Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 3054
Notificación de Resolución de Revocación a los interesados de la ayuda, R3, Exp. CEJA 2017/064, de fecha 16 de marzo de 2020, en el amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015, por lo cual se convocan ayudas destinadas a la Creación de empresas de jóvenes agricultores, para los años 2015-2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El apartado 8.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015, por la cual se convocan ayudas destinadas a la Creación de empresas de jóvenes agricultores para los años 2015-2019, convocatoria 2017, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 16 de marzo de 2020, firmó la siguiente resolución:

 

"INFORME PROPUESTA DE REVOCACIÓN / RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN

 

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2015-2020

Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas

Submedida 6.1 - Creación de empresas de jóvenes Agricultores

Convocatoria: CEJA2017_1                  Resolución: R3 EXP. CEJA 2017/064

Antecedentes

1.Con fecha de 30/04/2016 se publicó la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de abril, que modifica la Resolución del Presidente del FOGAIBA, de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2017_1 terminó el día 30 de junio de 2017.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada, de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. El solicitante Antonio Manuel Zurdo Marí, con nº expte CEJA 2017/064, solicita el desistimiento de la ayuda concedida.

5.  Por tanto, se debe revocar la ayuda concedida.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3. Ley 38/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Propuesta de resolución de denegación

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Revocar la ayuda concedida a Antonio Manuel Zurdo Marino, con nº exp. CEJA 2017/064, por un importe de 25.000,00 euros, asignado a la anualidad 2022 con presupuesto 100% CAIB.

2.  Notificar la resolución a cada al beneficiario.

3. Publicar la presente resolución de revocación.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación,  en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 13 de marzo de 2020

El gestor de la línea   

Pep Carretero de Oleza

La jefe de Sección XVI

Lidia Álvarez Álvarez

El jefe del Servicio de Ayudas al

Desarrollo Rural

Isidre Cañellas Simonet

 

Conforme con la propuesta, dicto  Resolución

 

Palma, 16 de marzo de 2020

 

El vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA

Gabriel Torrens Llabrés"

 

Palma, 23 de marzo de 2020

El Director Gerente del FOGAIBA

Mateu Morro Marcé