Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 3134
Resolución de la directora general de Personal Docente de 30 de marzo de 2020 por la que se modifica la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de febrero de 2020 por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears de 25 de febrero de 2020
Hechos
1. En fecha 3 de febrero de 2020, la directora general de Personal Docente dictó la Resolución por la cual se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros en las Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 24, de 25 de febrero.
2. En fecha 14 de marzo de 2020, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, mediante la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (BOE núm. 67, de 14 de marzo).
Fundamentos de derecho
1. La disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, por la cual se establece que «se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presento Real Decreto, o en su caso, las prórrogas del mismo» y que es de aplicación «a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
2. El artículo 2.6.b) del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que atribuye a la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, concretamente a la Dirección General de Personal Docente, competencias en materia de ordenación y gestión del personal docente (BOIB núm. 106, de 2 de agosto), modificado por el Decreto 36/2019, de 20 de diciembre (BOIB núm. 171, de 21 de diciembre).
3. El artículo 1.1 de la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 16 de septiembre de 2019 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en la directora general de Personal Docente (BOIB núm. 129, de 21 de septiembre), por la que se delega en la directora general de Personal Docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procesos de selección derivados de la oferta pública para el ingreso y el acceso a la función pública docente, establecer las bases, nombrar los miembros de los órganos de selección y de valoración y establecer el procedimiento de la fase de prácticas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de febrero de 2020 por la cual se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros, como consecuencia de la interrupción en el cómputo de plazos prevista por la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, para la tramitación de procedimientos administrativos, en los términos siguientes:
El cómputo de los plazos establecidos para la presentación de solicitudes en el punto 3.10 de las bases y en la base decimoquinta se retomará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, en su caso, las prórrogas del mismo, previa resolución de la directora general de Personal Docente que concretará los días en que se podrán volver a presentar solicitudes de participación.
2. Dejar sin efecto la base 6.1 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de día 3 de febrero de 2020 en referencia al inicio de las pruebas a partir de día 20 de junio de 2020 y a su finalización en el mes de julio, así como todas las referencias a la fecha de inicio de la prueba previa de castellano y a los plazos para publicar los criterios de valoración y otros actos procedimentales establecidos en la Resolución mencionada. La resolución que concrete los días en que se pueden volver a presentar solicitudes de participación tiene que determinar las fechas de inicio y de fin del proceso selectivo, así como todas aquellas fechas que sean necesarias.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 30 de marzo de 2020
La directora general de Personal Docente Rafaela Sánchez Benítez