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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 2979
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 25 de febrero de 2020 por la cual se autoriza el cambio de denominación y la modificación de la configuración del centro docente extranjero Collège Français, de Eivissa, mediante la ampliación de una unidad más de educación infantil, una unidad más de educación primaria, una unidad más de educación secundaría y dos unidades de bachillerato

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Texto

Hechos

1. La Orden de 11 de mayo de 1979 (BOE núm. 153, de 27 de junio), por la cual se autorizan centros extranjeros en España, autorizó la apertura y el funcionamiento de la Escola d'Eivissa para impartir enseñanzas conforme al sistema educativo francés a alumnos españoles y extranjeros, con una configuración de 12 unidades y una capacidad de 150 plazas escolares.

2. La Orden ministerial de 29 de septiembre de 1995 autorizó al centro, en conformidad con el Real decreto 806/1993, a impartir enseñanzas conforme al sistema educativo francés a alumnos españoles y extranjeros, con una configuración de 12 unidades y 240 plazas escolares. Finalmente, la Orden de 5 de noviembre de 1999 (BOE núm. 291, del 6 de diciembre) hizo pública la relación de centros franceses en España que habían obtenido la correspondiente autorización. En esta Orden su denominación es la de Collège Français. Su configuración es de 12 unidades y 240 plazas escolares, desde Maternelle hasta Troisième, equivalentes a los cursos desde segundo ciclo de educación infantil hasta tercero de ESO.

3. En fecha 21 de noviembre de 2018 (NRE L13E 64896/2018), la presidenta de la Asociación de Padres de los Alumnos de la Escola Francesa d'Eivissa, Collège Français, presentó una solicitud de modificación de la configuración, con cuatro unidades más. Con esta solicitud adjuntó los planos del centro y la memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad.

4. En fecha 7 de febrero de 2019 (NRE L13E 12348/2019, de 8 de febrero), la representante de la Asociación de Padres de los Alumnos de la Escola Francesa d'Eivissa, Collège Français, presentó una nueva solicitud para modificar el anterior, mediante la cual pidió una unidad más de educación primaria. Así, la modificación de la configuración que tenía autorizada inicialmente era de cinco unidades más: una unidad más de educación infantil, una unidad más de educación primaria, una unidad más de educación secundaría y dos unidades de bachillerato, y 345 plazas escolares.

5. En fecha 20 de febrero de 2019 (NRE L13E 116663/2019, de 20 de febrero), la representante de la Asociación de Padres de los Alumnos del Collège Français, junto con el director del centro, presentó un proyecto de justificación de los requisitos técnicos necesarios para las cinco unidades nuevas.

6. El 27 de febrero de 2019, el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) emitió un informe desfavorable, ya que la documentación presentada no era suficiente para acreditar que las instalaciones del centro cumplían los requisitos mínimos establecidos por la legislación española vigente para un centro docente extranjero, en concreto, el artículo 6 del RD 806/1993.

7. En fecha 6 de marzo de 2019 (NRE L13E 19541/2019 de 6 de marzo), la representante del centro presentó una comunicación de la embajada de Francia en España donde especificaba que la Comisión Interministerial de Asuntos Exteriores y de Educación se pronunciaría el mes de mayo en lo referente a la nueva certificación de la Escola Francesa d'Eivissa.

También adjuntó el certificado de seguridad estructural, la justificación de accesibilidad del centro y el certificado de habitabilidad.

8. En fecha 25 de abril de 2019, el IBISEC emitió un informe desfavorable, dado que la documentación presentada continuaba sin justificar las condiciones de seguridad en caso de incendio, las condiciones de habitabilidad y de higiene y las condiciones de accesibilidad.

9. En fecha 29 de mayo de 2019 (NRE 13E 36532/2019, de 29 de mayo), la representante del centro presentó nueva documentación para enmendar las deficiencias que figuraban en el informe de 25 de abril de 2019.

10. En fecha 25 de junio de 2019 (NRE L13E44663/2019), la representante del centro presentó la acreditación de la embajada francesa, ya que el centro fue inspeccionadoen 2018, por la AEFE ( Agencia para la Enseñanza Francesa al Extranjero), agencia encargada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Francia para garantizar la calidad de las escuelas que enseñan el currículum francés fuera de Francia.

Según esta certificación, el centro reúne los requisitos para impartir las siguientes enseñanzas:

  • Maternelle (infantil; de 3 a 5 años): 100 plazas escolares.

  • Primaire (primaria; de 5 a 10 años): 150 plazas escolares.

  • Collège (secundaria; de 10 a 15 años): 120 plazas escolares.

  • Lycée (bachillerato; de 15 a 18 años): 90 plazas escolares.

Esta certificación también estima que el centro tiene capacidad para 460 alumnos.

11. En fecha 23 de agosto de 2019, el IBISEC emitió un nuevo informe, condicionado a la presentación de una nueva justificación de las condiciones de seguridad en caso de incendio y de las condiciones de habitabilidad requeridas por la legislación española vigente para un centro docente extranjero.

12. En fecha 11 de octubre de 2019 (NRE L13E64617/2019, de 11 de octubre), la representante del centro presentó nueva documentación para enmendar el informe de 23 de agosto de 2019.

13. En fecha 24 de enero de 2020, el Servicio de Infraestructuras de Centros Educativos, emitió un informe favorable de los planos presentados, para una configuración de 17 unidades y 434 plazas escolares, repartidas de la siguiente manera:

  • Maternelle (infantil; de 3 a 5 años): 4 unidades y 100 plazas escolares.

  • Primaire (primaria; de 5 a 10 años): 6 unidades y 150 plazas escolares.

  • Collège (secundaria; de 10 a 15 años): 4 unidades y 105 plazas escolares.

  • Lycée (bachillerato; de 15 a 18 años): 3 unidades y 79 plazas escolares.

14. En fecha 27 de enero de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable al cambio de denominación, ya que el centro se autorizará para impartir estudios de bachillerato y en el sistema educativo francés estos centros pasan a denominarse Lycée Français. También informó favorablemente de la modificación de la configuración, mediante la ampliación de una unidad más de educación infantil, una unidad más de educación primaria, una unidad más de educación secundaría y dos unidades de bachillerato y hacía especial mención a la capacidad del centro, puesto que, aunque el Agencia para la Enseñanza Francesa al Extranjero le otorgue una capacidad para 460 alumnos, la capacidad real que la normativa española aplica, de acuerdo con el Código técnico de la edificación, es de 434 alumnos.

15. En fecha 22 de octubre de 2018, el Departamento de Inspección Educativa, emitió un informe favorable en lo referente a las titulaciones del profesorado que tiene que impartir las áreas de catalán, castellano y ciencias sociales a la educación secundaria obligatoria y a las unidades de nueva implantación, y justificaba que tiene las titulaciones adecuadas exigidas por la normativa vigente.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán núm. 7, de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán núm. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 149, de 23 de junio).

5. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el cual se modifica el Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España.

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 24 de febrero de 2020, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de denominación del centro docente extranjero Collège Français, que pasa a denominar-se Lycée Français International d'Ibiza.

2. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2019-2020, la modificación de la configuración del centro docente extranjero Lycée Français International d'Ibiza, con código de centro 07006408, con la ampliación de una unidad más de educación infantil, una unidad más de educación primaria, una unidad más de educación secundaría y dos unidades de bachillerato

3. Autorizar que se impartan en el centro docente extranjero Lycée Français International d'Ibiza enseñanzas del sistema educativo francés para alumnos extranjeros y alumnos españoles y que se impartan las enseñanzas de lengua catalana y cultura de las Illes Balears y de lengua y cultura españolas.

4. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código del centro: 07006408

Denominación genérica: centro privado extranjero

Denominación específica: Lycée Français International d'Ibiza

Titular: Asociación de Padres de Alumnos de la Escuela Francesa d'Ibiza (APAEFI)

Domicilio: Can Llambies, ctra. de Sant Josep, km. 2,3

Localidad: Sant Jordi de ses Salines

Municipio: Sant Josep de sa Talaia

CP: 07830

Ibiza

Enseñanzas autorizadas: 17 unidades y 434 plazas escolares, repartidas de la siguiente manera:

  • Maternelle (infantil; de 3 a 5 años): 4 unidades y 100 plazas escolares, equivalente a educación infantil de segundo ciclo.

  • Primaire (primaria; de 5 a 10 años): 6 unidades y 150 plazas escolares, equivalente a los cursos de primero de primaria hasta quinto de primaria (tienen 2 unidades a primero de primaria).

  • Collège (secundaria; de 10 a 15 años): 4 unidades y 105 plazas escolares, equivalente a los cursos de sexto de primaria hasta tercero de ESO.

  • Lycée (bachillerato; de 15 a 18 años): 3 unidades y 79 plazas escolares, equivalente a cuarto de la ESO y a los dos cursos de bachillerato LOE-LOMCE.

5. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 25 de febrero de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March i Cerdà