Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 2878
Notificación colectiva de cobro de determinados tributos correspondientes al segundo trimestre del ejercicio 2020 del Ayuntamiento de Sóller
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones , se comunica a los contribuyentes que queda expuesto en el Ayuntamiento de Sóller durante un período de un mes, el padrón correspondiente al ejercicio 2020 de los siguientes tributos: Tasa de recogida domiciliaria de basuras y residuos urbanos (segundo trimestre) y Arbitrios.
Contra las liquidaciones contenidas en el padrón, se puede interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el período de exposición pública del padrón correspondiente (artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las haciendas Locales – Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
2. A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), se comunica a los contribuyentes y a otros interesados que la recaudación en período voluntario de la Tasa de recogida domiciliaria de basuras y residuos urbanos (segundo trimestre) y Arbitrios correspondientes al ejercicio 2020 se llevará a cabo, en el lugar, plazo y horario que se indican a continuación:
OFICINA DE RECAUDACIÓN: Plaza Constitución, 1, 1º - 07100 Sóller.
PLAZO DE INGRESO: del 24 de Abril al 24 de Junio, ambos incluidos.
HORARIO: de Lunes a Viernes laborables, de 9.00 a 14.00 horas.
Los contribuyentes podrán recoger el documento de pago en la oficina de Recaudación y efectuar el pago presentando dicho aviso en cualquier oficina de las siguientes entidades: CaixaBank, Bankia , Banca March, Banco de Bilbao Vizcaya, Banco de Santander, Banco de Sabadell "Solbank" y Caja Mar. Asimismo, pueden hacer los pagos por Internet a través de la página (www.a-soller.es ), y, automáticamente, mediante el código de barras que consta en el documento, a través de los cajeros automáticos de Bankia y Caixabank, y en las terminales Servicaixa de CaixaBank.
Se recuerda la conveniencia de hacer uso de las modalidades de domiciliación de pago y de gestión de abono de los recibos a través de entidades bancarias, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
Se advierte a los contribuyentes que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, una vez transcurridos los plazos de ingreso en período voluntario antes señalados se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y de los costes que se produzcan.
Sóller, 12 de marzo de 2020
El Alcalde Carlos Simarro Vicens