Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 3038
Acuerdo del Consejo Ejecutivo por que se acuerda la delegación de atribuciones del Consejo Ejecutivo en la Presidencia
El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 25 de marzo de 2020, acordó:
“La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por su elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos.
Por este motivo, el Gobierno de España aprobó la declaración del estado de alarma mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado en el BOE núm. 67 de 14 de marzo de 2020.
Posteriormente, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, publicado en el BOE núm. 73 de 18 de marzo de 2020; asimismo el Estado también ha dictado una serie de órdenes e instrucciones para hacer frente a esta situación de emergencia sanitaria.
Por otro lado, esta Presidencia ha dictado el decreto de 13 de marzo de 2020, de organización de los servicios y funciones del Consejo de Mallorca y de sus organismos autónomos para hacer frente a las medidas de contención por la situación creada por el coronavirus COVID-19; el decreto de 13 de marzo de 2020, sobre medidas preventivas, de protección y organizativas de aplicación al personal del Consejo de Mallorca, el IMAS y el resto de sus organismos autónomos y entes dependientes con motivo del coronavirus COVID-19; el decreto de 16 de marzo de 2020, de adopción de medidas para hacer frente a las consecuencias que se derivan de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y el decreto de 16 de marzo de 2020, por el que se establecen medidas que amplían, intensifican y concretan las establecidas en los decretos de la presidenta de 13 de marzo de 2020, en el marco de lo que establece el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Se tiene que tener en cuenta que las atribuciones del Consejo Ejecutivo están determinadas, por una parte, por el artículo 36 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (publicado en el BOIB núm. 89 de 19 de julio de 2018) y, por otra parte, las desconcentradas según Decreto de Presidencia de 9 de diciembre de 2019 (publicado en el BOIB núm. 167 de 12 de diciembre de 2019).
No obstante, ante las circunstancias resulta conveniente que todas las atribuciones se ejerzan por la Presidencia con la finalidad de hacer frente a esta situación de emergencia sanitaria de una forma más eficaz y rápida.
Por ello propongo al Consejo Ejecutivo:
1.- Delegar en la Presidencia del Consejo de Mallorca las atribuciones del Consejo Ejecutivo determinadas en el artículo 36 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca y las derivadas del Decreto de Presidencia de 9 de diciembre de 2019, mientras que dure la situación del estado de alarma.
2.- Dejar sin efectos el punto núm. 1, relativo a medidas organizativas, del Decreto de 16 de marzo de 2020, de adopción de medidas para hacer frente a las consecuencias que se derivan de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
3.- Publicar este acuerdo en el BOIB.
4.- Dar cuenta de este acuerdo al Pleno.”
Palma, 25 de marzo de 2020
El secretario general per substitución Antoni Benlloch Ramada