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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 2946
Resolución del director general de Cooperación Local y Patrimoni de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Eusebi Estada, 48, bajos, de Palma (exp. SP 92/2020)

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Texto

Hechos

1. El 21 de julio de 2006 se firmó un contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Eusebi Estada, 48, bajos, de Palma, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Sr. Mateo Lliteres Fullana, la Sra. Francisca Maria Llompart Palou, el Sr. Sebastián Riusech Mas y la Sra. Maria Cardona Barceló, copropietarios a partes iguales (25%), por un plazo de nueve años y nueve meses, a contar desde el 1 de agosto de 2006 hasta el 30 de abril de 2016.

2. Este contrato se ha ido prorrogando tácitamente por periodos anuales hasta el 30 de abril de 2020, destinándolo al Casal de las Asociaciones de Inmigrantes y a la Oficina de Información, Asesoramiento y Orientación a la Inmigración (OFIM).

3. Las referencias del Registro de la Propiedad de este inmueble están distribuidas en tres locales, y son las siguientes:

-Local A 0814511DD7801D0002HG

-Local B 0814511DD7801D0003JH

-Local C 0814511DD7801D0004KJ

4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000001853-0.

5. El 12 de febrero de 2020 tuvo entrada en la Dirección General de Cooperación Local y Patrimonio un oficio del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, con documentación relativa a la pròrroga tácita del arrendamiento del local mencionado, por el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2020 al 30 de abril de 2021, que es la siguiente:

1. Propuesta, por delegación, de inicio del expediente, de 10 de febrero de 2020, del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

2. Informe justificativo del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 10 de febrero de 2020.

3. Informe relativo a la vigencia del contrato y previsión de prórroga, del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 10 de febrero de 2020.

4. Informe favorable de precios de mercado emitido por la Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación, de 3 de diciembre de 2019.

5. Propuesta de resolución de autorización y disposición del correspondiente crédito presupuestario, firmada por el secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 10 de febrero de 2020. El gasto total previsto es de 48.919,44 € e irá a cargo de la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00.

6. Documento RF de fiscalización original.

7. Informe de gastos plurianuales.

8. Resolución, por delegación, de autorización de imputación de gasto a ejercicios futuros del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 11 de febrero de 2020.

6. Teniendo en cuenta la cantidad mencionada, este expediente requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

4. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

5. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el cual se nombra altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).

6. El contrato principal de arrendamiento suscrito el 21 de julio de 2006.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la calle Eusebi Estada, 48, bajos, de Palma, del 1 de mayo de 2020 al 30 de abril de 2021 por una renta mensual de 4,076,62 €, incluido IVA, que hacen un total de gasto de 48.919,44 €, incluido IVA, con cargo en la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo que se pueda continuar utilizando para ubicar el Casal de las Asociaciones de Inmigrantes y la Oficina de Información, Asesoramiento y Orientación a la Inmigración (OFIM).

2. Notificar esta Resolución en la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, sin perjuicio que se deba tramitar el correspondiente procedimiento económico-financiero.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Interposició de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Cooperación Local y Patrimonio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber-se notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

 

Palma, 18 de marzo de 2020

El director general

Francesc Miralles Mascaró