobre la base de las zonas elegidas en cada una de las solicitudes, las nuevas incorporaciones se irán añadiendo, según el orden de entrada de la solicitud en el Servicio de Familia.

4.2. El Servicio de Familias publicará en la página web de la consejería  la relación de profesionales de la lista inscritos en cada una de las islas o zonas de las Islas Baleares y velará para que esté permanentemente actualizada.

4.3. Los profesionales incluidos en las listas podrán renunciar, de manera expresa, a seguir formando parte de éstas.

4.4. Así mismo, han de comunicar al Servicio de Familias cualquier modificación de sus datos personales o profesionales.

4.5. Las listas estarán abiertas permanentemente de acuerdo con el contenido de la estrategia.

5. Designación para la ejecución de un programa

5.1. La Comisión Técnica de Valoración, Gestión y Seguimiento de la Estrategia de Desarrollo de Competencias Familiares creada a tal efecto, propondrá la persona formadora inscrita individualmente o las personas formadoras inscritas de forma grupal (para los programas en los cuales sea necesario el desarrollo del trabajo en grupo). La designación se hará siguiendo un orden de prelación determinado por los factores siguientes:

  • El orden de entrada de las solicitudes, dentro de la formación concreta para cada programa.
  • El ámbito territorial seleccionado.

Esta designación se hará mediante Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes.

6. Alteración del orden en la lista de profesionales

6.1. Se entiende que la no aceptación de la designación queda justificada si se acredita alguno de los motivos siguientes:

  • Padecer una enfermedad, con baja médica.
  • Hallarse fuera de la isla en el momento de la ejecución del programa.
  • Tener motivos laborales que impidan realizar la implementación del programa en el plazo de siete días naturales desde la designación.

La existencia de cualquiera de las causas señaladas se habrán de acreditar adecuadamente , en este caso se seleccionará al siguiente profesional de la lista.

7. Funciones de los profesionales

Los profesionales seleccionados de la lista no tendrán en ningún caso la consideración de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Para desarrollar el programa correspondiente, tienen las responsabilidades siguientes:

  • Colaborar con los Servicios Municipales en la selección de las familias participantes en los talleres, determinar el lugar de impartición y los recursos materiales para la preparación de las sesiones.
  • Preparar los talleres asignados en lo que respecta a los materiales y contenido.
  • Llevar a cabo los talleres siguiendo las directrices marcadas por el modelo de programa de competencias familiares concreto.
  • Coordinarse con los servicios sociales del municipio en lo que respecta al estado, evolución y seguimiento de las familias.
  • Asistir a las reuniones que desde el Servicio de Familias y los municipios se propongan.
  • Utilizar los modelos de documentos y registros establecidos por la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias, así como llevar al día la documentación y recogida de datos de los talleres.
  • Presentar una memoria técnica y una base de datos cumplimentada con los resultados obtenidos además de la correspondiente factura.

8. Desarrollo de los programas

8.1. Los programas a desarrollar se establecerán por resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes.

8.2. Todos los programas serán totalmente gratuitos para los usuarios .

8.3. Las entidades locales interesadas se pueden adherir a la Estrategia  mediante un convenio con la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

8.4. Los municipios, mancomunidades o entidades que suscriban el convenio correspondiente pueden solicitar la implantación de cualquier programa de competencias familiares mediante la hoja de solicitud que se podrá descargar de la web de la consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

8.5. Una vez determinado el programa a desarrollar en cada municipio, y concretadas la fechas, la Comisión Técnica de Valoración, Gestión y Seguimiento propondrá la designación del conjunto de profesionales para ejecutarlo.

9. Retribución de los profesionales

9.1. La Dirección General de Infancia, Juventud y Familias retribuirá a cada profesional que desarrolle programas de competencias familiares, a razón de 19,26 euros por hora trabajada y facturada por programa realizado. A esta cantidad hay que añadir el IVA al tipo reducido del 10% de acuerdo con lo previsto en el artículo 20. Uno. 8º j) en relación con el artículo  91. Uno.2.7º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

9.2. Se prevé una indemnización para el desplazamiento de los profesionales en vehículo particular de 0,3322€ por kilómetro, calculado para un solo vehículo para cada desplazamiento de ida y vuelta desde el domicilio fiscal declarado. El precio por kilómetro viene determinado por la Resolución del Consejero de Economía y Hacienda de 30 de diciembre de 2009 por la cual se actualizan las cuantías de indemnización por razón del servicio del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o cantidades actualizadas a la fecha de la realización del servicio.

9.3. La suma de las facturaciones para ambos conceptos en ningún caso podrá superar los 4.999,9 euros por persona perceptora en el plazo de 12 meses.

9.4. La resolución de convocatoria de cada uno de los programas puede regular específicamente aspectos concretos sobre los servicios a facturar en función de la duración, características y lugar de ejecución y, por tanto, establecer una regulación diferente o complementaria a la que establecen los puntos   9.1., 9.2. y 9.3 de este anexo.

9.5. Una vez concluida la intervención, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la última sesión, cada profesional ha de remitir al Servicio de Familia la solicitud de pago debidamente rellenada, a la que ha de adjuntar la documentación siguiente:

a) La factura con todos los conceptos desglosados

b) Los Justificantes de las sesiones

c) La memoria técnica

10. Comisión técnica de Valoración, Gestión y Seguimiento

10.1. Se crea la Comisión Técnica de Valoración, Gestión y Seguimiento como el órgano encargado de la valoración, gestión y seguimiento de los programas enmarcados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares 2019-2020.

10.2. Composición:

La comisión está integrada por un presidente y dos vocales, uno de los cuales ha de actuar como secretario o secretaria:

a. El presidente será el jefe del Servicio de Familia de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias o la persona en que delegue.

b. Los vocales titulares y suplentes de la Comisión han de ser personal del Servicio de Familia.

La directora general de Infancia, Juventud y Familias designará y nombrará los vocales titulares y suplentes de la Comisión.

10.3. La Comisión tiene las funciones siguientes:

  • Recibir las solicitudes de las personas  que quieran formar parte de la lista de profesionales.
  • Revisar las solicitudes y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos profesionales de las personas interesadas en formar parte de la lista.
  • Elevar a la Directora General de Infancia, Juventud y Familias el informe favorable o desfavorable sobre cada profesional para que dicte la resolución correspondiente.
  • Gestionar el listado de todos los profesionales para el desarrollo de los programas concretos de competencias familiares.
  • Recibir las solicitudes de programas de los ayuntamientos y asignarles el equipo de profesionales encargados de ejecutarlos.
  • Supervisar la designación del equipo de  profesionales de acuerdo con el orden de prelación establecido en la lista.
  • Revisar la documentación justificativa que la persona formadora presente junto con la facturación para el cobro del trabajo realizado.
  • Conocer y resolver aquellas cuestiones que se planteen en relación a la gestión, valoración y seguimiento de los programas de competencias familiares incluidos en la Estrategia.
  • Examinar y resolver los incidentes que se produzcan en relación con la alteración del orden de las listas.
  • Velar por la calidad del servicio en el desarrollo de los diferentes programas familiares y emitir recomendaciones en este sentido.
  • Hacer el seguimiento de la ejecución de los convenios suscritos con los ayuntamientos.
 

ANEXO 2 A SOLICITUD INDIVIDUAL DE INSCRIPCIÓN EN LA LISTA DE PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS INTEGRADOS EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO DE PROGRAMAS DE COMPETENCIAS

FAMILIARES DE LAS ISLAS BALEARES

DESTINO

Dirección General de Infancia, Juventud y Familias

SOLICITANTE

DNI/NIE/Pasaporte

 

Nombre

 

Primer Apellido

 

Segundo Apellido

 

Fecha de nacimiento

 

Nacionalidad

 

Sexo

(  ) Hombre

(  ) Mujer

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

Teléfono

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

SOLICITO:

Que se me incluya en la lista de profesionales para llevar a cabo los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares, en las zonas que indico a continuación.

Zona de intervención (Ver la descripción de las zonas en el punto 3.1 del anexo 1)

(  ) Zona Palma                                          (  ) Zona Nord i Raiguer                    

(  ) Zona Pla i Migjorn                                (  ) Zona Tramuntana            

(  ) Zona Eivissa i Formentera                     (  ) Zona Menorca

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

(  ) Copia compulsada del DNI, NIE o pasaporte

(  ) Copia compulsada del título de licenciatura o grado en Psicología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social o Magisterio.
(  ) Copia compulsada del documento de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

(  ) Certificado de estar inscrito en el colegio oficial correspondiente en que conste que la persona está al corriente de las cuotas colegiales.

(  ) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes sexuales.

(  ) Certificado de curso de formación en programas de competencias familiares.

(  ) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de su profesión por resolución judicial firme ni de incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que establece la normativa vigente (anexo 3).

(  ) Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados (anexo 4).

 

AUTORIZACIÓN PARA LA CONSULTA Y LA COMPROBACIÓN DE DATOS

Con la firma de esta solicitud, autorizo a la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias a comprobar en cualquier momento que cumplo las condiciones para formar parte de la lista de profesionales.

DECLARACIÓN

Declaro que los datos reflejados en esta solicitud son ciertos y que estoy informado/a de la obligación de comunicar a la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias cualquier cambio que se produzca, así como que la declaración errónea, falsa o con ocultación de datos relevantes supone la denegación de la solicitud, sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan derivar.

Información sobre protección de datos personales

De conformidad con el Reglamento  (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos  (RGPD), y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene esta solicitud.

Responsable del tratamiento. Dirección General de Infancia, Juventud y Familias, de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Islas Baleares, ubicada en la calle de Sant Joan de la Salle, 4 bajos, 07003 Palma.

Destinatarios de los datos personales. No se cederán los datos personales a terceros, salvo que haya la obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el RGPD.

Plazo de conservación de los datos personales. Cuatro años desde el final de los servicios que se soliciten o desde la fecha de solicitud si es denegada.

Ejercicio de derechos y reclamaciones.  La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer los derechos de información, acceso, de rectificación, de supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados (y hasta de retirar el consentimiento, si procede, de acuerdo con el RGPD) ante el responsable del tratamiento, mediante el procedimiento “Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”, previsto en la Sede Electrónica de la CAIB (https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/).

Una vez recibida la respuesta del responsable o en el caso que no haya respuesta en el plazo de un mes. La persona afectada puede presentar la “Reclamación de tutela de derechos” ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Delegación de Protección de Datos. La Delegación de Protección de Datos de la Administración de la CAIB tiene la sede en la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad  (pg. de Sagrera, 2, 07012 Palma; a/e: protecciodades@dpd.caib.es).

Palma,        de            de 20

 

 

 

[rúbrica]

 

ANEXO 2 B SOLICITUD GRUPAL DE INSCRIPCIÓN EN LA LISTA DE PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS INTEGRADOS EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO DE PROGRAMAS DE COMPETENCIAS FAMILIARES DE LAS ISLAS BALEARES

DESTINO

Dirección General de Infancia, Juventud y Familias

SOLICITANTE 1 (persona coordinadora)

DNI/NIE/Pasaporte

 

Nombre

 

Primer Apellido

 

Segundo Apellido

 

Fecha de nacimiento

 

Nacionalidad

 

Sexe

(  ) Hombre

(  ) Mujer

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

Teléfono

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

SOLICITANTE 2

DNI/NIE/Pasaporte

 

Nombre

 

Primer Apellido

 

Segundo Apellido

 

Fecha de nacimiento

 

Nacionalidad

 

Sexo

(  ) Hombre

(  ) Mujer

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

Teléfono

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

SOLICITANTE 3

DNI/NIE/Pasaporte

 

Nombre

 

Primer Apellido

 

Segundo Apellido

 

Fecha de nacimiento

 

Nacionalidad

 

Sexo

(  ) Hombre

(  ) Mujer

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

Teléfono

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

SOLICITANTE 4

DNI/NIE/Pasaporte

 

Nombre

 

Primer Apellido

 

Segundo Apellido

 

Fecha de nacimiento

 

Nacionalidad

 

Sexo

(  ) Hombre

(  ) Mujer

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

Teléfono

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Idioma

 

SOLICITAMOS:

Que se nos incluya en la lista de profesionales para llevar a cabo los programas integrados en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares, en las zonas que indicamos a continuación.

Zona de intervención (Ver la descripción de las zonas en el punto 3.1 del anexo 1.)

(  ) Zona Palma                                    (  ) Zona Nord i Raiguer                    

(  ) Zona Pla i Migjorn                          (  ) Zona Tramuntana            

(  ) Zona Eivissa i Formentera               (  ) Zona Menorca

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

(  ) Copia compulsada del DNI, NIE o pasaporte

(  ) Copia compulsada del título de licenciatura o grado en Psicología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social o Magisterio

(  ) Copia compulsada del documento de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

(  ) Certificado de estar inscrito en el colegio profesional oficial correspondiente en que conste que la persona está al corriente de las cuotas colegiales.

(  ) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

(  ) Certificado de curso de formación en programas de competencias familiares.

(  ) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de su rofesión por resolución judicial firme ni de incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que establece la normativa vigente (anexo 3).

(  ) Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados (anexo 4).

AUTORIZACIÓN PARA LA CONSULTA Y LA COMPROBACIÓN DE DATOS

Con la firma de esta solicitud, autorizamos a la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias a comprobar en cualquier momento que cumplimos las condiciones para formar parte de la lista de profesionales.

 

DECLARACIÓN

Declaramos que los datos reflejados en esta solicitud son ciertos y que estamos informados/as de la obligación de comunicar a la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias cualquier cambio que se produzca, así como que la declaración errónea, falsa o con ocultación de datos relevantes supone la denegación de la solicitud, sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan derivar.

Información sobre protección de datos personales

De conformidad con el Reglamento  (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos  (RGPD), y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene esta solicitud.

Responsable del tratamiento. Dirección General de Infancia, Juventud y Familias, de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Islas Baleares, ubicada en la calle de Sant Joan de la Salle, 4 bajos, 07003 Palma.

Destinatarios de los datos personales. No se cederán los datos personales a terceros, salvo que haya la obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el RGPD.

Plazo de conservación de los datos personales. Cuatro años desde el final de los servicios que se soliciten o desde la fecha de solicitud si es denegada.

Ejercicio de derechos y reclamaciones.  La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer los derechos de información, acceso, de rectificación, de supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados (y hasta de retirar el consentimiento, si procede, de acuerdo con el RGPD) ante el responsable del tratamiento, mediante el procedimiento “Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”, previsto en la Sede Electrónica de la CAIB (https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/).

Una vez recibida la respuesta del responsable o en el caso que no haya respuesta en el plazo de un mes. La persona afectada puede presentar la “Reclamación de tutela de derechos” ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Delegación de Protección de Datos. La Delegación de Protección de Datos de la Administración de la CAIB tiene la sede en la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad  (pg. de Sagrera, 2, 07012 Palma; a/e: protecciodades@dpd.caib.es).

Palma,        de            de 20

 

Firmado:

 

Firmado:

Firmado:

Firmado:

 

 

ANEXO 3 DECLARACIÓN RESPONSABLE

DESTINO

Dirección General de Infancia, Juventud y Familias

DECLARANTE

DNI/NIE

 

Nombre

 

Primer apellido

 

Segundo apellido

 

Profesión

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Municipio

 

Isla

 

Teléfono (preferentemente móvil)

 

DECLARO:

  1. Que no estoy incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, y el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los entes, organismos y empresas dependientes.

  2. Que no estoy inhabilitado/a para el ejercicio de mi profesión por sentencia judicial firme.

A efectos de tramitar la inscripción en la lista de profesionales para llevar a cabo los programas de prevención incluidos en la Estrategia de desarrollo de programas de competencias familiares en las Islas Baleares, estoy informado/a que la falsedad de los datos que declaro en este documento consta como delito en el Código Penal y que, en consecuencia, comporta la responsabilidad penal, entre otros.

......................, .................... de ...................... de 20......

 

[rúbrica]

 

 ANEXO 4 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA VERACIDAD DE LOS DATOS BANCARIOS1

Identificación del procedimiento y del trámite (solicitud de inicio del procedimiento, respuesta la requerimiento, etc.):

 

DECLARANTE

DNI/NIF

 

Nombre

 

Primer apellido

 

Segundo apellido

 

Dirección  electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Localidad

 

Municipio

 

Provincia

 

Teléfono

 

Fax

 

REPRESENTANTE

DNI/NIF

 

Nombre

 

Primer Apellido

 

Segundo apellido

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Localidad

 

Municipio

 

Provincia

 

Teléfono

 

Fax

 

De acuerdo con el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental del los procedimientos administrativos, y la relación de los documentos del Catálogo de simplificación documental sustituibles por esta declaración,

DECLARO:

1. La titularidad de la cuenta bancaria correspondiente a los datos siguientes, al efecto del ingreso derivado del procedimiento citado.

 Datos de la entidad bancaria

Nombre de la entidad

 

Domicilio de la sucursal u oficina

 

Código BIC o SWIFT2

 

Datos de la cuenta  (Seleccione  la opción que corresponda)

Opción 1. IBAN3 para cuentas de España

País

(2 dígitos)

Control IBAN

(2 dígitos)

Código entidad

(4 dígitos)

Código sucursal/oficina

(4 dígitos)

DC cuenta

(2 dígitos)

Núm. cuenta o libreta

(10 dígitos)

E

S

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Opción 2. IBAN3 para cuentas de otros países

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Opción 3. Numeración de la cuenta (solo para cuentas de países sin código IBAN)

País:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2. La posibilidad de acreditar documentalmente datos citados en el punto 1 de esta declaración, en caso que se me exija.

La Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares una vez hechos los higresos en la cuenta indicada en el punto 1 de esta declaración, queda eximida de responsabilidad por las actuaciones que se deriven de errores en los datos indicados.

Autorizo a la Administración de la Comunidad Autónoma a consultar los datos de identidad de bases de datos de otras administraciones a las cuales pueda acceder para verificar la información aportada mediante esta declaración.

 

......................, ........... de ...................... de 20....

 

[rúbrica]

Información sobre protección de datos

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales aportados se incorporarán y se tratarán en el fichero de terceros con la finalidad de llevar el control y la gestión de los pagos a personas acreedoras y de transferencias a las entidades financieras. Para ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados (y hasta de retirar el consentimiento, si procede, de acuerdo con el RGPD) ante el responsable del tratamiento, mediante el procedimiento “Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”, previsto en la Sede Electrónica de la CAIB (https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/).

Notes

1 Modelo de declaración elaborado de acuerdo con el anexo 3 del Decreto 6/2013, el Catálogo de simplificación documental y el Reglamento (UE) núm. 260/2012, por el cual se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los cargos domiciliados en euros

2 BIC: código internacional de identificación de la entidad bancaria o código  SWIFT (máximo 11 caracteres).

3 El código IBAN tiene 24 dígitos para a España  y hasta un máximo de 34 dígitos para otros países.