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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 3174
Servicios esenciales que prestará el Ayuntamiento de Alaior durante la crisis sanitaria del COVID-19

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Exp. Núm: 2494/2020

Se hace público el Decreto de Alcaldía 2020-0499 de fecha 26 de marzo de 2020, por el cual se han establecido los servicios esenciales que prestará el Ayuntamiento de Alaior mientras se mantenga la vigencia del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que se transcribe a continuación:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

La emergencia sanitaria que ha generado la propagación del COVID-19 ha obligado a los gobiernos a adoptar medidas para luchar contra la ola de contagios y mitigar los efectos económicos y sociales que este fenómeno está produciendo. El Gobierno español declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y el Govern balear aprueba el Decreto Ley 4/2020, de 20 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

El Ayuntamiento de Alaior ha organizado sus servicios a la ciudadanía en cumplimiento de las normas anteriores, que abasta lo siguiente:

1. Se consideran servicios esenciales que afectan a las relaciones vecinales los relacionados con la seguridad y las emergencias, la sanidad, la electricidad, el agua potable, los combustibles, el gas, las telecomunicaciones, los residuos, el suministro de alimentos y de medicamentos y la asistencia médica y social.

La prestación de todos los servicios anteriores queda garantizada por la Administración competente.

El Ayuntamiento de Alaior, dentro de su ámbito de competencias, garantiza la adecuada prestación de los siguientes servicios:

Servicios sociales

Por teléfono: 971 37 85 23.

De manera electrónica: https://alaior.sedelectronica.es/info.0.

Se ofrece atención, orientación e intervención en aquellas situaciones de crisis, urgencia y emergencia social que puedan generar desprotección a la ciudadanía. Se mantienen los siguientes servicios:

1. Gestión de ayudas individuales temporales y de emergencia social. Se tramitará de oficio por las trabajadoras sociales mismas o a petición de la persona interesada, bien a través de la sede electrónica o autorizando a una funcionaria o funcionario habilitado para tramitarlo.

El pago de las más urgentes por manutención y otros servicios básicos, se podrán tramitar de manera excepcional a través del mecanismo de pago a justificar por las asistentas sociales responsables de su tramitación.

2. Servicio de Ayuda a Domicilio (comida a domicilio, gestión de compras de alimentos y medicamentos, teleasistencia).

Servicios de seguridad

Policía Local

Teléfono: 971 37 13 20

Se mantienen los servicios siguientes:

1. Los previstos en el artículo 53.1 de la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad.

2. Los que les requiera el ministro del Interior en el ámbito de vigencia de la declaración del estado de alarma

Servicios comunitarios

- Servicio de agua potable

- Limpieza viaria y recogida de residuos

- Saneamiento

Servicios sanitarios

Servicio funerario. Se suspenden las visitas al cementerio. Se limita el número de personas que pueden asistir al cementerio para la celebración de servicios funerarios a 6 personas.

Las empresas funerarias deberán de cumplir las instrucciones de sanidad en la preparación de la persona difunta y del ataúd.

Servicios de transporte

Taxis. Deberán establecer turnos entre ellos, con un servicio de dos taxis diarios. Los desplazamientos se harán individualmente, excepto acompañamiento por causa justificada; en este caso, se limitará a 2 el número de personas que puedan circular en un taxi.

Se intensificará la limpieza interior del vehículo-

Los taxistas ofrecen a los médicos desplazamiento gratuido para visitar algunos pacientes, en caso de necesidad.

Juzgado de Paz

Se mantienen las inscripciones por nacimiento y defunción y las autorizaciones de entierro. Los procedimientos se tramitarán de forma telemática y la documentación se facilitará a los ciudadanos de la misma forma. La asistencia al ciudadano se hará por teléfono en el 971 37 12 10 y mediante la sede electónica del Ayuntamiento de Alaior.

Otros servicios a los ciudadanos que no tienen carácter de esencial:

Se suprimen los servicios presenciales de atención al ciudadano, que se prestarán de manera telefónica en el número 971 37 10 02.

Se suprime el pago del aparcamiento en las zonas ORA

Servicios de población

La atención telefónica del servicio de población (971 37 10 02) guiará el empadronamiento y la solicitud de certificados a través de la sede electrónica y facilitará la documentación a través de la notificación electrónica. En caso de dificultad, se podrá facilitar documentación por correo electrónico.

1. Padrón de Habitantes.

2. Certificado de datos padronales.

3. Certificado de residencia.

4. Se suspende la celebración de matrimonios civiles y el registro de unión de parejas de hecho.

Servicios formativos

Las actividades de la Escuela de Música se mantienen a través de internet para aquellos alumnos mayores de 8 años.

Se suspenden las actividades de la Escuela de Dibujo y del Centro de Grabaco Xalubínia.

Servicios culturales y deportivos

Se suspenden las actividades de todos los servicios culturales y de mercados, la cesión de locales para actividades vecinales (antiguo Matadero, etc.) y la consulta al Archivo municipal.

Se cierran temporalmente los equipamientos deportivos, la escuela infantil, la biblioteca, el centro de juventud Es Bot y el Centro de Cultura San Diego.

Servicios de urbanismo, medio ambiente y actividades

El servicio de atención al público se realizará por teléfono. Las consultar con los técnicos por videoconferencia o con los medios técnicos que en cada caso se consideren más adecuados. Se suspenden las visitas de inspección y de comprobación de la realidad física.

Gestión tributaria

- Información y gestiones

De manera temporal, todas las gestiones se han de hacer telemáticamente a través de la sede: https://alaior.sedelectronica.es/info.0.

Si se tiene problemas para hacerlas, se puede enviar un correo electrónica explicándolo a:

infotributaria@aj-alaior.org

recaptacio@aj-alaior.org

 O llamando para solicitar citar por videoconferencia a los números 971159779 o 971371002.

- Calendario fiscal

El plazo de cobro en periodos voluntarios se alarga dos meses, así como la fecha de cargo de los recibos domiciliados.

La fecha de cobro del recibo domiciliado de abril de fraccionamientos aprobados de tributos pasa del 10 de abril al 30 de abril.

Servicios de contabilidad e intervención

Se autoriza a las personas no obligadas a presentar facturas de manera telemática a presentarlas en PDF por correo electrónico.

El Ayuntamiento mantiene los compromisos con sus proveedores, sin que se vea afectado este servicio.

Órganos de gobierno

La actividad de los órganos de gobierno se hará por medios telemáticos, así como todas las reuniones, comisiones y mesas que sea necesario celebrar durante este período.

Servicios de transparencia

El Ayuntamiento continuará dando cumplimiento a todas sus obligaciones de transparencia en la tramitación de los procedimientos administrativos.

Contratos de obra y servicios municipales

En el plazo de 5 días, cada contratista notificará al Ayuntamiento la afección al contrato que supone la declaración del estado de alarma. Sin perjuicio de la continuidad de aquellos trabajos necesarios para mantener las condiciones de seguridad de las personas, materiales y espacios públicos, quedan suspendidas las obras públicas. Se autoriza la continuación de aquellas obras públicas que adapten su plan de seguridad a la situación actual y de acuerdo con las previsiones de este plan.

Las empresas concesionarias que presten los servicios municipales esenciales, gestionados indirectamente, son responsables de preservar y garantizar la continuidad en su prestación dimensionando los efectivos personales para poder ser prestados con garantía y también con criterios de seguridad.

Recursos humanos

Se facilitará la modalidad de teletrabajo, siempre que se pueda, excepto del personal de los servicios considerados esenciales. Cualquier trabajador o trabajadora que considere conveniente modificar las condiciones laborales establecidas podrá presentar una propuesta de organización de su trabajo, en colaboración con la persona responsable de su área, que será resuelta en el plazo de 48 horas hábiles.

Para facilitar la conciliación familiar se habilitan medidas de flexibilidad horaria: de 7.00 21.00 horas, de lunes a sábado.

Para garantizar el funcionamiento correcto de los servicios esenciales municipales el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de disponer y movilizar al personal a su servicio para prestar los servicio que así lo requieran.

La permanencia del personal municipal en su domicilio, con asignación de tareas, como consecuencia de la suspensión temporal de actividades de sus unidades respectivas tiene la consideración de tiempo de trabajo efectivo.

El personal de Servicios Sociales que debe hacer trabajo social a domicilio deberá ser objeto de especial atención, por lo cual el Ayuntamiento deberá procurar en todo momento facilitar los equipos y los medios necesarios para que pueda realizar mejor su función.

Se recuerda a la ciudadanía que en cualquier desplazamiento se deberán respetar las recomendaciones y las obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Los suministros básicos están garantizados, por lo que no es necesario hacer acopio de bienes de primera necesidad con la finalidad de evitar el desproveimiento puntual den determinados puntos de venta.

Dado que no conviene saturar los centros sanitario, se recomienda no acudir a ellos si no hay una necesidad urgente de asistencia.

Esta resolución entra en vigor el día siguiente de su publicación y se mantendrá vigente durante la vigencia del estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Esta resolución se publicará en la web del Ayuntamiento y se dará cuenta de ella al Pleno municipal en la primera sesión que se celebre.

 

Alaior, 26 de marzo de 2020

El alcalde José Luis Benejam Saura