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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 3053
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de modificació del Plan estratégico de subvenciones del Consejo de Mallorca para el año 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, reunido en sesión de 25 de marzo de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:

"

  1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, con el fin de mejorar la eficacia de la gestión de las subvenciones, establece la necesidad de elaborar, por parte de los órganos de las administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, un Plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden obtener, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con el objetivo de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles. Se trata de un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

  2. De acuerdo con el artículo 5 de la Ordenanza general de subvenciones de la Corporación, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017) y modificada por Acuerdo de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018) (en adelante la Ordenanza), corresponde al consejero competente en materia de Hacienda proponer al Consejo Ejecutivo la aprobación del Planes estratégicos de subvenciones conforme a la información y las propuestas que, a tal fin, presentan los departamentos del Consejo de Mallorca, los organismos autónomos dependientes y los entes públicos otorgantes.

  3. Considerando lo que dispone el Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca, de fecha 9 de diciembre de 2019, por el que se determina la organización del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 167 de 12 de diciembre de 2019), en especial lo establecido en su artículo 10 según el cual la Fundación Mallorca Turismo está adscrita al Departamento de Turismo y Deportes del Consejo de Mallorca.

  4. El Patronato de la Fundación Mallorca Turismo, en sesión de 7 de noviembre de 2019 aprobó su Plan de actuación para la anualidad 2020 que, entre otras, prevé la tramitación de las convocatorias que, a instancias del Departamento de Turismo y Deportes del Consejo de Mallorca, se incluyeron en el Plan estratégico de subvenciones del Consejo para el año 2020.

  5. El Plan estratégico de subvenciones del Consejo de Mallorca para la anualidad 2020, aprobado mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de fecha 22 de enero de 2020 (BOIB núm. 14 de 1 de febrero de 2020) y modificado por acuerdos del propio Consejo Ejecutivo de fechas 12 de febrero de 2020 (BOIB núm. 19, de 13 de febrero de 2020) y 26 de febrero de 2020 (BOIB núm. 26, de 29 de febrero de 2020), incluye una línea de subvención del Departamento de Turismo y Deportes, relativa a la promoción turística de los municipios, que realizará la Fundación Mallorca Turismo, en nombre y por cuenta del Consejo de Mallorca, en consonancia con lo previsto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003 general de subvenciones , la disposición adicional cuarta de la Ordenanza y la disposición adicional primera del Decreto Legislativo 2/2005 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB 196 de 3 de diciembre de 2005).

  6. En fecha 12 de marzo de 2020 ha tenido entrada en la Secretaría Técnica de Hacienda y Función Pública una propuesta del Departamento de Turismo y Deportes de modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo de Mallorca de la anualidad 2020, emitida por su consejero ejecutivo. Esta modificación afecta a la citada línea de subvención de promoción turística de los municipios y se fundamenta en que la «promoción turística de Mallorca ha sufrido cambios debido a la suspensión de ferias turísticas en lugares emisores de turismo, una disminución de la movilidad de las personas y cierre de vuelos por motivos de salud pública que hacen necesario un cambio en la organización de la promoción turística de las administraciones públicas. Por ello, la planificación de la subvención sufre modificaciones en el sentido de considerar mejor que la elección de los beneficiarios se lleve a cabo por el procedimiento de concurrencia no competitiva y se amplía el plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.»

  7. El Departamento de Hacienda y Función Pública, una vez recibida la propuesta del Departamento de Turismo y Deportes ha coordinado la elaboración de la modificación del Plan estratégico de subvenciones de la Corporación de acuerdo con las previsiones presupuestarias para el ejercicio 2020, que debe servir de marco para la concesión de las subvenciones resultantes de las convocatorias que se publiquen a lo largo del año.

  8. Las cuantías que se prevén en este Plan tienen un carácter meramente estimativo, por lo que la alteración eventual al alza o a la baja de las previstas a la hora de aprobar las ayudas no requieren la modificación de las previsiones cuantitativas que se contienen en el Plan.

Por todo ello, el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, a propuesta del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con la atribución conferida en el artículo 36.h) del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 89, de 19 de julio de 2018), adopta el siguiente: 

ACUERDO

Primero.- APROBAR la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo de Mallorca para el año 2020 para que respecto las líneas de subvención del Departamento de Turismo y Deportes,

Donde dice:

DEPARTAMENTO O ENTIDAD:

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

PROGRAMA:

MALLORCA TURISMO

DENOMINACIÓN:

Convocatoria de subvenciones para la promoción turística de los municipios

 

 

 

 

 

 

 

Objetivos Estratégicos

Sectores beneficiarios

Líneas de subvención

Aplicaciones presupuestarias

Procedimiento y régimen de concesión

Coste previsto

(3 años)

Plazo de ejecución

 

- Fomentar la realización de actividades que fomenten el producto turístico local dentro de la cultura, la naturaleza, mice, el deporte, la gastronomía, etc.

 

- Promocionar el turismo local con la asistencia a ferias turísticas, viajes de familiarización (fam trips), viajes de prensa (press trips), campañas de publicidad de los recursos turísticos locales, turismo sostenible, turismo activo..

 

 

Ayuntamientos, consorcios y fundaciones con participación pública municipal, mancomunidades.

 

 

Subvenciones para la promoción turística municipal (250.000,00€).

 

 

Presupuesto propio FMT

 

Capítulo 4

 

Convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva

 

 

250.000 € (2020)

 

250.000 € (2021)

 

250.000 € (2022)

 

 

 

 

Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020

 

Debe decir:

DEPARTAMENTO O ENTIDAD:

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

PROGRAMA:

MALLORCA TURISMO

DENOMINACIÓN:

Convocatoria de subvenciones para la promoción turística de los municipios

 

 

 

 

 

 

 

Objetivos Estratégicos

Sectores beneficiarios

Líneas de subvención

Aplicaciones presupuestarias

Procedimiento y régimen de concesión

Coste previsto

(3 años)

Plazo de ejecución

 

- Fomentar la realización de actividades que fomenten el producto turístico local dentro de la cultura, la naturaleza, mice, el deporte, la gastronomía, etc.

 

- Promocionar el turismo local con la asistencia a ferias turísticas, viajes de familiarización (fam trips), viajes de prensa (press trips), campañas de publicidad de los recursos turísticos locales, turismo sostenible, turismo activo..

 

 

Ayuntamientos, consorcios y fundaciones con participación pública municipal, mancomunidades.

 

 

Subvenciones para la promoción turística municipal (250.000,00€).

 

 

Presupuesto propio FMT

 

Capítulo 4

 

Convocatoria pública en régimen de concurrencia no competitiva

 

 

250.000 € (2020)

 

250.000 € (2021)

 

250.000 € (2022)

 

 

 

 

Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020

 

Segundo.- PUBLICAR este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de la Corporación.”

 

Palma, 26 de marzo de 2020

El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, Josep Lluís Colom Martínez