Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 3054
Notificación de Resolución de Revocación a los interesados de la ayuda, R3, Exp. CEJA 2017/064, de fecha 16 de marzo de 2020, en el amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015, por lo cual se convocan ayudas destinadas a la Creación de empresas de jóvenes agricultores, para los años 2015-2019
El apartado 8.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015, por la cual se convocan ayudas destinadas a la Creación de empresas de jóvenes agricultores para los años 2015-2019, convocatoria 2017, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 16 de marzo de 2020, firmó la siguiente resolución:
"INFORME PROPUESTA DE REVOCACIÓN / RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2015-2020
Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas
Submedida 6.1 - Creación de empresas de jóvenes Agricultores
Convocatoria: CEJA2017_1 Resolución: R3 EXP. CEJA 2017/064
Antecedentes
1.Con fecha de 30/04/2016 se publicó la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de abril, que modifica la Resolución del Presidente del FOGAIBA, de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2017_1 terminó el día 30 de junio de 2017.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada, de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. El solicitante Antonio Manuel Zurdo Marí, con nº expte CEJA 2017/064, solicita el desistimiento de la ayuda concedida.
5. Por tanto, se debe revocar la ayuda concedida.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.
2. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Ley 38/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución de denegación
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Revocar la ayuda concedida a Antonio Manuel Zurdo Marino, con nº exp. CEJA 2017/064, por un importe de 25.000,00 euros, asignado a la anualidad 2022 con presupuesto 100% CAIB.
2. Notificar la resolución a cada al beneficiario.
3. Publicar la presente resolución de revocación.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 13 de marzo de 2020
El gestor de la línea Pep Carretero de Oleza |
La jefe de Sección XVI Lidia Álvarez Álvarez |
El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Isidre Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto Resolución
Palma, 16 de marzo de 2020
El vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA Gabriel Torrens Llabrés" |
Palma, 23 de marzo de 2020
El Director Gerente del FOGAIBA
Mateu Morro Marcé